Mi hijo es universitario, mayor de edad y no trabaja. La pensión alimentícia que le pasa su padre tiene la obligación legal de ingresarla en mi cuenta bancaria para que yo la administre por el hecho de convivir mi hijo en mi domicilio.
Con respecto a las becas del ministerio que recibe para sus estudios, se lo ingresan directamente en su cuenta bancaria y acaban de ingresarle casi 1000.- euros y como siempre va a utilizar este dinero para todo menos para sus estudios.
Necesito saber si, al igual que pasa con la pensión de su padre, existe ley o norma que me conceda o permita administrar el dinero de esta beca mientras conviva conmigo, aunque sea mayor de edad.
Muchas gracias por su ayuda.
Es bastante sencillo. Si de ese dinero debe abonar los gastos universitarios que lo haga.
El es mayor de edad y la beca entiendo que es personal suya por el hecho de estudiar, por tanto nada le concede un derecho sobre su administración, sin embargo las normas de su casa las impone usted, hágalo.
Entiendo que las reglas de mi casa las imponga yo, pero quisiera ir un poco mas allá y lo que intento es descubrir si me asiste algún derecho legal parecido como en el caso de la pensión alimentícia que como digo existe el principio legal que facilita que sea la madre quién administre el dinero aunque el hijo sea mayor de edad, solo por el echo de vivir en el domicilio materno,
Mi inquietud es saber si en el caso de las becas rige el mismo o parecido principio legal que me pueda conceder el derecho de administrar la beca. Gracias.
La razón por la que usted percibe el ingreso de la manutención de su hijo no arranca de un principio legal ni un derecho, sino de una sentencia. A su vez, una sentencia presupone un juicio que se inicia con una demanda, es decir, que usted debería demandar a su hijo para obtener una orden judicial de interdicción del pago de la beca. De ninguna manera el pagador de la beca está obligado a transferir el dinero a ninguna otra persona distinta que al titular mayor de edad, ni nadie puede reclamar para sí el importe si no hay una orden explícita emanada de un juez. La beca es una retribución que no solo tiene en cuenta la situación económica del solicitante, sino su demostrada aplicación al estudio,
Llegados a este punto, que comprendo perfectamente, ¿qué me queda por hacer si mi hijo se gasta el dinero de la beca en otras cosas y luego tengo que acabar pagando yo los gastos relacionados con el estudio?
Y una última aclaración para Juan Carlos: Que el padre tenga la obligación de ingresar la pensión de alimentos en mi cuenta, a pesar que mi hijo ya es mayor de edad, no deriva de una sentencia ya que en la sentencia nada se dice que cuando fuere mayor de edad deberá ingresarse tal pensión en su própia cuenta. Mas bien creo que se trata de una normativa o ley que debe cumplirse mientras el hijo conviva en el domicilio materno. De ahí que yo imaginaba que para las becas regiría el mismo principio de administración por parte del progenitor a pesar que la administración no lo considere y se lo ingrese en su cuenta.
Espero que me entiendan, a estas edades les cuesta mucho controlar el dinero y mi hijo ya ha dado muestras que no sabe/quiere hacerlo y al final acaba saliendo todo de mi bolsillo.
Estoy un poco perdida, ¿me pueden dar alguna idea para evitar que se gaste el dinero en cosas no relacionadas con la universidad? ¿ Qué puedo hacer para tener un mínimo de control sobre este dinero? Gracias,