SI, yo opino igual. Basta con que firme la señora. En cuanto a mencionar el hecho de que la señora es usufructuaria no creo que influya en nada, pero no está de mas ponerlo.
Hola,
Un local es propiedad al 50% de una señora X. En cuanto al otro 50%, la nuda propiedad la tiene su hija y el usufructo la citada señora X.
¿Cuántas personas tienen que firmar como arrendadoras? Yo entiendo que únicamente la arrendadora, pero os pido que me lo confirméis. En el contrato sería bueno decir que es propietaria del 50% y usufructuaria del otro 50% (a efectos de que en un futuro no haya problemas cuando la señora fallezca) o eso no es necesario para nada? Gracias.