Tengo una vivienda nueva a 40m de una playa cerca de Palma, aún así la zona no se puede considerar turística (¿qué requisitos debe tener para ser considerada turística?).
Ültimamente, estoy pensando en alquilarlo de manera turística (para pasar unos días de vacaciones) pero no sé cuales son los requisitos y si me ata mucho, si realmente los beneficios me interesan (me parece que hay que darse de alta en algún tipo de actividades) y si hay un inquilino que me interese pueda hacer un contrato largo.
¿Se puede hacer de manera legal?
Hola vicen. El contrato que usted debe de realizar es el denominado Contrato de Arrendamiento de Temporada. Este se rige en primer lugar por la voluntad de las partes y también por lo dispuesto en la LAU 1994 para arrendamientos distintos al de vivienda.
Para no tener problemas en un futuro le aconsejo que dicho contrato le sea redactado por un/a profesional de la abogacía.