Muchas gracias por la contestación. Te diré que hasta donde sé, el val ejecutado en cuanto a la cuantía es suficiente para terminar la urbanización (como indico en el primer mensaje) y el Ayuntamiento así nos lo ha indicado. Y si todo está bien construido Unión Fenosa verificará todo sin problemas. Pero después habra que pagar unos derechos antes de que los propietarios de los inmuebles podamos darnos de alta en la luz y el Ayuntamiento hacerse cargo del alumbrado público.
Decir también que toda la urbanización está hipotecada con Caja Segovia y digo yo que algo tendrá que hacer pues al final es la "propietaria" de todo esto. La promotora no tiene dinero y Caja Segovia Ha pagado el último recibo de la luz de obra y dice que no va a pagar mas. Y nosotros, las familias en medio. Para echarse a llorar.
Eso son gastos de urbanización que debe asumir el promotor de la urbanización.
La ley dice que constituyen gastos de urbanización, entre otros, la construcción de las redes de los servicios de la actuación urbanística, su conexión a los servicios generales y el refuerzo de estos, en caso de ser necesario debido a su insuficiencia.
Si el ayuntamiento, ejecutando el aval, se hace cargo de ultimar la urbanización, en mi opinión, debería ejecutar la conexión de las redes locales de la urbanización a los servicios generales municipales.
Pero deberías saber el alcance del aval ejecutado y su suficiencia.
Yo me refiero a los derechos de enganche de la instalación que ha hecho la promotora en la urbanización para conectarse a la red general y no a los derechos de cada parcela o de los pisos en altura que sí corresponden a cada propietario.
Estás equivocado, la obligación es todas las parcelas tengan la totalidad de los servicios a pié de ella, pero los derechos de enganche de esos servicios, los contrata y paga el propietario de las parcelas.
Buenas tardes, quiero hacerles una consulta sobre quién debe pagar los derechos de enganche para que yo, como persona física, pueda contratar la luz con Unión Fenosa.
Les pongo en antecedentes. Somos unas quince familias que vivimos en una urbanización en Bernuy de Porreros, Segovia. La urbanización tiene unas 250 viviendas entre chalets y pisos en altura. Esta urbanización no se ha terminado y la promotora (NIREO) está en juicios contra la constructora (SEOP) y contra inversores que no quieren escriturar por diversos motivos. El caso es que falta por terminar, aparte de vario chalets, la terminación de tres calles y una pequeña obra de canalización eléctrica sin la cual no podemos conectarnos a Unión Fenosa y tener nuestro propio contador. Nos encontramos que la promotora no tiene dinero para terminar la urbanización. Pero el Ayuntamiento a ejecutado un aval (260.000 €) para acabar la urbanización (asfaltar las tres calles, finalizar la obra eléctrica que falta) y recepcionar la misma.
Ayer tuvimos una reunión entre el abogado de la promotora, la Sª Alcaldesa y los vecinos de la urbanización. La alcaldesa dijo que ella iba a terminar la urbanización y recepcionarla con lo que ya sería pública y se integraría en el resto del pueblo, pero que los derechos de enganche de toda la urbanización los debe de pagar la promotora.
Yo no tengo ni idea de estas cuestiones, pero creo que si la Alcaldía recepciona la urbanización en ese momento, al ser pública es el Ayuntamiento quien debe de correr con esos gastos de derecho de enganche.
Me gustaría que me indicaran si tengo razón y donde poder buscar "legalmente" (Reales Decretos, normativas, etc.)
Sin otro particular reciban un cordial saludo.