Normal y corriente, con la ventaja de que el imputado está localizado. La denuncia al Juzgado o a comisaría, según plazca.
Citación al juzgado competente, y se le traslada desde prisión para que declare como imputado. Oficio al centro para que acredite los teléfonos a los que ha llamado el preso tal, y los que ha tenido incluidos en su lista.
Por cierto, tirón de orejas a los responsables de la OAV y del Centro, por permitir que el teléfono de la víctima esté entre los de la lista del preso con orden de protección vigente.
ya , pero pregunto en caso de denunciar la victima, cual es el procedimiento de la denuncia?. Remitir al juzgado sin mas y dar cuenta al juez de que autor esta en prisión?. Remitir la denuncia a instituciones penitenciarias? ambas cosas? crear un señalamiento policial de detención y una vez que salga detenerle y pasarlo a disposición judicial??
Que procedimiento se seguiria en caso de que una persona con orden de alejamiento en vigor quebranta tal medida desde prision al llamar a la victima y amenazarla??