Hola jopagi. Si la vivienda que va a ser objeto de arrendamiento tiene los servicios de agua, luz y calefacción ACTIVOS(dados de alta), es suficiente con que en el contrato se pacte que el arrendatario asumirá los gastos del CAMBIO DE TITULARIDAD de los mismos(unos 15 € aproximadamente).De esta forma el obligado al pago de los suministros será el arrendatario y, además, a él le llegarán las facturas de los mismos.
Va a depender del pacto que hagan. Por regla general se suele pactar que estos gastos los asuma el arrendatario que ud le puede presentar al cobro personalmente o bien designar un número de cuenta de cargo (la del arrendatario).
Ahora bien, si se dedica al arrendamiento, puede cada vez que arriende la vivienda ir a su Ayuntamiento con el arrendatario y solicitar nueva cédula para éste y con esa nueva cédula presentarla en las compañías para que le realizen los consumos realizados (esta última opción suele ser más farragosa por el tipo de trámites y gastos que conlleva).
Voy a alquilar una casa y me gustaria saber a quin le corresponde y como lo tienen que pagar, todos los gastos de Luz, agua, basura etc., porque todos los recibos están a mi nombre, supongo que el inquilino deberia de entregarme un nº de cuenta donde habra que llevar a las oficinas correspondientes, para que cambien la domiciliación bancaria y pasen a cobrarla al inquilino.