El padre o la madre separados o divorciados, con tres o más hijos, sean
o no comunes, aunque estén en distintas unidades familiares, siempre que
se encuentren bajo su dependencia económica, aunque no vivan en el
domicilio conyugal. No obstante, si no existe acuerdo entre los padres sobre
los hijos que deben considerarse en la unidad familiar operará el criterio de
convivencia.
Pues según la información anterior que te he puesto podrían pedirla los dos padres.Se desprende que si el no custodio quisiera que le fuera reconocida la titularidad de familia numerosa tendría que presentar una acreditación del otro porgenitor no custodio.
Voy a ver si puedo afinar más la respuesta,pero creo que esta claro.
morgana me parece que te estoy mareando con la situacion, la expliqué en los dos primeros mensajes son 4 hijos tres mayores de edad y un menor.
dos mayores viven con el padre
un mayor y un menor con la madre
para que quede claro, se pasan pensiones ( cuzadas) la madre pasa pension por los dos mayores que viven con el padre, y el padre pasa pension por los dos que viven con la madre.
la practica es que no se pasa pension por ninguno ( cada uno mantiene a los que tiene en su casa, salvo una pequeña cantidad por el menor porque hay una pequeña descompensacion económica por los sueldos de los padres.
asi que, los 4 dependen económicamente de AMBOS PADRES. Custodia no hay ya que son mayores de edad salvo del pequeño que vive con la madre y ella tiene la custodia ¿ tienen derecho a ser familia numerosa ambos padres? como no pueden estar los hijos en 2 documentos de familia numerosa ¿ en cual estarian entonces? ¿ o solo tienen derecho el padre que convive con dos mayores y pasa pension por el menor?¿ el otro hijo entonces quedaria excluido de familia numerosa?.
ya sé que es un lio y disculpa la molestia, pero si me lo puedes aclarar te lo agradeceria.
En el supuesto de separación o divorcio contenciosos, copia de la resolución judicial y en su caso, del convenio regulador aprobado judicialmente.
Si la persona solicitante-titular es el o la cónyuge no custodio, además de la documentación anterior necesaria para acreditar la obligación de prestar alimentos, tendrá que acreditar la autorización expresa de la otra persona progenitora, acompañada de fotocopia del D.N.I./N.I.E./Pasaporte de la misma.
Pero cuantos hijos vivven bajo su mismo techo?...ahí si que habría diferencia.Si usted paga por dos,pero dependen económicamente de usted 3 o 4, si que sería familia numerosa.
Hola morgana
entonces en mi caso q?
tenemos dos niños y mi marido tiene otro mas nos corresponde verdad?
es necesario la autorizacion de la madre del niño de mi marido?
Estoy de acuerdo contigo y debería de computar como familia numerosa puesto que reune el número de hijos para tales efectos,pero la ley es retorcida y busca siempre que no abarque un colectivo grande,para asegurarse de que sus arcas no se "mermen"..que ironía verdad?.
morgana
si es así como he dicho no es justo para los hijos.
si no hay pension de alimentos es porque si se supone que un hijo cuesta mantenerlo anualmente 100. por lo que ganan los padres el A. pasaria teoricamente al otro 50 por cada uno
A ( hablando en teoria) pasa a B - 50 por cada hijo mayor que viven con el.
osea que los mantienen económicamente los dos ( A Y B) al 50 %
y B ( seguimos con la teoria)pasa a A - 50 por cada hijo , uno mayor y otro menor que viven con él
osea los mantienen tambien al 50 %
como los salarios no són equitativos totalmente por eso se pasa una pequeña pensión por el menor.
luego los 4 hijos dependen económicamente de los dos padres ( al 50 % ) de cada uno con la diferencia de la compensacion que se ha establecido por el menor.
solo puedo¡en gozar de los beneficios de familia numerosa ( que pocos són , pero alguno hay) tres de los hijos?
leyendo los mensajes sobre famila numerosa me han surgido muchas dudas. Así que me he ido a la ley y ¡sorpresa¡ no me aclara nada en mi caso.
os lo expongo a ver si me ayudais a aclaralo.
pareja separada. 4 hijos tres mayores de edad y un menor.todos estudiando y menores de 25 así que por parte de los hijos se cumplen los requisitos.
viven con un progenitor dos mayores de edad
viven con el otro un mayor y el menor.
no se pasa pension por hijos mayores, cada uno mantiene a los que viven con el.
se pasa pension por el menor.
¡ tiene derecho alguno a ser familia numerosa?
la ley dice " cumplen los requisitos el padre o la madre separados o divorciados con tres o más hijos, comunes o nó, siempre que estos se encuentren bajo su dependencia económica,aunque estén en distintas unidades familiares y no vivan en el domicilio conyugal"
entiendo que leyendolo asi quizas el único que pueda ser familia numerosa sea el que mantiene a dos hijos mayores y pasa pensión por el menor. luego de los cuatro hijos solo tres son familia numerosa, el cuarto no goza de los beneficios que dá la ley.
es asi?