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Quien elige las vacaciones

6 Comentarios
 
Quien elige las vacaciones
23/01/2013 22:14
Hola a todos de antemano, mi tema es el siguiente.
Trabajo en una empresa de toldos, tenemos el convenio del textil no se si solo de zaragoza de aragon o nacinal si fuese distinto cada uno, la cosa es que mi jefe lleva 40 años eligiendo las vacaciones al personal y yo mientras las cogia cuando queria teniendo en cuenta que en una empresa de toldos se trabaja mucho mas en verano, yo llevo diez años en la empresa y promovido por si hijo me ha dicho mi jefe que este es el ultimo años q voy a coger las vacaciones a mi antojo que me ire cuando se va todo el mundo. Osea, del 15 agosto al 15 de septiembre y del 15 de dicciembre al 15 de enero en dos grupos 15 dias cada uno.

Mi prefunta es: en el convenio del textil en zaragoza exactamente como funciona esto? El puede elegir todas las vacaciones o tengo derecho yo a elegir parte?

Muchas gracias...... Espero q los q sepan me saquen de dudas
23/01/2013 22:18
tengo entendido que tu tienes derecho a elegir 15 días y tu jefe los otros 15 días , esa es mi opinión , a esperas de otras respuestas con mayor experiencia...
23/01/2013 22:21
Muchas gracias yo creo q tambien es asi a ver si hay suerte y hay alguen especializado en el tema a demas m jode por q gracias a dios tengo un gran jefe y me quieres casi como a su hijo pero en esta cuestion es q lo mataba
23/01/2013 22:36
Creo que deberías mirar lo que dice el convenio colectivo, por si MEJORA lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, así como tu contrato de trabajo.

Te cito artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores.
"Artículo 38. Vacaciones anuales.

1. El período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el PACTADO EN CONVENIO COLECTIVO O CONTRATO INDIVIDUAL. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.

2. El período o períodos de su disfrute se fijará de COMÚN ACUERDO entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre PLANIFICACIÓN ANUAL de las vacaciones.

En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente.

3. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador CONOCERÁ LAS FECHAS que le correspondan DOS MESES ANTES, AL MENOS, del comienzo del disfrute.

Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4 y 48.bis de esta Ley, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que correspondan.

En el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado."


Un saludo.
23/01/2013 23:05
Pero por lo que he podido leer esto es el estatuto de los trabajadores que eso sera general a nivel nacional

Yo quisiera sabes si en el convenio del textil en zaragoza es igual

Gracias
24/01/2013 15:51
Vamos a ver, usted como trabajador, debe conocer su convenio colectivo y leerse asiduamente para conocer sus derechos. Debe comprender que la gente que participa en este foro no puede conocer el contenido de todos los convenios existentes pues, además de la Ley como normas básicas, hay convenios, nacionales, de comunidad, provinciales y de empresa, así como otra serie de pactos.

Si no dispone de él, puede buscarlos por internet. Seguro que en su buscador habitual lo encuentra. Seguro que en la web de la Autoridad Laboral de su provincia (Dirección General de Trabajo, o como se denomine allí) también lo encuentra.

En cualquier caso, una vez que sepa lo que establece su convenio, debe saber que las vacaciones se han de disfrutar por acuerdo entre empresa y trabajador y se han de conocer con dos meses de antelación. En caso de desacuerdo, puede acudir a la jurisdicción social para que decida el juez. Pero vamos, que si la empresa tiene fijado esos periodos de vacaciones, lo veo complicado.

Aquello de 15 días los elige una parte y 15 la otra, es una leyenda urbana.

Salvo mejor opción.
24/01/2013 15:57
Yo también lo veo complicado si la empresa tiene fijados los periodos de vacaciones.

Yezazel.
Deberías hacer el esfuerzo de leerte el convenio colectivo que corresponde a tu empresa.
Si lo consideras oportuno, cuando te lo leas y encuentres lo que establece en lo que se refiere a las vacaciones, puedes citarlo y seguro que algún experto del foro te podrá asesorar.

Un saludo.