Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿quién puede comprar la vivienda?

12 Comentarios
 
¿quién puede comprar la vivienda?
26/02/2023 10:56
Hola:

Se murió un familiar y ahora hay una vivienda de nueve herederos. Parte de la casa le pertenece a mi madre, uno murió y se lo quedan las tres hijas que también le pertenece y la quiere comprar.

Quiero comprar la vivienda y otra heredera también, todos somos familias.

La mayoría de herederos no quiere que la compre ella porque es una polémica. Mi intención ya que soy el hijo quiero comprarla. La mayoría de herederos quiere que la compre yo directamente ya que tengo el dinero para pagar la casa de golpe sin hipotecarme, pagando escritura y hacienda incluido.

1. Si la mayoría opta por no venderla a ella y a mi si. ¿Esto es posibe?

Supongamos el caso que ella no la quiere vender.

2. ¿Se le obliga a vender la vivienda ya que los demás también quieren vender y yo comprarla?

Saludos.
26/02/2023 15:03
La venta siempre es un acto voluntario. A nadie se le puede obligar a vender ni a comprar. Cada uno vende lo que es suyo, a quien quiere, si bien no se puede obligar a nadie a permanecer como copropietario: si finalmente su hermana no le quiere vender su parte, ha de demandarla para instar una disolución judicial de condominio, lo cual puede acabar en subasta. No existen mayorías, sino que cada cual es dueño de una cuota y puede hacer lo que quiera con ella.
27/02/2023 00:49
Hola Grisolía:

De nueves herederos si una sola persona no la quiere vender, por lo que cuentas y lo que interpreto, no se puede vender la vivienda, con lo cual la casa se queda vacía como lo está hasta ahora.

¿Entonces hay que ignorar esa vivienda si la quiero comprar? En otras palabras, mejor no comprarla porque no me dejan comprarla.

En cuanto a lo que cuentas de subasta, suena muy quebradero de cabeza.

Gracias.
27/02/2023 09:58
Estimado REHome:

El Maestro Grisolía no ha dicho eso:

De nueve personas, si una sóla no quiere vender, las otras ocho pueden forzarla, porque nadie está obligado a permanecer en proindiviso. Será por tanto una venta forzada, lo cual no significa que ella venda voluntariamente, sino que es un juez el que le impone la venta.

Si la mayoría ejercita una acción de división de cosa común, como acto de jurisdicción voluntaria, pueden pedir que se excluya a terceros del proceso (se pide en la demanda) y la venta se hará entre todos los implicados: se lleva el inmueble quein ponga más dinero encima de la mesa.

Mi consejo, que seguramente refrendará Grisolía, es que compre usted sus porcentajes, o incluso sus derechos hereditarios si aún no se ha formalizado la adjudicación de herencia, a los que sí están dispuestos de venderle. Y con esa posición de fuerza, lleve usted a la hermana que no quiere vender a juicio.

Usted no se calentará la cabeza nada, porque ese juiico reuqiere abogado, y será el abogado quien haga todas las gestiones. La laternativa, no hacer nada, sí que algún día le provocará a usted un disgusto, porque ni gozará del piso heredado, ni que usted esté quieto significa que los otros harán lo mismo.

En este asunto, como en tantos otros, conviene anticiparse: se cumple la regla de que quien da primero da dos veces.
27/02/2023 10:50
Se pueden vender las partes indivisas directamente a quien quieras, al precio que quieras. Si el comprador no es ya copropietario habría derecho de retracto, pero como ya lo es le puedes vender al que tú quieras. Pero al final aunque uno tenga así la mayoría y a otro nadie le haya querido vender nada, si hay varios copropietarios que quieren la propiedad se habrá de llegar necesariamente a una demanda de división de la cosa común. No se la quedará el que decida la mayoría o tenga la cuota mayor, sino el que más puje en la subasta que finalmente habrá si el desacuerdo llega hasta el final.
En resumen, el que más pague se la queda. Sabiendo que funciona así se pueden ahorrar trámites y gastos y ponerse de acuerdo privadamente en el precio, aunque siendo tantos es probable que acabe en subasta judicial.
27/02/2023 12:24
Buenos días:

Gracias a todo, lo tengo más caro.

¿Qué suele pasar si lo quiere comprar uno de los hijos de uno de los nueve herederos de la vivienda?

Saludos.
28/02/2023 09:34
Se puede vender a cualquiera, a cualquiera sin excepciones. Sea quien sea.

Pues si ese hijo es el que más dinero ofrece, lo que suele pasar es que los demás le venden a él.
28/02/2023 10:43
Buenas.

¿No tienen prioridad primero vender a la familia que a gente extraña de fuera que no tienen nada que ver?

A parte que la vivienda está en una parcela privada todos familias.

Buen día.
28/02/2023 20:15
No es lo mismo:

¿Hablamos de vender, o de finalizar todos en una subasta?

En todo caso, la venta como tal existe y es válida, cosa diferente es que una vez efectuada la venta alguno de los copropietarios acuda al retracto de comuneros en el plazo de nueve días, formalizando una demanda de juicio ordinario y consignando el precio.

En Cataluña, y solamente en Cataluña, la subasta de cosa común articula en el proceso algunas preferencias a favor de los comuneros ¿desde que región consulta?

Para precisar más, necesito que exponga usted el supuesto de hecho concreto al que se refiere.
28/02/2023 21:53
REHome
" A parte que la vivienda está en una parcela privada todos familias"
¿Que quiere decir?. ¿La parcela y la vivienda no es la una única propiedad?
28/02/2023 21:55
Evidentemente es "una única propiedad", sobra el artículo la, pero como no se puede corregir ....
28/02/2023 23:02
Buenas:

Para dejarlo más claro. Dentro hay una parcela privada y hay varias casas, todos de la misma familia. La casa vacía es la prioridad.

Luego me enteré que no tiene escritura, tiene luz, agua, y demás, pero no escritura, esto suena a hay que pagar hasta el alma para arreglar esto.

Un cordial saludos.
01/03/2023 10:35
Pues sí que suena complicado:

Una única finca registral disfrutada en proindiviso con varias construcciones (viviendas) en su interior.

Y una de las casas, que es la que nos interesa, sin declaración de obra nueva, sin fin de obra, sin cédula de habitabilidad y sin matriculación registral

En una familia con buenas relaciones esto podría resolverse sin mucho gasto. Pero si hay que pleitear la cosa cambia.