El propietario se puede deducir los gastos de comunidad, pero si los paga el inquilino ese importe lo debe incluir también como renta (ingresos). Desde el punto de vista del inquilino lo mismo, si él le paga la comunidad al propietario se considera como mayor precio del alquiler. Para evitar estar dudas, lo suyo es que lo incluyan en el recibo, aunque desglosado de la renta.