Hola Cielo. Al ser el propio arrendador el que ha instado la revisión del calentador entiendo que los gastos del mismo correrán a cargo de él. No creo que el caso pueda encuadrarse dentro del artículo 21.4 de la LAU 1994
Hola, vivo en en un piso alquilado desde 2004 y el casero nos pidió, el primer dia, que nos encargaramos de llamar al servicio tecnico del calentador del agua para que vinieran a pasarle la revisión anual en la precha que figuraba en una pegatina del mismo.
La revisión ya se ha realizado, y mi duda es si debo haceme cargo de ese gasto o no, ya que no ha venido el técnico por que el calentador no funcionase correctamente sino por que el dueño así lo pidió. Creo que este gasto no es debido al uso o al desgaste, pero no estoy segura así que os ruego que me digais algo.
Muchas gracias.