Gracias perill por la explicación que me da, viene a ser más o menos lo que yo creía, que la SS es un acreedor como todos los demás, porque hace 3 años que le deve y no han hecho nada solo enviarle cartas de reclamción.
gracias de verdad
Si este señor tiene embargada la nomina.. seguramente tendrá embargada la cantidad máxima que se le puede embargar,( hay una cantidad inembargable) por tanto el segundo embargo el de la SS tendrá que esperar a que termine el primero para que se ejecute el segundo.... la SS tiene prioridad sobre los demas eso no quiere decir que si la SS ha estado lenta o ha sido posterior al primer embargo le toca esperar ahora si hay más embargos en cola la SS va 1º eso si.
de todas formas tienen paciencia la nomina es embargable al iigual que las prestaciones de la ss social si alguna vez tiene que cobrar alguna prestacion de la ss social incapacidad, jubilacion etc le recoradaran la deuda y se la descontaran con % del desempleo tambien
pueden descontar 2 embargos dde una nomina si el 1ª de ellos no llega al tope que se le puede embargar, entonces la cantidad restante paral totoa máx embargable va para el 2 embargo.
Me parece que no me he explicado bien kachalote, el señor tiene el salario embargado ya por por ejecución del juzgado a favor del banco que tambien le debía dinero, por eso me extraña que la SS después de casi cuatro años no le embargara nada, eso si, recibió una carta de apremio o algo parecido.
Unidad de Recaudación Ejecutiva.
El banco se habrá limitado a seguir alguna orden de embargo, y es él quien le tiene que decir al señor de que entidad procede el embargo.
kachalote, que significa URE, es que este señor le embargó el salario uno de los bancos y la SS no hizo nada por embargarle el salario y le debe desde 2007 Gracias
Solamente hay 3 entidades (que yo sepa) que pueden embargar directamente: La Agencia Tributaria, Las diputaciones provinciales y la S.S (a través de la URE)
Además, las deudas con la S. S. tienen carácter prioritario CASI con todo (si no recuerdo mal van delante los salarios y... quizá la agencia tributaria)
Este es el caso de un empresario que tiene deudas con unos bancos y a su vez también las tiene con la S.S. Mi duda está en si es verdad que la S.S. no tiene que demandarte para embargarte, o por el contrario tiene que hacerlo como un acreedor más.
Gracias de antemano y os agradeceria alguna contestación.