El tema es que hay una casa que se divide en 3 partes,2 de estas partes es por herencia y la otra es de propietario directo,en el caso de que se ponga en venta :
¿quien tiene "derecho" en ponerla en venta la parte que es propietaria o la parte que lo es por herencia,ya que la parte que es propietaria es la que se ha hecho cargo de los gastos d esa casa durante años,ya se que han de estar todos de acuerdo para realizar la venta,es mas un tecnicismo creo yo que otra cosa.
Kaos, No entiendo muy bien lo "por herencia" y "propietrio directo". Si 2 partes son por herencia, son tan propietarios como el "directo". Me gustaría que especificases mejor como se ha llegado a esas 3 partes para intentar ayurdate algo.
La casa se partes en 3 partes,la primera parte es de mi madre que figura en la escritura como una d las propietarias y las otras 2 partes son herederos ya que las otras 2 partes que estaban en la escritura como dueños estan fallecidos y su parte de la casa han pasado a otras personas por eso digo que por herencia,muchas gracias por tu interes.
El inmueble solo se puede vender tras acuerdo entre las tres partes, si este no es posible si tendrá que solicitar del juzgado la división de la cosa común.
suerte
Hay alguna posibilidad de vender 2/3 partes d esa casa? ya que la otra parte no atiende a razones y pide una cantidad exagerada y actua de mala fe,vamos que esta en esa postura solo por jodernos,nosotros tenemos el 70,36 del 100% de la casa.
Povi me explicas eso de la divison de la cosa comun porfavor,gracias.
Podeis vender vuestra parte de la casa, pero obviamente el precio será inferior que si se vende al 100%.
La otra propietaria, por su lado, no tiene ninguna obligación de vender su parte si no quiere.
La solución para estos casos, como dice Povi, es la división de la cosa común. Debe solicitarlo en el juzgado, y el juez se encargará de hacer lo que según el caso sea más justo; obligar al que no quiere vender a comprar su parte, subastar el bien, venderlo bajo tasación...
Para Povi:::solicitar división de la cosa común
Hola me puedes explicar el tema de solicitar aljuzgado la división de la cosa común,me lo comentaste en otro post que puse hace algunos dias,la cosa es que hay una casa en venta,hemos encontrado comprador pero 1 de las 3 partes en la que se divide la vivienda quiere mucho mas dinero y es ridicula esa cantidad que ellos piden xq no se puede pedir tanto dinero,ellos tmb actuan de mala fe xq no es la primera vez que hemos tenido que coincidir en notario para vender otras posesiones y ya hemos tenido algunos problemas con ellos xq ellos actuan como ya te digo de mala fe,mi pregunta es:
¿Podemos las otras 2/3 partes tomar alguna accion para "vender" nuestras partes?
y si es asi:
¿que hemos de hacer?¿cuanto tiempo tardaria y que costes nos supondria?
Bueno, una d elas formas de romper el "pro indiviso" es la venta en subasta pública, subasta a la que pueden acudir tambien los propietarios. De todas las maneras, los propietarios siempre pueden acudir al retracto con una ventaja para Uds: a la hora de la verdad solo tendrían que desembolsar un tercio del precio conseguido en la subasta.
Si les compensa la operación, pues adelante con los faroles. Y recuerde que 2/3 de algo es mucho más que 100 de nada.