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Quien firman los contratos en una comunidad

11 Comentarios
 
24/09/2009 18:23
Gracias chelinka por tu respuestas. Yo todavia no lo tengo tan claro, sigo concultando, ellos presentaron dos presupuestos y tenian 3 pero no les interesó porque se les venian sus planes abajo. Pero cuando les has descubierto no van a tener ninguna responsabilidad? Esto es corrupción pura y dura y no va haber ningún mecanismo legal para que estos señores paguen esta sinverguencería? Si es así no me estraña que lo hagan, porque saben que van a salir ilesos porque la ley les ampara.

Ahora quisiera hacer otra pregunta. Cuando se decide hacer una obra de tal envergadura como la nuestra tiene que aparecer expresamente en el acta que la junta de propietarios le da poderes al Presidente para que haga todas las gestiones necesarias para llevar a buen fin lo acordado, o simplemente como es el Presidente se entiende de forma tácita. No habría que hacer un poder ante notario a partir de determinada cantidad?

Gracias
Raquel Reus
13/09/2009 13:27
Si, el administrador forma parte de la junta directiva.
A veces las personas con pocos escrupulos "ganan". En tu caso y despues de leer tus varias consultas supongo que no te queda mucho por hacer salvo convocar una junta con el 25%-25% y pedir explicaciones, aunque no esperaría mucho de eso.Los presupuestos no presentados, son no presentados, y por tanto "no cuentan". Ya se ha tomado una decision y teneis un contrato. Valorar las consecuencias de paralizarlo y/o incumplirlo.
Tienes pocas opciones salvo el "pataleo". Ten cudado de como lo expresas no te vaya a pasar como a mi que me han pedido explicaciones de mis repetidas cartas con quejas que nunca se atienden. El administrador ha convencido a la comunidad de que en ellas se les insulta y hasta me han amenazado con una denuncia. Como no es cierto estoy tranquila pero el mal rollo con los vecinos me empieza a pasar factura en la salud. lo unico que yo queria es que se hagan las cosas bien pero...... darse de cabezazos contra una pared no lleva a nada. Puedo tomar la via del juzgado, pero no me compensa aún teniendo razon solo conseguiria enquistar más las cosas.
A veces hay que saber tirar la toalla y aprender para que las cosas no se repitan.Eso es lo que voy a intentar. No se si te servira de algo pero si en tu comunidad se hacen tal mal las cosas estas situaciones se repetiran, para la proxima ya estas preparada. SUERTE y animo.
13/09/2009 09:58
Y qué se puede hacer cuando el actual Presidente viendo que la anterior junta directiva y el Administrador (¿El administrador es también Junta Directiva?) han ocultado un proyecto más beneficioso para la comunidad y mira para otro lado porque no quiere tener problemas, y se opone de la manera más rotunda para hacer una reunión y que den explicaciones. Qué precedente se sienta con ello. ¿Cómo se va a pedir explicaciones a otro vecino que tenga la osadía de hacer algo parecido? ¿Esto no es corrupción? tanto por parte de los que lo han hecho como de los que les amparan, A mi entender más grave este último.

RAQUEL REUS
09/09/2009 18:12
A este tipo de gente que se "aprovecha" de la ingenuidad de los demas habria que hacerles algo.
En mi comunidad se presentan varios presupuestos y muchos aportamos alguno para que estas cosas no pasen. Aún asi en la contratación de los servicios de un administrador gano el presupuesto que yo presente y desde que se contrato a esa persona, el presidente "chafado" porque no se habia aceptado el de sus "amigos", le hizo la administración tan insoportable que termino por dimitir como administrador a los dos años.
04/09/2009 13:08
No es que le hayamos dado poder para firmar contrato con XXX y haya firmado con YYY, se le dio poder para que presentara presupuestos y él ha presentado lo que a él le ha interesado y nos ha ocultado otro presupuesto que seguramente hubiera sido votado por los vecinos por tener mejores condiciones. Ahora se le ha descubierto y veremos que explicación da en la próxima reunión. El que le importa bien poco si se lleva el porcetaje y se cambia de casa eso lo dige yo desde que lo descubrí. Para hacer una cosa así tiene que tener más cara que el cemento armado, y este tipo la tiene, a él le dan igual los medios con tal de conseguir el fin. Es gente corrupta.
Gracias papino por la contestación, se admiten más opiniones.
RAQUEL REUS
04/09/2009 12:30
Si la JJPP le dio poder para firmar el contrato con la empresa XXX e incumple para firmar con YYY....inmediatamente deben celebrar Junta extraordinaria para tomar las riendas y notificar-probar a YYY la nulidad del contrato formado, probando lo que se tenga que probar....es delicado y complejo porque YYY puede enrocarse en esa firma pero sí es posible si se juegan bien las cartas.

Si la JJPP tan solo le dió poder para firmar sin especificar si debía ser con la empresa XXX o YYYY......me temo que a Vds. sólo les queda acatar la obligacion contractual y hacer grupitos que para la rimbombante y muy vecinal condena al Presidente como "vecino non grato", con lo que ello conlleva de mobing inmobiliario....algo que realmente le importará bien poco si ha conseguido el pellizco deseado a las puertas de una mudanza asegurada.....indaguen, indaguen

Y ya sabe, el próximo año, candidata.
04/09/2009 09:50
Dadme vuestra opinión, por favor.

Raquel Reus
03/09/2009 13:48
Y qué ocurre cuando a un Presidente se le da poderes para firmar un contrato y en lugar de hacerlo para beneficiar a la comunidad ha sido para beneficiarse él.

Ha firmado un contrato para cambiar el ascensor y hemos descubierto que ha ocultado un presupuesto para colarnos uno de una empresa que a él le interesaba, y además está subido de precio. Esto es gravísimo, es ocultación de documentación, se puede hacer algo sin necesidad de ir a los tribunales?. Y creemos que con la connivencia del Administrador.
Por favor, dadme vuestra opinión, sugerencias.

RAQUEL REUS
01/09/2009 19:41
El presidente es el representante legal de la comunidad y a la que se debe, es decir, debe firmar aquellos contratos que han sido aceptados por los propietarios en junta. En ningún caso debe firmar por propia iniciativa contrato alguno sin ese consentimiento ya que vincularía en deberes (también en derechos en caso de haberlos) a la comunidad, pudiendo ocasionar serios perjuicios a la comunidad, y por los cuales puede ser demandado por tomarse atribuciones que no son inherente al cargo. Por ello, un presidente debe andar con pies de plomo antes de firmar nada.
01/09/2009 16:00
En algunos casos también firma el administrador, si se lo faculta la JUnta.
ARTICULO 20.

Corresponde al Administrador:
a) Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a esos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares.

b) Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos.

c) Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al Presidente o, en su caso, a los propietarios.

d) Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.

e) Actuar, en su caso, como secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad.

f) Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta."

27/08/2009 11:08
El Presidente es el único representante legal de la Comunidad.
Quien firman los contratos en una comunidad
27/08/2009 01:07
Para el cambio de un ascensor ¿ cuantas personas de la comunidad tienen que firman el contrato?. El Presidente y alguno más.
Hay legislación que lo regule, me podeis decir cual. Gracias
Raquel Reus