Toda inspección o revisión de una instalación proporciona una seguridad de la misma y la disfruta el arrendatario. Otra cosa distinta es el tiempo de duración del contrato. Puede durar uno, dos, tres o siete por lo que no sería muy justo que tuviera que pagarlo y al cabo de dos años se fuera del piso. ¿Y si el arrendamiento dura 20 años, va a estar el propietario pagandole la revisión del gas todos esos años?
Los gastos ocasionados por servicios con que cuenta la finca y que se individualizan mediante aparatos contadores,asi como los generados para el adecuaado sostenimiento del inmueble,sus servicios,tributos,cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualizacion y que correspondan a la vivienda arrendada y sus accesorios, que se computan en funcion de la cuota de participacion de lo arrendado en el edificio donde se encuentra,seran de cuenta y carga de la arrendataria.
Se autoriza por la propiedad y seran de cuenta dde la arrendataria la realizacion de cuantos tramites sean necesarios ante la empresas suministradoras de corriente electrica,gas,etc, a fin de que le sean girados a nombre de dicho inquilino,los correspondientes cargos de consumo correspondientes a la vivienda arrendada durante el periodo de vigencia de este contrato...
Mi pregunta es....
LAS INSPECCIONES PERIODICAS DE LA INSTALACION DE GAS QUIEN LAS TIENE QUE PAGAR YO,O LA DUEÑA???