Gracias por la aclaracion, en caso de no presentar recurso, se podría volver a instar la ampliacion má adelante? o se cerraria el proceso, con lo que sería incobrable la deuda.
Buenos días, he recibido un auto en el que se deniega una ampliacion de ejecución en la que omo fundamento de derecho único pone lo que sigue:
Conforme a lo dispuesto en los artículos 552 y 573 la LEC, no ha lugar a tener por ampliada la ejecución.
La verdad es que no se cuales son los motivos por los que se rechaza para poder recurrir el auto.
Agradecería alguien me lo concretase un poco ya que he mirado los artíclos pero no se que es lo que presentar.
Gracias de antemano