Si hablamos del empleado público. Al cambiar de administracion publica ,si la antigüedad a la hora de presentar la candidatura es inferior a 6 meses, contará los años de antigüedad en la anterior administración pública, reconocida a efectos económicos en la actual?
Un saludo
1. Si cumple contrato y no le renuevan pues entonces deja de ser delegado, caso de que lo renueven pues seguirá siendo delegado.
2.- La sección sindical con los delegados que obtenga puede optar por dos opciones, cuando un trabajador deja de formar parte de la plantilla, la primera pasara el siguiente de la lista y dos pueden acumular las horas y repartidlas entre los representantes de ese grupo, esta segunda opción tiene la desventaja de que a a hora de votar decisiones en el comité tendrán un voto menos.
Gracias por su pronta respuesta!
Decirle que no, no soy el empresario. Soy trabajadora indefinida. El caso es que justamente por la indefensión y la discriminación que tienen los eventuales de mi empresa hemos promovido las elecciones sindicales en nuestro centro de trabajo. Quisimos que en la lista electoral hubiese un mayor número de eventuales y que encabezasen la lista, pero al hacer las consultas sobre estos temas (estamos un poco verdes, la verdad) unos nos dicen que pueden ir y ser elegidos pero que su función de delegado se interrunpiría al interrumpirse su contrato cada vez. No sabemos qué hacer. Gracias de nuevo
Art 69.2 ET
Serán electores todos los trabajadores de la empresa o centro de trabajo mayores de dieciséis años y con una antigüedad en la empresa de, al menos, un mes, y elegibles los trabajadores que tengan dieciocho años cumplidos y una antigüedad en la empresa de, al menos, seis meses, salvo en aquellas actividades en que, por movilidad de personal, se pacte en convenio colectivo un plazo inferior, con el límite mínimo de tres meses de antigüedad.
Los trabajadores extranjeros podrán ser electores y elegibles cuando reúnan las condiciones a que se refiere el párrafo anterior
Como ve no se pregunta si son eventuales o indefinidos para poder votar e incluso presentarse a elecciones sindicales, en el momento de celebrarse las elecciones deben estar dados de alta en la empresa pero por si usted es uno de esos empresarios listos que plantea despedir a trabajadores eventuales por el mero hecho de que formen parte de una candidatura decirle que incluso estando despedidos pueden formar parte de esa candidatura en espera se resuelva si ese despido es discriminatorio, para el caso de que estén con cto temporal y éste concluya antes de celebrarse las elecciones en ese único caso seria eliminado de la candidatura y aquí existiría el problema de si esa candidatura tiene al menos el 60 % de trabajadores inscritos en el momento de las elecciones en esa candidatura de no ser así esta candidatura seria invalidada
¿quién puede presentarse a elecciones sindicales y votar?
Hola, buenas noches.
Trabajo en un servicio de 24 h que tiene a trabajadores indefinidos y una bolsa de trabajadores eventuales (no fijos discontinuos). Se ha promovido elecciones sindicales y algunos trabajadores eventuales se han presentado.
Mis preguntas son:
- Pueden presentarse? de ser así, qué pasaría al no estar contratado?
- En el momento de las votaciones deben estar de alta?