Mi madre es la única heredera de mi tía. Ambas mayores de 65 años. Empadronadas en distinto domicilio de la misma ciudad. Tengo certificado del Ayuntamiento de convivencia durante los últimos 10 años en el domicilio de la heredera, pues absolutamente todas las tardes y noches las pasó en el domicilio de la heredera ¿Puede servir este para aportarlo a la hora de reduccir de la base imponible la vivienda habitual del causante?