Dentro de cuatro meses finaliza el contrato de arrendamiento del local. Tenemos pensado no renovarlo y mudarnos a otro. En el contrato de arrendamiento del actual, una de las clausulas hace constar que las obras que se realicen en el local quedarán como mejora sin derecho a indemnización. Tengo pensado llevarme la caldera de gas y los radiadores que los pusimos nosotros.
La pregunta es la siguiente ¿a que se considera obra y si es lo mismo o no que instalación? Entiendo que tanto la caldera como los radiadores son muebles y portables.