Soy un padre. Sorprendentemente ya tengo la sentencia de divorcio contencioso celebrada el dia 2 de este mes de noviembre. Se ha mantenido la custodia que desde hace unos ocho años vengo ejerciendo pero se me ha rebajado la pension alimenticia que la madre me venia pasando desde las medidas previas que era de 725 euros. De esta cantidad ha pasado a 600.
Estoy en paro con un subsidio de 425 euros pagando hipoteca de 500. Mi ex percibe un salario de 5.900 euros (mensuales). No estoy de acuerdo con la cantidad y quiero apelar.
Mi abogada de oficio se comporta como una triste gestora y ni siquiera se digna a darme su opinion. Me dice que no vale la pena hacer recurso de apelacion pero que hara lo que yo quiera.
Creo que es el momento de que cambie de abogado.
Como digo el juicio se ha celebrado el dia 2 de noviembre y la sentencia tambien lleva fecha de dia 2 de noviembre, en ella se dice que tengo cinco dias habiles a partir de la notificacion para preparar la apelacion.
Tengo dos preguntas:
- ¿Cual es la mejor manera para cambiar de abogado en estas circunstancias en que tengo tan poco tiempo para presentar la apelacion y en que momento le digo a mi actual abogada que quiero cambiar?
-Para establecer la cantidad de la pension alimenticia se ha aplicado el principio de proporcionalidad entre ingresos de la madre e ingresos mios. Los gastos que declara tener la madre son similares a los que yo he declarado exepto que ella paga una hipoteca de 1.200- La sentencia dice que ella ha de aportar el 80% y yo el 20%.
En la demanda de divorcio pedi 1.600.- euros y en medidas previas, aconsejado por mi abogada, pedi 1.200 de los que se me concedieron 750. Ahora con la sentencia definitiva ha quedado en 590.-
¿Como se calcula en la practica este principio de proporcionalidad?. Agradeceria un ejemplo basico.