Han demandado a un cliente (un taller mecanico) por no haber arreglado correctamente un vehiculo. La demanda esta interpuesta por el propietario, pero lo llevó el hijo de aquel. ¿Quién entendéis que esta legitimado activamente? Habia pensado en alegar falta de legitimacion activa, pues son titulares de la relacion jurídica (a mi entender) la persona que lleva el vehículo al taller y firma la orden de reparacion, y el propio taller, no el propietario. ¿Qué opinais al respecto? ¿Conocéis de alguna sentencia aplicable? Muchas gracias.
Falta de legitimación activa no creo, al ser el propietario ,en todo caso , necesidad de litisconsorcio , el hijo firma la orden de reparación, Pero ¿ quien pagó?, ¿ quien retiró el vehículo?