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¿Quién ha de otorgar poder judicial en nombre de la Iglesia?

1 Comentarios
 
¿quién ha de otorgar poder judicial en nombre de la iglesia?
21/07/2007 20:46
Hola a todos/as:

Soy abogado y ha venido a verme un cura párroco para que formule demanda en reclamación de indemnización por daños causados en bienes propiedad de la Iglesia Católica, y se me plantea la duda de quién ha de ser el que otorgue el poder judicial en nombre de la Iglesia: ¿el obispo? ¿el párroco?,..

Y también sobre el suplico, a quién ha de indemnizar el demandado: "se condene a pagar a la Iglesia Católica...", "se condene a pagar a la Iglesia de (nombre del pueblo)..." ?????

Agradecería vuestra ayuda. Gracias.
23/07/2007 18:14
Hola Carolan: Aclarate porque por tu explicación, parece ser que un párroco quiere pedir a alguien indemnizaciones por daños causados en bienes de la Iglesia. Sin embargo en el súplicco parace que quieres se condene a la Iglesia de........ será se indemnice a la Iglesia de.........
De todas formas, averigua si los bienes son inmuebles a nombre de quien están registrados y de no estarlo pertenecerán al Obispado o Diócesis correspondiente, siempre nombrendo a la Iglesia parroquial o no del pueblo.............. ect.
Espero te sirva de algo. Un saludo.