Buenos días:
os comento el caso por si alguien me puede ayudar.
Un trabajador ha recibido el alta médica el 03-10-2007 tras 18 meses de baja por un accidente no laboral; la causa del alta es "Propuesta de invalidez". Hasta que a este chico le llamen para pasar el tribunal ¿cómo es su situación en la empresa? ¿sigue en situación de IT?¿quién le paga la nómina? es que me han comentado que la revisión del tribunal puede tardar un mes.
Os agradezco vuestras respuestas con antelación.
Un saludo
Si el alta no se la han dado a efectos economicos, le seguira pagando el INSS, pero la empresa le dara de baja a esperas de la resolucion de invalidez, de hecho, la tesoreria le enviara una carta a la empresa para que le den de baja. Si le declaran apto, tendra que reincorporarse, si no quiere hacerlo, sera dimision, si la empresa no le admite, despido. Si no le declaran apto, pues nada..
Dune, te agradezco mucho tu respuesta. Le daremos de baja en la empresa por agotamiento de IT pero ahora me asalta otra duda; si le declaran apto para trabajar y se reincorpora ¿le damos nomalmente de alta en la seguridad social y le hacemos otro contrato diferente? su contrato actual es por obra y ésta aún no ha acabado.
Gracias gracias.
¡qué mal me he explicado! quiero decir, ¿su contrato actual se considera finalizado? y en caso de que se reincorpore ¿hay que realizar uno nuevo?
Ahora sí
Saludos
No, el contrato se considera suspendido.
Fijaos en el motivo de la baja que os remita la tesoreria.
Si se le deniega la invalidez se tiene que reincorporar en las mismas condiciones, si no se le deniega, teneis que fijaros en si se fija un plazo para revisarle, porque si su invalidez es objeto de revision en un plazo inferior a dos años, debeis reservarle el puesto de trabajo.
Si cuando llegue el momento de reincorporarse vosotros no le admitis, se considera despido.