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qué tipo de responsabilidad tiene la Administración?

10 Comentarios
 
28/04/2007 19:10
Barbie, no seas ilusa la Licenciatura de de Derecho no es un certificado de buena conducta ni garantia de honradez. Y ahi incluyo a TODOS los Licenciados independiente de la Profesion y/o funcion que ejerzan en base a esa Licenciatura. Salvo honrosas excepciones. Que yo por ahora no las conozco, pero que presupongo que en un colectivo tan grande, abogados, procuradores, jueces, magistrados, notarios, etc. debe haber. Si, tiene que haber. Con tantos no va a haber? Alguno habra.
26/04/2007 21:34
Responsabilidad extracontractual deduzco??,pero por qué otros abogados no la engloban en ésa.Y nunca me hablan de prescripción y plazos, a pesar de ya haberlo yo puesto en la mesa previamente.De haberlo dicho por activa y por pasiva,de verdad no lo entiendo.

Yo no dudo de tu profesionalidad China,pero sinceramente los abogados con los que yo he topado,te aseguro que no la tenían,y ahora sólo me queda este último que me está llevando el caso,y quiero darle una oportunidad,de hecho se la estoy dando,pero parece que mi caso no interesa mucho.
no es cuantioso y sí tedioso.Ya me lo dijeron,otros dos abogados que mi caso no les interesaba porque el importe no era mucho,y sin embargo al caso si había que echarle horas.

Qué quieres qué piense China.......no sé si puedes entenderme.

Por cierto,el que me hay pasado esto ahora,y tener veintipico años no significa que no haya pasado otras cosas.

Simplemente pido justicia,y estoy intentando luchar por ella,pero estoy limitada,y mi impotencia es ésa depender de otros.


Saludos.
26/04/2007 21:24
Siento que te hayas sentido ofendida,quizás debería haber concretado,odio en sí lo que supone ser un abogado en esta ciudad que vivo,y que me ha pasado esto,puesto que lo he visto,y me ha tocado viver con ellos,hasta el momento me ha hecho tener esta sensación.

Sí se le requirió mediante un escrito hecho por el abogado,donde le pedía que a mí no me reclamasen la deuda que no me pertenecía, caso omiso y un burofax enviado por mí,nada más.Pero quiero dejarte claro,que sí por mí hubiera sido ya hubiera más que demandado al administrador.Pero mi anterior abogado,nunca lo hizo,y yo por mis medios qué podía hacer??,pues nada,no me han dejado hacerlo,ni lo han hecho diciéndoles que lo hiceran.Profesionalidad........



ardilla:

DickTurpin en su día ya se pronunció,en este caso,pero no estaba tan de acuerdo contigo sino recuerdo mal.

Por cierto,te veo un poco liada ardilla,cómo va a demandar el que me vendió la casa al administrador(Secretario en funciones de la comunidad ya te lo adelanto),si él fue quién principalmente engañó a sabiendas de la existencia de esa derrama,si él firmo todas las actas y estuvo presente en todas las juntas de esta derrama,él las acordó tb.

No sé qué base legal puede tener lo que dices.

Pero a mí si me ha perjudicado ese certifcado,a mí me ha acarreado ya dos juicios-y los gastos que esto conlleva,y seis-casi siete años con este tema,y pagar una cuantiosa derrama,para mí si ha sido un daño,para el que me vendió,ha vivido muy tranquilo estos años en su casita,sin problemas de ningún tipo.
Sinceramente ardilla, comentarios sin más y sin base no me interesan,tal cual te lo digo.No intento ofender,pero tu postura sin ver más allá,defiendo a ultranza al administrador me parece cuanto menos sospechoso y no me merece crédito alguno.La ley no me dice eso.

China, la acción ha prescrito,qué acción, a qué tipo de responsabilidad te refieres,.......en que artículo C.C.aparece.No lo entiendo.


Gracias.


26/04/2007 19:30
Ardilla, estoy de acuerdo en que el principal responsable es el antiguo propietario pero, dependiendo de las circunstancias, también podría ser responsable el administrador por emitir un certificado con un contenido incierto, ya que al hacerlo actuó de forma cuanto menos negligente en el ejercico de sus funciones.
26/04/2007 19:05
Por una vez en la História, y sin que sirva de precedente, tengo que decir que lo correcto NO es demadar al administrador.

Lo correcto es demandar a quien presenta ese certificado (antiguo propietario) y que éste repita contra el presidente y secretario (tanto si es administrador como si no).

Precísamente el administrador es el único en esta historia que no es responsable de nada.

(para que veais que DickTurpin no es el único que defiende a los administradores).
26/04/2007 18:53
Deduzco de tus palabras que desde que sucedió el hecho nunca has requerido al administrador de forma fehaciente ni tampoco le has demandado, por lo que deduzco también que la acción ha prescrito. No voy a opinar sobre si el consejo de tu primer abogado fue o no acertado porque para ello tendría que leer toda la documentación del caso y del procedimiento judicial que se siguió, pero lo que sí te voy a decir es que no es justo que desprecies el trabajo de los abogados de una forma general ya que, como cualquier otro profesional, la mayoría ntentamos cumplir con nuestras funciones lo mejor posible. La posibilidad de acudir a la vía penal por este asunto te la desanconsejo totalmente. Tu opción más razonable es dirigir una demanda contra el antiguo propietario e intentar (y por favor no te ofendas) no tomarte ésto tan a la tremenda . Te garantizo que en la vida te vas a encontrar problemas mucho más importantes que éste.
26/04/2007 18:25
Me imagino que te refieres a que ha prescrito la acción para reclamar por vía de responsabilidad extracontractual a la administración??,plazo de un año desde que se ha conocido el hecho, es así??.

Me parece increíble, con el primer abogado que me puse en contacto,hace ya seis años+-,el mismo que me llevó el caso hasta que cambié, es decir a los pocos meses de verme metida en todo este lío,se lo dije,siempre argumentó que es tipo de responsabilidad no se le podía achacar a la administración.......

O te refieres a otro tipo de responsabilidad??.
Es posible la Responsabilidad Penal?, o hacer una reclamación por vía Administrativa al Colegio de Administradores de mi ciudad,puede ser otra opción??

Cuándo prescribe la acción,desde el conomiento de este hecho es decir hace ya casi siete años, o desde la sentencia de apelación??.

No hay otra responsabilidad que yo pueda pedirle a la administración??se va a salir de rositas,porque sí??es decir, porque yo al no ser abogada,no he podido yo ponerle una demanda,y todo ha dependido de lo que le ha dado la gana a mi anterior abogado, yo decía a,y él decía sí, y después hacía todo lo contrario,no me lo puedo creer.....qué impotencia!!!

Cómo pueden ser así las personas,yo he estudiado derecho,me queda muy poco para terminar la carrera,y a raíz de esto,he descartado totalmente ser abogada,odio en sí lo que supone ser un abogado,y sin embargo me encanta el Derecho.Pero

Para qué sirve la justicia??Para qué...........

Menos mal que no me han acusado de asesinato.....porque sinceramente,inocente con pruebas y me meten en prisión de cabeza,tengo la certeza de ello.

Soy así de pesimista,porque es lo que veo,te he contado una mísera parte de lo que me ha sucedido en esto años.....cosa que a nadie importa pero yo lo he sufrido,y es humillante lo que he visto en este mundo de leyes.

Ante todo me considero una persona íntegra y muy legal,y lo único que he hecho es querer hacer justicia,y que además no le vuelva a pasar a otra persona esto, por lo menos con esta administración.Y........nada, veo que no voy a conseguirlo.



China,gracias por tu imparcialidad y tus comentarios pero sí, esto es una obsesión puesto que si en algo tan ínfimo,al fin y al cabo dinero-que no he dicho el importe pero la tontería asciende ya a casi 6.000 €,y yo soy una mileurista con veintipico años, me pasa esto,y sin buscármelo yo,y con todos mis papeles en regla,se adjuntó y se hizo todo lo que se podía hacer para comprobar que este piso no tenía cargas, y con un certificado al corriente,y ante un notario se dió fe.Cómo es posible esto me pase, y yo como víctima me haya convertido en culpable,y hasta la fecha no hay otra.y van para siete años.


Bueno pues nada.

Muchas Gracias.


La confianza,hace tiempo,que sin quererlo desapareció en mí.
26/04/2007 14:26
Bueno, Babie, por lo que cuentas existe una sentencia de apelación que es firme, por tanto la opción que te queda es justamente la que has puesto en marcha: demandar al antigüo propietario, es decir, al que te vendió a ti el piso, ejerciendo así tu derecho de repetición frente a él. Yo me plantearía la posiblidad de dirigir la demanda también contra el administrador, como codemandado; sin embargo, hay que tener en cuenta que si el administrador no ha sido requerido fehacientemente y en plazo, y dado el tiempo transcurrido, la acción contra él habrá prescrito. Confía en tu nuevo abogado porque es de suponer que él sabe mucho más que tú de Derecho y además verá las cosas con mucha más objetividad.
26/04/2007 13:33
A ver , como veo que te interesas,cosa que agradezco muchísimo,te explico:

Es que todo se lío bastante pero te detallo.
1) Efectivamente,deduces bien,el acuerdo del arrego de los bajos,se hizo cuando el anterior propietario vivía allí,al igual que las obras se hicieron y se terminaron cuando él vivía allí,al igual que cuando pidieron la póliza para pagar esta obra.Todo estos acuerdos,juntas ,reuniones para realizar,acordar pagar.....etc esta obra,están documentados en las actas que yo poseo y en la cuales aparece el que vendió la casa,como que estaba de acuerdo con todo.
2)La C.P.de propietarios inducida por la Administración de Fincas y el abogado de la misma me demandó a mí por no pagar esta derrama,debido a que yo decidí vender el piso,lo cual comuniqué con meses de antelación,porque ya no soportaba el trato que recibía,todos se pusieron en mi contra,y todos me reclamaban esta deuda,yo era la morosa,y yo tenía que pagar esa derrama,nadie más y en ese empeño,y no querer entender mi posición,llegaron hasta el punto de insultarme en una reunión,llamarme de todo,la comunidad y la Administradora de Fincas.Yo nunca les demandé a ellos.
Yo intenté hacerlo,no a la comunidad sino a la Administración,pero el abogado que tenía simepre me daba largas y decía que iba a interponer la demanda pero nunca lo hizo,y por contra me encontré yo demandados por ellos.Increíble,sí pero así fue.
3)Te aclaro una cosa,a pesar de vender el piso,esta derrama tenía un plazo de cinco años para pagarla divida a su vez en plazos mensuales durante este tiempo(5 años).Yo vendí el piso,y por perjudicar a los nuevos vendedores,y en mi empeño de hacer justicia,redacté un contrato privado con cláusula,incluído en escritura,donde hice constar que de esta derrama al estar tramitándose judicialmente,me haría cargo del total de su importe pasase lo que pasase,exonerando así a los nuevos propietarios,con independencia de lo que dijera la LPH. y de lo que ella derivase.
4)Dicho esto,y demandada por la C.P. En primera instancia gane el juicio,la jueza me exoneró totalmente de esta derrama y de las costas,falló en contra de la comunidad.
5)Apelaron en Audiencia,la C.P.,y aquí me revocaron totalmente la sentencia,fallaron en mi contra,donde me condenaron a pagar lo que ellos pedían en base a esta derrrama hasta esa fecha todavía no se habían terminado los plazos de pago de la derrama,y lo que correspondía fue por lo que me demandaron,teniendo en cuenta que justo en ese mes acaba de vender el piso.
En la misma sentencia,pues anotaban mi posibilidad de reclamar este dinero,al antiguo propietario en base al de recho de repetición.

Bueno pues esto es lo que pasó,y en este punto estoy.

Cambié de abogado,arena de otro costal,me costó sudores, es increíble como se tapan unos con otros,nadie me quería llevar el nuevo proceso a emprender,pero bueno uno se digno y aquí estoy,pero llevo ocho meses con él y sigo en las mismas,y nada se ha hecho,y no me dejan claro,las opciones que tengo,aparte de la que ya sé,ir contra el antiguo propietario...pero y la Administración qué pasa,ambos deberían tener responsabilidad.Esto no sé pero aunque no quiera me está afectando,he tendio que pagar al otro abogado un buen pellizco,y eso ahora quién me lo va a devolver??.

Pues nada,aquí nunca pasa nada,no se hace nada,y eso que estoy pendiente de todo y de todos.

De ahí mi desesperación.

Gracias.

Un Saludo.
26/04/2007 10:55
Bueno, Babie, mi primer consejo es que te intentes tomar el asunto con más filosofía y que no te obsesiones. Hablas de "tus abogados" con lo cual entiendo que ya hay profesionales que conocen el asunto de cerca y que se supone que ya habrán tomado las medidas que han considerado más oportunas. No obstante, y partiendo exclusivamente de los datos que tú ofreces en tu mensaje, voy a intentar darte alguna respuesta orientativa.

En primer lugar, voy a suponer que los gastos derivados de las obras que se ejecutaron eran de carácter ordinario y que, por tanto, los propietarios estaban obligados a contribuir al pago ( o bien que aun siendo gastos extraordinarios el entonces propietario se obligó a contribuir al gasto).

Lo que está claro es que cuando se emitió el certificado, la Comunidad de Propietarios ya estaba obligada a devolver el dinero al banco, aunque dicha obligación no fuera todavía exigible gracias al período de carencia. Por tanto, dicha obligación debería haberse reflejado en el certificado emitido por el Administrador. El hecho de que no lo hiciera podría ser valorado como un acto negligente que podría dar lugar a exigir una indemnización por daños y perjuicios.
Por otra parte, dices que en su día presentaste una demanda -no aclaras contra quien- y que ya se han dictado dos sentencias (me imagino que en primera instancia y en apelación). En principio yo hubiera dirigido la demanda tanto contra el vendedor como contra el Administrador, pero subrayo que no conozco el caso en profundidad.
Qué tipo de responsabilidad tiene la administración?
26/04/2007 08:05
Buenas a todos:

Seguramente, en cuanto leáis alguno de vosotros este mensaje os acordaréis de mi caso, El año pasado lo expuse,transcribí mis dos sentencias(literalmente),en este foro,y firmaba mis msjs con el nombre de elena lópez.(Así es como me llamo).

He vuelto aquí,es decir, he vuelto a escribir aquí hoy por primera vez desde hace ocho meses porque estoy "desanimada,desesperaba,no sé.......cómo describir ya!!,las sensaciones que acaparan mi persona,pero es que necesito respuestas que nadie me da,sé que es mi caso,y que a nadie le importa,ni siquiera a mis abogados,y eso me frustra aún más.Estoy cansada de buscar información,de interpretar la ley como pienso que debe hacerse y de preguntar y preguntar a gente experta en el Derecho Civil-Ley Propiedad Horizontal...y nadie logra convencerme ni de darme una respuesta,buena o mala,pero una respuesta,de lo que pregunto.Nunca se ponen de acuerdo,mientras unos me dicen una cosa,otros me dicen lo contrario de eso.No lo entiendo,tan difícil es aplicar la ley.???????En casos como el mío??.

A ver en resumidas cuentas.Mi caso era el del Certificado emitido por la Administración de fincas sin deuda alguna (ordinaria-extraordinaria) que se adjunto a la escritura cuando compré el piso,y que el propietario que me vendió la casa nunca me informó de nada.Y se calló lo que sabía que iba a pasar después.Esto es:
Un año y medio antes de yo escriturar y comprar el piso,se habían realizado unas obras extraordinarias urgentes en los bajos del edificio,se realizaron las obras durante los primeros seis meses de ese año y medio antes de compraventa,y se pagaron en cuanto las terminaron con una póliza que la comunidad pidió al banco,pero decidieron pagarla individualmente cada propietario un año después,dandóles el banco una carencia de un año para empezar a pagar la póliza pedida.
Y aquí entro yo,compro la casa,y me encuentro con todo esto a los cuatro meses de estar allí viviendo.

Imagino que ya os acordáreis de todo lo que me pasó después............

A día de hoy,casi ya siete años con este tema.


Necesito saber,sólo una cosa:

1)Tengo claro que el principal culpable es el que me vendió la casa.Estoy a la espera,de que salga fecha para el juicio contra él.Estoy en el punto de haber pagado ya la derrama íntegra,no me ha quedado otra,y por el derecho de repetición reclamársela al que me vendió la casa.

2)Pero y la Administración......Es que no tiene ningún tipo de Responsabilidad???,ellos me emitieron el certificado,corroborando casualmente, aunque esto sea difícil de demostrar,el engaño del que me vendió la casa.Esto esn que me vendía una casa libre de toda carga comunitaria.

He aquí mi pregunta,Si en esta acciones un Administrador,que es el que emite un certificado y cobra por ello,me emite un certificado "omitiendo" una derrama, lo cual desencadena todo lo que me ha pasado,no se le puede achacar responsabilidad,entonces qué tipo de responsabilidades tiene un administrador en cuanto a su trabajo.Si en mi caso han cometido,desde mi punto de vista,el mayor error que podían haber cometido,emitir un certificado al corriente,sin serlo y mira dónde estoy por ello.

Ésa es mi pregunta. En cuanto a la Administración,judicialmente hablando,qué tipo de responsabilidad tiene en este caso.De que forma y alegando el qué, puedo demandarla.Es viable?

Aunque parezca mentira,he hecho esta pregunta no sé ya cuántas veces y a cuántos profesionales,nunca se aclaran con el tema,es más... parece hasta un tema tabú.Y sino,pues más bien me dan a entender que me olvide de la Administración.........Sinceramente,no lo entiendo.No en base a LPH.art.9e.

Gracias a todos.

Saludos