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Que significa esta contestación de la tesorería de la seguridad social cuando resuelve diciendo:

1 Comentarios
 
Que significa esta contestación de la tesorería de la seguridad social cuando resuelve diciendo:
23/04/2015 16:18
Asunto: RESOLUCION QUE DECLARA TERMINADO EL PROCEDIMIENTO DE RECURSO DE ALZADA POR IMPOSIBILIDAD DE CONTINUARLO POR CAUSAS SOBREVENIDAS.
Resuelve: DECLARAR FINALIZADO EL PROCEDIMIENTO DE RECURSO DE ALZADA por carencia sobrevenida de objeto impugnatorio, según lo expresado en el Fundamento de Derecho Séptimo.
Séptimo: No obstante lo indicado en los Fundamentos de Derechos anteriores, la circunstancia expuesta en el HECHO SEPTIMO de la presente resolución, ha dejado sin efecto el acto de embargo dictado el 00-00-0000 que es lo que precisamente solicita en el recurso de alzada que ahora se resuelve, motivo por el cual, este queda sin contenido alguno por carencia sobrevenida del objeto impugnatorio a tenor de lo dispuesto en el artículo 87.2 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
24/04/2015 08:41
Pues asi, llanamente, segun parece habia decretado un embargo, y eso era lo que se recurria en alzada (eso deduzco yo, pero corrigeme si me equivoco), y por algun motivo (que yo no puedo saber por lo escueto del mensaje), se ha decidido dejar sin efecto dicho embargo, por tanto, si no existe embargo, no se puede recurrir en alzada contra el. Pero vamos, en cristiano, que le dan la razon al recurrente