hola muy buenas, he sido posiblemente denunciado porque hice un blog con unas fotos d euna persona, en ese blog colgé las fotos de esta persona que aparece ella y parte de su familia, en la que comenté esas fotos con insultos, las fotos las copié de la red social facebook de esta persona de su perfil, ¿que delito podría haber cometido?, muchas gracias y espero que alguien me pueda contestar...saludos...
pero si las fotos eran publicas, su perfil estaba al publico, cualquier persona tenia acceso a visualizar las fotos porque creo que aqui no entraría un delito del articulo 197.
espero que un especializado en la materia me respondiera, gracias.
Desde mi punto de vista, aunque fuesen públicas, tú usaste esas fotos sin si permiso, dentro de un blog que no era de él, y para lo que no te autorizó.
No obstante, vía penal no le veo tanta relevancia, pero sí vía civil, por ahí si te puede meter caña.
Indiferentemente, el de injurias si entra, completito.
Por cierto, no te preocupes Agapito, para la próxima espero especializarme más (aunque tú no comentases el hecho de que eran públicas y de acceso abierto), no te preocupes.
Audiencia Provincial de Córdoba (Sección 3ª) Sentencia núm. 59/2009 de 26 febrero
Relativo a lo tuyo, pero en este caso no insultaban a la chica, tan sólo la criticaban.
Y esto que te pego, de otra.....
...............................En el caso presente, se estima por el apelante que los hechos consistentes en colgar una fotografía con la cara del hijo de la denunciante con el título de "el más malo de Tufia", seguido de un comentario: "a este pequeño torbellino le gusta el protagonismo, no paraba de ponerse delante del objetivo", es constitutivo de delito, al contener comentarios descalificativos y atentar contra la intimidad y el honor del hijo menor de edad de la denunciante. Debemos comenzar por aclarar que el hecho de no haber recabado el consentimiento el autor de la foto para ponerla en internet , en su caso, debe ser ventilada tal cuestión en el ámbito civil. Lo que se trata de determinar aquí es si el título y comentario que contiene la foto podrían o no ser constitutivos de un delito de injurias castigado en el artículo 208 del Código Penal y, en el mismo sentido que resuelve la juez del primer grado jurisdiccional, e informa el Ministerio Fiscal, de lo visto en internet y aportado por la parte no se puede colegir que el autor de tal foto, al parecer Teodulfo , perfectamente identificado y que tiene una galería de imágenes, tuviere el más mínimo interés de ofender con tal título y comentario. Este es el eje de la cuestión, de tal forma que desplazado el ánimo de vejar, el delito se queda sin contenido y debe confirmarse la resolución dictada, sin perjuicio de las acciones que tuviere a bien iniciar la familia del menor si, en verdad, no han dado consentimiento para que la foto de su hijo esté en internet y quieren evitar su presencia en la red...................
Como ves, más o menos dice lo mismo que yo te dije antes: Injurias, y el tema de las fotos por vía civil.
muchas gracias por tu interes en ayudarme, un saludo isd2, yo tengo claro que es un delito de injurias, pero lo que mas me preocupa que lo califieuquen como revelacion de secretos, ya que las fotos estaban colgadas en internet, si las foltos no estaban colgadas en internet y yo las cuelgo entoces si pordria encajarese en el articulo 197. conozco un caso que he leido por internet de la hijastra de belloch, alcalde de zaragoza que hizo lo mismo que yo, y el juez al final archivó la denuncia porque dijo en su escrito que tenia que poner una querella por injurias, y respecto a los de las fotos, dijo que cojo estaban colgadas en internet, el responsable de esas fotos es quien las colgó porque ya estaban colgadas.
Siento decirte que tu no eres la hija de Belloch , y si, es delito colgar fotografías sin consentimiento del titular aunque dichas fotografías estén en internet, máxime si encima haces comentarios injuriosos o contra el honor de esa persona.....
Habría que ver que tuvo en cuenta el juez que archivo la denuncia de la hijastra de Belloch, me da a mi que no fue precisamente el código penal....
Digamos que no he llegado a trabajar directamente en despacho pero hice la carrera de Derecho hace bastantes años pero por determinados motivos estoy bastante informada sobre este tema(entre otros); en caso de que sea delito también lleva pena privativa de libertad además de la pertinente indemnización por daños y perjuicios...
las injurias no conlleva pena privativa de libertad, además no solo se vertieron injurias, sino calumnias, podrían ser un delito de injurias y calumnias con el agravante de publicidad.
Por poder, claro que puede. Si insultaste a alguien, y además le imputaste un delito que no cometió, caben ambas formas. Y si lo hiciste por internet, y en una página de amplia difusión, por supuesto que cabe la agravante de publicidad.
el delito que le imputé que dije que ponía denuncias falsas por violencia de genero, en este caso las referidas fotos eran de una mujer y parte de su familia.
otra pregunta, por lo que he leido para que esta denuncia prospere tiene que ser mediante querella que hasta hora no se ha producido, tan solo me han puesto una denuncia y no querella.
Agapito, según a quién injuries lleva pena de privativa de libertad o no la lleva. Si las injurias han sido vertidas contra una persona ajena a tí, en principio sólo necesitarían una querella para denunciarte y como bien dices NO existiría pena privativa de libertad ; en cambio, si la injuria la has hecho sobre alguien con quien has mantenido una relación sentimental o análoga para denunciarte sólo se necesita denuncia( no es necesaria querella) y SI, lleva pena privativa de libertad porque se tramitaría como violencia de género...Al utilizar INTERNET para vertir dichas injurias y calumnias la agravante de publicidad es mas que evidente......
Y te añado: al imputarle un delito( denuncias falsas de maltrato) , y considerando que SÓLO fue eso , estaríamos ante calumnias las cuales, al hacerlo por internet y por tanto tener publicidad, SI llevan aparejada pena privativa de libertad. La única forma para que no te condenen es que tu pruebes que efectivamente esa persona hace denuncias falsas.
Entiendo que hayan admitido la denuncia de esa persona por lo que te he dicho antes, posiblemente hayas mantenido relación de afectividad con esa persona( lo intuyo, no lo se), por lo que además del código penal, deberías tener muy en cuenta la ley de violencia de género porque va a ser la que van a seguir......
buscorespuestas, gracias por contestar, te informo que efectivamente como usted ha dicho esas injurias y calumnias fueron a mi ex-pareja, ya he tenido dos juicios con anterioridad hacia esa persona que al final acabaron en juicio de faltas, y respecto a la denuincia ya declaré en su dia y fue tranmitada por un juzgado de instrucción y no por violencia, las dos anteriores si fueron tranmitadas por un juzgado de violencia de genero, que era en donde yo declaraba, esta ultima era en instrucción y no por violencia, tambien quiero a ver si me puedes ayudar, esos insultos fueron vertidos en internet y fuimos a declarar yo y un familiar que era el titula de la linea de internet, quiero saber si el titular de la conexión de internet puede verse perjudicado por esto, a mi familiar no le hicieron las mismas preguntas que a mi, sino otra clase de preguntas que no me hicieron a mi. mnuchas gracias y saludos.
Agapito, tu familiar sólo tendrá problemas judiciales en la medida en que haya colaborado contigo para realizar esos hechos; es decir, el no tiene la culpa de que tu hayas hecho tal o cual cosa siempre y cuando no haya colaborado contigo. Y si me apuras, yo le recomendaría incluso mostrarse sorprendido por la denuncia.......
En cuanto a lo de los juzgados de instrucción, eso en principio da igual, el hecho está en que has cometido un delito o falta y el sujeto pasivo es tu ex pareja ya sigue los artículos referidos a violencia de género....
De hecho ahora se te pueden dar dos casos( para que lo tengas en cuenta):
a) Que efectivamente esas denuncias fueran falsas y que puedas probar que en los anteriores procesos de faltas que tuviste fueron sobreleídas o no te condenaron, por lo que no existiría delito de calumnias porque tu no estarías diciendo nada que fuera mentira.
b) Que esas denuncias hubieran sido tramitadas y tu hubieras sido condenado por ello. En este caso se volvería a tramitar por violencia de género( de ahí que sólo haya necesitado denuncia) y además de la agravante de publicidad, podría ser que también tuvieran en cuenta la agravante de reincidencia porque ella puede alegar que a pesar de que te denunció tu sigues haciendole la vida imposible y tal......
Te recomendaría que te olvidaras de esta historia y reicieras tu vida porque como sigas así al final preveo que te vas a meter en un gran lío....
Hola Agapito,
entiendo que has podido cometer delito de injurias y calumnias, y que el decir que las denuncias eran falsas... siempre te puedes agarrar al EXCEPTIO VERITATIS, y probar su realidad para que se elimine la responsabilidad criminal...
Concido plenamente con buscorespuestas, en el anterior post, mejor que sigas adelante, y pases página, porque cuando se entra en este círculo nunca acaba bien...