En principio el quebrantamiento de una medida cautelar contra una ex pareja como la orden de alejamiento o incomunicación se castigaria de acuerdo con el art 468.2 CP con una pena de cárcel de 6 meses a un año. Por el tipo de pena si no me equivoco estaría calificado como un delito "menos grave". Sin embargo en la citación de la juez para ir a declarar por este presunto quebrantamiento califica el presunto delito como "leve". Tendría la juez la potestad, ante la escasa de gravedad de los hechos atendiendo a las circunstancias de caso, de rebajar la categoría del supuesto delito y considerarlo como leve?.