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Quiebra

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Quiebra
11/11/2005 00:13
Sabeis ¿cual es el paso a seguir en un proceso de quiebra,despues del reconocimiento de crédito de los acreedores, que se regula por la ley anterior a la concursal,supongo que serán los sindicos los que tendrán que formalizar las masas del activo y pasivo de los créditos, pero,¿es a requerimiento del Juzgado, o lo deben de presentar los Sindicos al Juzgado sin previo requerimiento?