Una Comunidad de Propietarios, ha aprobado en Junta por mayoria un Reglamento de Régimen Interior. A partir de la aprobación, ¿quien tiene que velar por el cumplimiento de ese Reglamente?, ¿el Administrador?, ¿el Presidente?.
según ley de propiedad horizontal todos los vecinos tienen el deber de advertir al que incumpla los acuerdos establecidos en los estatutos de esta infraccion al reglamento. al mismo tiempo se lo comunicarán al presidente que le indicará al vecino en cuestión que no vuelva a hacer dicha infracción. si el vecino sigue haciendo lo mismo, solo queda según misma ley, ir al juzgado y denunciar.
Hay una diferencia muy grande entre Estatutos y Normas de Régimen Interior. Los estatutos deben pasar por el Registro de la Propiedad para que afecten a los sucesivos compradores. Las normas de régimen interior son "parches".