En principio, su consulta es ciertamente general y no recoge ningún dato. Por dicho motivo, le contestaré de forma muy breve, general y rápida.
La respuesta a su pregunta "se da para finalizado el contrato resolutivo a mí favor?"
La respuesta es que no, no se da por finalizado el contrato a su favor por una medida cautelar.
Los jueces pueden imponer medidas cautelares sobre personas físicas o jurídicas si consideran que son necesarias para el correcto desarrollo de un proceso. En este caso (ámbito del derecho civil), es necesario que la parte Actora/Demandante haya solicitado dicha medida, pues entiende que es necesaria para que no le perjudique la duración del procedimiento en caso de que se estime su demanda.