Buenas
Me divorcié hace tiempo. Tengo custodia compartida. Mi exmujer vive en nuestra casa y a cambio me paga una compensación dictada por el juez.
Mi pregunta es, ¿estoy en la obligación de pagar la mitad de gastos que me pueda reclamar por rotura de cosas de la casa? Por ejemplo como decías , la caldera u otra cosa que forma parte de la casa.
Como me paga una compensacion por vivir ella con nuestra hija (la mitad del tiempo ya que es custodia compartida). Yo vivo en otra casa y no le pido la mitad cuando se me rompe algo de casa. Pero mi duda es que como me paga una compensacion por vivir alli ya que la mitad de la casa es mia no se si se contemplaria como una especie de alquiler. Aun así si es por rotura entiendo que es mal uso debo pagarlo yo? Es que ya le pagué una coda pero creo que no estoy en la obligación y se está aprovechando de mi.
En que me puedo basar legalmente para rebatirselo en caso de no rener que ocuparme yo de esos gastos.
Gracias
En primer lugar ella te paga porque esa casa también es tuya .. es decir es como un alquiler . Ella no te paga nada de la casa en la que estás porque no es suya ( se lo pagarás al casero o en contra la habrás comprado ) estás mezclando conceptos .
Si ella te paga por utilizar la mitad de esa vivienda que es tuya , es c*** un alquiler y en los alquileres el dueño paga los gastos por rotura en caso de desgaste de la vivienda . Es decir te tocaría pagar la mitad ( si es la mitad tuya ) de esa rotura