Jamgrrhh28, llevamos con este asunto más de año y medio, y en dos veces el comité se ha olvidado de comunicarnos algo al respecto, aparte de otras consultas. Que pierda el plus no es lo que me importa, me daría igual, llegados a este punto, si no hago guardias perderé la parte de disponibilidad de guardias que es la que más aporta en la nómina pero ya no compensa.
Y claro que forzamos la situación, tras avisar con meses de antelación que no haríamos más guardias, para tratar de mantener una reunión con la empresa por este asunto. Cuando por fin la tenemos, lo primero que nos presentó fue un recibí indicándonos que aplicarían medidas disciplinarias si no vovíamos a hacer guardias. Eso demuestra las ganas de entablar cualquier tipo de dialogo.
Además, creo que lo que sirve es para que la empresa a cada reunión nuestra saque alguna variación, y lo arreglan con que lo van a escalar y se demoran más y más en el tiempo y les sirve de excusa.
Me quedo con tu respuesta anterior para pensármela, no sé si es mejor dar el paso antes y denunciar por derechos y cantidades y que un juez, si es que lo hace, dictamine que las guardias son voluntarias y entonces que tome esa decisión sin ningún temor, o dar el paso de no hacerlas, aún comunicándolas por escrito y esperar a que ellos traten de hacer algo y luego tratar de defenderme.
Desde luego que es una lástima tener que acabar así después de tantos años pues no espero otra cosa que la empresa te trate de mover o algo parecido para forzar a que uno se termine largando de la empresa como me consta de otras personas.
No había leído esta última parte, verá si les pagan un plus de disponibilidad en base a las guardias pues eso sí deja de hacer guardias lo pierde pero no le pueden obligar a hacer ni h.e. ni guardias, las primeras por que no puede haber ningún acuerdo entre Comité y Empresa en el que se imponga hacer h.e. (son siempre voluntarias y hasta hoy las he hecho pero a partir de mañana no las hago y punto), y las guardias, si no vienen recogidas en convenio no son obligatorias por lo que sí deja de hacerlas no pueden tomar represalias, lo único, eso sí, dejará de percibir esa disponibilidad ya que no hará guardias
Pues deberían forzar la situación y exigir al Comité que responda de la obligatoriedad de hacer o no guardias ya que el convenio no lo plantea y con el acta de ese Comité que se celebre, (no hay porque esperar, se puede realizar una reunión extraordinaria, en la que usted o alguno de sus compañeros solicite estar presente para exponer el asunto), como digo, con la decisión tomada en ese Comité usted puede acudir a inspección de trabajo(sobre todo si es la Comité está vendido o demasiado acomodado que solo hace lo que dice la empresa, como que se les ha olvidado? Y no saben que los actas del Comité deben publicarse en el tablón de anuncios de la empresa?
No se me huele mal ese Comité
Por lo que dices Jamgrrhh28 entonces, se podría decir que por esas horas estamos percibiendo lo que llaman plus de disponibilidad para alegar que no cobramos horas extras porque no son horas sino disponibilidad, según la empresa, y que el cambio que hicieron en los conceptos fue al destapar con nuestras quejas o dudas al comité, y que supone haber perdido ese plus.
En cualquier caso, mi deseo es dejar de hacer las guardias, pero si no tenemos ningún acuerdo, vuelvo a preguntar ¿el sólo haber estado haciéndolas o el haber estado cobrando esos conceptos, rellenando los partes correspondientes aunque sin nuestra firma, ya se supone que es un "pacto"? Por lo que me habéis contestado, éste no podría ser eterno, y en todo caso sería voluntario por realizarse aparte de la jornada habitual de trabajo.
Muchas gracias de nuevo.
Saludos.
Efectivamente Jamgrrhh28, tenemos un comité de empresa y unos delegados sindicales a los que acudimos y expusimos nuestro caso y el de las amenazas. Después de enviar toda la documentación, exponerles el caso a ambas partes reuniéndonos tanto con los representantes sindicales de los trabajadores como por la parte de la empresa, por lo que ésta estuvo en todo momento informada, a pesar de que nosotros manteníamos conversaciones con nuestro jefe directo, no tuvimos ninguna respuesta por parte de nadie cuando nosotros lo que estábamos esperando es que al menos nos comunicasen cuando iban a tener la reunión en la que entre los puntos del día, tratarían nuestro asunto, para conocer cómo seguir "negociando" o hablando con nuestro jefe directo. Nos pusimos en contacto meses más tarde con los delegados sindicales para preguntar sobre este asunto y su respuesta fue que se habían olvidado de comunicarnoslo, cuando había mucha gente en copia y en la propia reunión. Cuando lo pedimos, nos enseñaron el acta de haber tratado el asunto meses antes, pero nuestra sorpresa fue por qué no nos comunicó nadie nada para poder defendernos o explicarlo, que no hubiésemos tenido ningún problema tras ya los pasos dados anteriormente y puesto que ya no estábamos en el anonimato y que ahí recogieron únicamente lo que la empresa alegó, sin mas, como que lo nuestro no eran guardias sino una disponibilidad. Por eso cambiaron los conceptos y ahora sólo aparece uno sólo con lo que eso que me comentas Jamgrrhh28 del plus desaparece al ponerlo todo en el mismo concepto. Yo pregunté tanto al comité como mis jefes directos sobre el porqué de ese cambio y que quería que siguiera apareciendo esos dos conceptos. Ese plus yo lo he venido recibiendo algo así como ocho o nueve años. Yo no estoy muy puesto en estos asuntos, pero algo me olía y ya hace tiempo algún miembro sindical me comentó eso mismo, que si habíamos estado recibiendo un plus de ese estilo de productividad no nos lo podían quitar. Yo siempre he creído en la representación sindical, pero en mi caso estoy muy decepcionado. La respuesta es que no se podían meter en el tema de en cuanto estábamos cobrando las guardias pero sí en que nos abonasen las intervenciones como horas extras, pero nada de eso fue lo que debieron comentar en la reunión. El caso es que después, incluso con alguna consulta sobre el tema del registro horario, tampoco nos han respondido, con lo que hemos desistido de su ayuda. Además como decía, en el comité estaba la parte de la empresa que estoy seguro que el avisar les daba cierta ventaja a la empresa aunque nuestros pasos han sido claros y transparentes y pienso que claramente son voluntarias las guardias, pero no veo más que una única salida que no es la de la negociación que hemos estado más de una año y medio con este asunto.
Gracias.
Por cierto, qué es que en su empresa no hay representantes de los trabajadores, delegado sindical, Comité de Empresa? Estos temas tendrían que solucionarlos ellos y no hacer que sean los trabajadores quienes tengan que dar la cara .
smo
Verá, si como dice el convenio no pone nada sobre las guardias estas son voluntarias y por tanto aunque las lleven haciendo tácitamente si envía un escrito diciendo que no hará más guardias, está usted en su dcho, al igual q5 las h.e., el que tácitamente las esté haciendo ello no obliga a seguir haciéndolas, usted mañana se niega y no pueden decir ni pío.
Son muy bravos con las amenazas pero si le ponen una sanción por negarse a hacerlas usted impugna esa sanción y listo, después de esto denuncia ante inspección de trabajo y haber si se atreven a decir algo, encima tanto la impugnación de la posible sanción ante el Juzgado de lo Social como la denuncia ante inspección le blindan de posibles represalias.
Por último, si el convenio tiene unas condiciones salariales mejores pues se siguen aplicando y punto, no hoy si mañana no, sobre todo si hay un plus denominado mejora voluntaria, (aquí suelen camuflar las h.e.), si usted se niega a hacer h.e. y le reducen o quitan ese plus pues demanda al canto, ya que no pueden reconocer que ese plus es para pagar h.e. ya que estarían defraudando.
El resto solo podrán quitarle lo que especifique que se cobra por realizar guardias, el resto lo consolida usted presentando nóminas de un año atrás.
Las guardias son aparte de la jornada completa o habitual. No hay nada escrito, recibo esos conceptos en la nómina por estar de guardia ( 16 ó 24 horas dependiendo si es día laboral o festivo o fin de semana, que no hay distinción, lo pagan por igual, da lo mismo el número de horas), es decir, pagan una cantidad fija por día no por el tiempo efectivo de guardia, la intervención aparte, pero en algún caso no llega ni al valor de la hora extraordinaria si es intervención.
Por llevar tanto tiempo haciéndolas, ahora no puedo dejar de hacerlas según la empresa porque es algo tácito. He intentado incluso negociarlas de alguna manera para que compense algo el tener que estar "activo" y atento actualizándome de hasta sistemas que no son de tu área, pero ya que ni la empresa lo valora y después de marearme y retrasarse una y otra vez en la respuesta, he deciido dejar de hacerlas, incluso avisándoles y notificánolo por escrito pero me amenazan con eso. Otra de las amenazas ha sido que te tendrían que mover si ya no quieres hacer guardias porque no les vales en este proyecto. Las condiciones en las que empezamos con estas guardias ya no son las mismas porque los poryectos no son los mismos, los sistemas a mantener, mi condiciones personales y familiares, etc. El haber estado haciéndolas desde tanto tiempo atrás, rellenando unos partes con esos conceptos ¿supone ya que existe un pacto entre empresa y trabajador? Ni siquiera permanecen ya las mismas personas o el mismo número de técnicos que empezo el proyecto, lo que ha supuesto que en determinadas ocasiones la frecuencia en el tiempo realizando guardias haya crecido notablemente.
¿Cómo creis que debería actuar? Me han comentado que podría interponer una denuncia y que incluso eso, te protege ante posibles represalias. Nos pedían rellenar un parte de disponibilidad pero como empezamos a poner las horas de cada día, ya nos han dicho que no es necesario seguir enviándoselo, la empresa lo hace por nosotros. ¿El que hayan cambiado el nombre de los partes y los conceptos, después de tantos años puede significar algo?
Un saludo y gracias de nuevo.
Si las guardias son adicionales a la jornada completa, es decir si son horas extras adicionales a tu jornada habitual son voluntarias salvo que haya pacto entre empresa y trabajador o se fije la obligatoriedad en el convenio colectivo.
Gracias Johnwick.
Sí, en principio nuestro convenio es mejor, pero se excudan muchas veces en que como estamos por encima de las tablas salariales en el mismo reflejadas pues que no nos aplica, pero otras cosas como el horario sí, aunque al final nos regimos por el horario del cliente. Como digo habla de horas extras, de nocturnidad, etc. Pero nada sobre guardias o disponibilidad. Las nuestras son guardias no presenciales aunque debemos estar disponibles 24x7 con teléfono móvil y portátil y en caso de ser necesario como mucho a una hora de la empresa "cliente".
Y como os preguntaba, ¿algo puede ser tácito por siempre? No tenemos ningún protocolo ni nada firmado por la disponibilidad, salvo esos conceptos que ahora aparecen agrupados en ese único. Antes eran guardias (incluía el tiempo disponible, que obviamente no eran 24 horas, más las intervenciones) y aparte un plus de producividad. Se ha dado el caso de que en el grupo, ha habido compañeros que las han abandonado y en otros casos otros, que por su área técnica no tendrían porqué hacerlas se metieron. Pero ahora no podemos dejar de hacerlas, de hecho nos llegaron a amenazar con aplicar medidas disciplinarias si dejábamos de hacerlas, aún habiendo avisado con mucho tiempo de antelación.
¿Esto puede ser así? Dejar de hacerlas o incluso avisando.
Si en el proyecto se supone que las lleva implícitas, ¿pueden obligarte?Las condiciones, por distintos poyectos, tareas, han ido cambiando a lo largo de estos años, ¿se puede uno negar por estos cambios, tanto por las cuestiones laborales como las personales de cada uno (conciliación familiar, etc.)? ¿te pueden mover a otro proyecto sin guardias?
Saludos y gracias.
El convenio interno solo es aplicable siempre y cuando mejore el convenio colectivo vigente o el estatuto de los trabajadores, no es decisión de la empresa ajustarse a él o no cuando interesa. Si en el convenio no figura un reglamento de horas extras o guardias,deberá aplicarse el Estatuto de los Trabajadores.
Buenos días y disculpas, se me pasó añadir esa información.
Mi categoría sería la de ténico informático y el convenio aplicable es el del Metal aunque tenemos convenio interno de empresa que cuando interesa a la empresa estamos dentro y cuando no, estamos fuera. Y no habla nada del tema de guardias ni de la disponibilidad. Sí de horas extras, pero nada más.
yo me encuentro en una situación muy parecida a la que ha descrito Amanaman. Pertenezco a una empresa "externa" pero llevo dando servicio en otra "cliente" durante bastantes años. De hecho, anteriormente, estaba en este mismo cliente pero con otra empresa que perdió el contrato y después he continuado con esta otra "externa". Llevo haciendo guardias desde que empecé con ésta, no con la anterior. El caso es que de un tiempo para acá, quiero dejar de hacerlas y la empresa me obliga a seguir haciéndolas, dicen que es un acuerdo tácito por haber llevar tanto tiempo realizándolas a pesar de que ni en mi convenio, ni en mi contrato no dicen nada de ello, únicamente 40 horas semanales en el contrato. En la nómina he estado cobrando estas guardis en dos conceptos guardias y plus de productividad, pero hace poco me cambiaron ese concepto y aparece ahora como "disponibilidad" pues para la empresa "externa" ahora dicen que por lo que nos paga es por una disponibilidad cuando estamos de guardia. Mi duda es si aún no teniendo nada firmado sobre esa disponibilidad, sólo por haber estado cobrando estos conceptos ya se supone. Lo de la cesión ilegal sería también para analizar.