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¿Quién paga la comunidad?

3 Comentarios
 
28/03/2005 22:10
Victor, como bien te indica jmp, en esta materia rige el principio de libertad contractual quedando libres las partes de llegar a los acuerdos que tuvieren por conveniente. (art. 1.255 CC)

Respecto a la segunda pregunta, habrá que responderla en sentido afirmativo, dado que los gastos de comunidad o cualquier otro pago que haya asumido el arrendatario en el contrato de arrendamiento, con la vigente Ley de Arrendamentos Urbanos (art. 27.2 a) LAU 29/1994), da derecho al arrendador a entablar el proceso de desahucio en caso de impago.

Se supera así la situación anterior que propiciaba la interpretación de Ley de Arrendamientos Urbanos de 1.964 con respecto al concepto de cantidades asimiladas a la renta.

Un saludo.
perfil JMP
28/03/2005 21:25
Hay libertad de pactos, art. 1.255 del Código Civil.

28/03/2005 21:09
haz tu pregunta en el foro de propiedad horizontal
¿quién paga la comunidad?
28/03/2005 19:52
Soy propietario de un piso y lo voy a poner en alquiler, pero que es mejor que yo page la comunidad mensualmente como dueño o que la pague el inquilino. Si el inquilino no paga la comunidad es motivo de desahucio si o no?? graciass