Hola de nuevo!
Esta vez vengo con otro tema. El padre de mi pareja, actualmente de 88 años y con una enfermedad terminal (un año máximo) se casó en segundas nupcias con una señora de su misma edad hace 20 años a cambio de compañía y cuidados. Esta señora cobra una pensión de 600€ y, vamos a llamarlo mi suegro, le da 900€ mensuales para los gastos de comida y productos del hogar. Mi suegro tiene dos pensiones y cobra unos 1.700€ en total (sin descontar los 900€ que entrega a su señora) siendo propietario de la vivienda desde antes del matrimonio y haciendose cargo de todos los gastos que conlleva (agua, gas, luz, IBI, seguros, comunidad, etc) Tienen regimen de gananciales pues se casaron y viven en Badajoz.
Hoy ha salido mi suegro del hospital con una fibrosis pulmonar terminal y precisando una atención constante para alimentarlo, controlar el oxigeno y aseo ya que su señora no puede por su edad. Y esta señora ha reclamado a los hijos que paguen a dicha señora ya que ellos no pueden pagarlo.
Si hacemos cuentas, ingresan entre los dos 2.400€ mensuales que dan para pagar los gastos de la casa, alimentación y una enfermera pero ella no quiere unir cuentas ni ceder ni un ápice el dinero que le entrega mi suegro al mes.
Están los hijos obligados a pagarlo? O pueden exigirle a ella que colabore y socorra a su marido? No es que los hijos no quieran, es que tal como están las cosas, todos van apurados para llegar a fin de mes.
Hola Silvia, los hijos tienen obligación de prestar alimentos y socorrer a los padres en la medida de sus posibilidades y en la medida de la necesidad del que los precise, sí, pero obviamente cuando exista esa necesidad, si tu suegro tiene medios económicos propios y suficientes , y los hijos no andan sobrados, pues lo lógico es que tu suegro y su mujer empleen en un primer lugar sus propios recursos.
Todo ello no quita que los hijos puedan estar sobre la situación preocupándose de ayudar o visitar a su padre y prestarle su apoyo emocional en tan duros momentos.
Pero vamos, si los ingresos les llegan lo que no es de recibo es que la mujer de tu suegro no esté dispuesta a apretarse el cinturón ni un poquito para exigir la totalidad de la carga a los hijos.
Gracias Lamanchega. Eso me parecía a mi pero como la abuela se puso en que son los hijos los que tienen obligación y no ella por ser pensionista (eso le dijo a uno de ellos) pues ya dudaba.
La semana que viene va mi pareja a ver de arreglar el problema por las buenas. Y si no cede, trasladeremos al abuelo a Barcelona que hay tres hijos para cuidarlo y, para serte sincera, lo están deseando porque ha sido un gran padre y es una gran persona que todos quieren disfrutar.
Los hijos tienen obligación de prestar alimentos, pero antes de los hijos los debe prestar la mujer en el caso que pueda que creo que por lo que cuentas si.