Esto es lo que pone en escrituras originales .además los mismos propietarios de los locales podrán a su costa y sin necesidad de consentimiento de los de más comuneros modificar la techunbre de las naves en la parte no edificada en plantas altas actualmente de fibrocemento para ponerla de materiales más sólidos digo caso la terraza creada podrán utilizarla los propietarios de los pisos que tengan acceso a ella.pregunto de quien es el tejado de los propietarios del local o de la comunidad de vecinos.