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¿ que tipo de deudas prescriben a los 15 años?

4 Comentarios
 
24/01/2011 14:27
Hola,
Mi consulta está relacionada con deudas de tarjeta de crédito. hace como unos 15 años o más me quedó pendiente una deuda de tarjeta de crédito (350 euros), cuando fui a pagar a la oficina donde la había contratado y donde hacia los pagos cuando no había dinero en la cuenta, me encontré con la oficina cerrada... no tenía ni otra dirección, ni teléfono. Después de 15 años se ponen en contacto conmigo indicando una deuda de mil y pico euros... considero que han dejado crecer con los intereses dicha deuda durante estos años y me reclaman ahora ya no los 350€ sino los mil y pico. Mi pregunta es si esto es legal o por lo contario al no haber recibido ningún aviso me pueden cobrar esa cantidad, y si esto no prescribe.

uchas gracias
14/06/2008 23:42

¿Podeis poner por favor algun ejemplo?
Las deudas de telefonia son tres años?
Las deudas que se adquieren con el banco o con una financiera?.
¿y me figuro que la caducidad de la accion para reclamar estas deudas, son tres años?
Muchas gracias
14/06/2008 21:06
Artículo 1964 CC

La acción hipotecaria prescribe a los veinte años, y las personales que no tengan señalado término especial de prescripción a los quince.
14/06/2008 10:22
Hola Electra,

Las derivadas de acciones personales y en general las que no tengan expresamente señalado otro plazo.

Salvo mejor opinión.

Reciba un saludo,
¿ que tipo de deudas prescriben a los 15 años?
14/06/2008 01:56
Gracias