Según consta en un certificado emitido hoy por la Oficina de Registro Electoral, ostento la condición de Delegado de Personal de mi empresa. El caso es que he sido incluido en un ERE, ya que hace unos meses valoré la posibilidad de dimitir, y mandé un email a mis compañeros informando de mi decisión. En ese momento el resto de los delegados de personal de la empresa me convencieron para seguir como delegado y, por lo tanto, lógicamente no informaron, ni ellos, ni el sindicato, a la Oficina de Registro Electoral para tramitar mi baja.
La empresa se ampara en mi email para no reconocerme como delegado, pero yo creo que debería prevalecer el figurar como delegado en el registro.
¿Qué opináis de mi caso?
Mire hoy en día puede admitirse la dimisión por formas telemáticas, pero ves que usted a quien curso dicho Email, supongo que fue a la empresa y a sus compañeros de comité y de sindicato, si esta en su momento no se acepto o le convencieron, para que no cursase usted o su sindicato, (bueno usted porque aunque lo suele hacer el sindicato al que representa tiene que ser con un documento firmado por usted), ante la Oficina de Registro Electoral, por tanto si no se ha cursado baja ante la ORE usted continua siendo Delegado de personal, si es que además nos dice usted mismo que le han enviado un certificado de la ORE donde se le reconoce como delegado de personal en dicha empresa.
Solución puede demandar ante el juzgado de lo social por vulneración de la actividad sindical,o (en este caso), creo que sería mejor denuncia ante la inspección de trabajo por la misma causa.
¡Ojo, el Email en cuestión tendría que llevar algún medio probatorio como por ej. firma electrónica, porque el que haya sido enviado desde su teléfono móvil no prueba que lo enviase usted!, por ponernos a pensar mal, usted esta en un bar deja el teléfono en la mesa mientras va al servicio y yo le tomo su teléfono y envió dicho sms, entonces ¿sería válido?
SMO.
Muchas gracias por tu respuesta, jamgpreve. Opino igual que tu, pero la empresa sigue enrocada con el email. Esta mañana he presentado el certificado de la ORE, pero la empresa (sus abogados) me siguen sin reconocer. No logro entender cómo con la cantidad de trabajo y documentación que lleva un ERE, la empresa, o sus abogados, no han solicitado a la ORE un certificado de los delegados de personal. Supongo que ahora no recularán, pues tendrían que rehacer todo el proceso.
El abogado de los afectados por el ERE ya ha presentado un escrito ante la inspección de trabajo. A ver como termina el asunto, pero me temo que en demanda de despido nulo.
Imagino que, además del certificado emitido hoy por la Oficina de Registro Electoral, tendrás alguna otra prueba que justifique que has seguido efectuando las funciones de delegado de personal desde la fecha en que enviaste el e-mail, presentando tu dimisión.
Por otro lado, supongo que los otros delegados de personal y el sindicato correspondiente no tendrán inconveniente en redactar, YA, un documento dirigido a la empresa en el que confirmen que has seguido ejecutando las funciones de delegado de personal.
liberté,
Los motivos por los que en su momento me planteé dimitir fueron, por una parte,porque no estaba nada de acuerdo con la forma de hacer las cosas del sindicato y, por otra parte, porque tenía excesiva carga de trabajo, lo cual me impedía dedicarle el tiempo necesario a la labor de representación de mis compañeros (visto hoy, qué estúpido suena!).
Cuando los delegados me pidieron que recapacitase mi decisión de dimitir, me propusieron que, ya que no había suplentes, siguiese como delegado de personal, pero sin participar de forma tan activa.
Desde entonces no he hecho uso de las horas sindicales que me correspondían, aunque tampoco se ha producido demasiada actividad sindical. Desde esa fecha tengo varios correos de reuniones promovidas por el sindicato (al cual no estaba ni estoy afiliado) y dirigidas a los delegados (yo incluido).
Gracias por tu sugerencia de redactar el documento.
Bueno.
Creo que es importante que, en el transcurso de estos meses (después de la dimisión) el sindicato haya seguido incluyéndote en sus correos de información de reuniones, al mismo tiempo que a los demás delegados. Te consideraba un delegado más. Por lo tanto, esto puede servir como otra prueba para demostrar que seguías formando parte de los delegados de personal. No los pierdas.
No sé por qué me parece que los compañeros delegados no redactarán el documento. Espero equivocarme.
¿y en la negociación del Ere no interviniste?
¿cómo llegó a conocimiento de la empresa la dimisión? no dejas muy claro si el correo se lo mandasté también a la empresa. Si la dimisión era clara y así se lo dijiste a la empresa, debiste retractarte también delante de la empresa.
¿cuanto tiempo pasó entre la dimisión y el Ere?
la dimisión para que tenga efectos frente a terceros debe estar publicada en la Oficina de Registro Electoral. (Pero es posible que la empresa no se considere un tercero en estos casos).
saludos
mirta,
Ahora estamos en el periodo de negociación. Todavía no ha habido ninguna reunión, pero imagino que no me citarán, al no reconocerme.
El email se lo mandé tanto a los trabajadores como al empresario, y mi gran error fue el no retractarme formalmente frente al empresario (se lo comenté al dueño durante la cena de navidad, pero no puedo demostrarlo).
El email lo envié el verano pasado, y el ERE está siendo ahora.
Por cierto, el escrito presentado presentado ante la inspección de trabajo con la denuncia de mi caso ha sido presentado y firmado por el resto los delegados.
mirta la empresa era conocedora del cese por ese Email pero en su momento debería de haberse asegurado pidiendo el certificado ante la ORE, es el trabajador el único que puede presentar la dimisión porque ni el sindicato lo puede hacer, el sindicato puede gestionar el tramite pero siempre mientras el trabajador lo haga con su firma, entonces ¿que sucede con el transfuguismo?, ¿Cuántos casos conocéis en que un miembro de comité perteneciente a un sindicato o bien es cesado por el sindicato o bien el se sale del sindicato y pasa a ser independiente pero no le pueden cesar si el no dimite? Salvo que así lo haga el interesado solo se le podría cesar mediante convocatoria de asamblea revocatoria.
cucurbitácea: (tiene guasa el Nick), usted dice que le han enviado de la ORE el certificado de que sigue siendo Delegado de Personal, pues o bien por su sindicato, (aunque si no esta afiliado actualmente seguramente no tenga derecho a que le represente), pueda presentar demanda por vulneración de la acción sindical, pero si no puede por medio del sindicato hágalo usted mismo presentando denuncia por la misma causa ante inspección de trabajo.
Mire si quiere saber mas lea el post que tiene por autor a frenchu y mire una de las últimas respuestas que yo envié a este sr. y luego si quiere presénteselo a la empresa y dígales, estáis avisados, voy a por todas, persigo tanto la sanción económica como la penal, ya veras como vas a notar un cierto tufillo de la diarrea que les entrara de repente.
Saludos.
Buenos días,
Finalmente me han reconocido como delegado, y me han citado para la primera reunión de negociación. Pasaré de defender mis derechos, a defender los de mis compañeros. Muchas gracias por vuestros comentarios.
Saludos.
Alguna pregunta. ¿Les comunico usted que iría a por todas?, ¿Noto usted ese cierto tufillo?, es que cuando no tienen razón no hay como sentarse a hablar y ponerlos en su sitio, ¿Por qué ahora si no cedieron?
Hola, jamgpreve,
Más que yo, fue nuestro abogado el que intervino, y si que se refirió a la vulneración de la acción sindical. Se vinieron a bien sin más. Imagino que ya tenían la decisión tomada de antemano, porque fue todo muy rápido.
Un saludo.
Hay una sentencia del TSJ Valencia que resuelve con cita del TS la cuestion la buscare a ver si la encuentro se que la tengo en mi base de datos, te dejo mi correo escribeme intentare remitirtela, a.ta.ja@hotmail.com
Pues bien el Tribunal Supremo en sentencia de 26 de marzo de 1.991 - RJA. 1900- vino a interpretar el citado precepto señalando que "la dimisión, como una las causas de extinción del mandato representativo, sólo debe considerarse producida
por el cumplimiento de dos requisitos: uno de carácter material, que es la manifestación de voluntad, y otro
de carácter formal, que es la comunicación de aquella voluntad a los trabajadores representados (tablón de
anuncios), al empresario y a la Administración". Aplicando la citada doctrina al presente caso nos
encontramos con que si bien es cierto que el trabajador llegó a comunicar su intención de dimitir a la
dirección de la empresa y al sindicato por cuyas listas resultó elegido representante de los trabajadores,
también lo es que, por circunstancias que no constan, tal dimisión no llegó a materializarse pues ni se
notificó a los trabajadores a quienes representaba, ni a la Administración.