Les comento un caso de despido, a ver de qué tipo creen que es:
La empresa despide a un trabajador porque el proyecto en el que estaba trabajando ha finalizado y no tiene otro donde reubicarle.
La empresa en principio no tiene problemas económicos, ya que en infojobs tiene todas semanas ofertas de empleo activas, y el año pasado se cambió de sede a una mejor.
Otra cosa, me han comentado que las empresas casi nunca te van a despedir con 45 días, aunque estén bien economicamente, alegarán lo que sea para pagarte menos, qué opináis al respecto.
Podrían verlo por amortización de puesto de trabajo.
En cuanto a lo segundo, pues no, puede alegar lo que quieran, pero tiene que ser demostrable.
SALUDOS.
Sería un despido por causas objetivas, concretamente, de organizativas o/y producción. Pero si tienen ofertas de la misma categoría profesional, lo veo difícil de defender.
aqui lo importante es saber que clase de contrato es el que tiene, se habla de 20 dias, de 45 pero no sabemos el contenido del contrato, la mayoria de ellos estan en fraude de ley
obra y servicio? circunstancias d ela produccion? como es el contrato
1-Puede una empresa despedir por causas objetivas de tipo técnicas, organizativas o productivas, a un trabajador si economicamente es viable, y sólo se trata de un despido indivual. Porque según leo aquí sobre el despido objetivo:
"En este caso la decisión empresarial debe justificarse con una determinada finalidad, bien la superación de una situación de crisis, bien superar las dificultades que impiden el buen funcionamiento de la empresa (competitividad, exigencias de la demanda,…)."
entiendo que la empresa tiene que tener problemas económicos.
como no contestas te contesto yo
el despido es improcedente
son 45 dias por año
los objetivos tiene que pasar por concurso de acreedores y el juez darle el visto bueno
le deben de depositar el finiquito en el juzgado de lo social
no firmarlo
esperar 18 dias para denunciarlo ante el centro de arbititraje
a losm 45 dis lo llaman , ya tiene la empresa que pagar un mes y medio de salarios de tramitacion.
Buscarles las vueltas al finiquito y no estar de acuerdo denunciandolo en el juz de lo social
pasaran 3 o 4 meses y al final tendran que pagarle 3 o 4 mensualidades
alguna pregunta mas?
¿Los objetivos tienen que pasar por concurso de acreedores? ¿De donde te sacas eso?.
Antes de la reforma las empresas tenían que acreditar perdidas, normalmente tres años, y después de la reforma, una situación económica desfavorable, como todavía no hay suficiente jurisprudencia, no se sabe el criterio a seguir, si bien en las charlas a las que he asistido yo, se describe como una bajada de ventas o la perspectiva de perdidas futuras.
Esto en el caso de un despido objetivo por causas económicas, pero es que estamos hablando de uno por amortización de puesto de trabajo. En este caso yo entiendo que la empresa si que podría defender la carga económica que le supone tener a un trabajador sin puesto al que asignarle. Aunque hay que ver cada caso concreto.
Si hay dudas, demanda.
No demos opiniones tan a la ligera.
SALUDOS.
-La empresa (que es de informática) tiene más proyectos, algunos me supongo que propios, pero la mayoría en otros clientes (lo que se llama outsourcing o bodyshopping), pero claro en los proyectos de outsourcing te tiene que solicitar el cliente al trabajador .
-Hasta ahora mi empresa cobraba del cliente donde trabajaba yo, por las horas que trabajaba.
Ahora mi pregunta es, si la empresa no está en mala situación económica, cómo va a probar ante un juez, pérdida de ingresos en u futuro para que el despido pueda ser objetivo.
¿suelen conceder los jueces este tipo de despido si no existen muchas pruebas de mala situación económica?.
A ver, centremos el tiro, el despido objetivo no es únicamente por causa económicas, puede ser por amortización del puesto de trabajo, osea que el puesto ya no sea necesario y que este suponga una carga para la empresa.
Como digo, habría que ver el caso con más detalle, pero como te digo, si tienes dudas vete a un abogado y demanda.
SALUDOS.
SALUDOS.