Un familiar mayor de 60 años, soltero, va a ser despedido de su trabajo.La Empresa le asegura que podrá cobrar el desempleo durante 2 ños y que luego podrá cobrar el subsidio hasta que los 65 años, en que podrá jubilarse con todos sus derechos. Es esto así?
Tengo entendido que hay ciertos requisitos que pueden impedir el cobro de ese subsidio, como las rentas, etc.¿Puede alguien aclararnos cuales son esos impedimentos, la cuantía de esas rentas, y todo lo demás, así como el artº o la base legal última que exista puesto que ha habido muchas modificaciones al respecto?
Este familiar tiene cotizados 40 años al Régimen General, un modesto piso en propiedad y un modesto depósito bancario. Gracias
Ruego alguna aclaráción urgente al respecto, porque he leído en www.preguntasfrecuentes.net que,para poder tener derecho a ese subsidio de desempleo no se deben tener rentas superiores a 468 euros mensuales, y entre los requisitos que se consideran Rentas están las prestaciones de desempleo, y, por otra parte, dice que NO se consideran rentas las prestaciones de desempleo del solicitante.
En qué quedamos? Ayuda, por favor
Pienso que cuando acabe de cobrar el paro, tendrá 62 años y si ya no encuentra trabajo podrá solicitar la ayuda para mayores de 52 (eso si,muy poco dinero) y esperar a los 65, ó bien solitar la prejubilación al acabar el paro, pero le descontarán un tanto% por los años que faltan para los 65, y ya nunca recuperará el 100% de una paga de jubilación comenzada a los 65 (la verdad es una injusticia despues de 40 años cotizados) y creo que más de uno nos vamos a ver aun peor
Es eso así seguro? Le habían comentado que sólo le restaría un 6,5% por ciento correspondiente a un año, que es el que le faltaría después de cobrar el subisidio, si lo cobra (Después del subsidio, si lo cobratendría 64 años).
Además, si para poder jubilarse es necesario haber trabajado/cotizado los dos últimos años, si entre los 63 y los 65 está en el paro, cómo podrá jubilarse?
60 años, parado con dos años de prestacion de desempleo ( base reguladora= que trabajando), a los 62 años subsidio mayores 52 años que han acabado la prestacion, 421 euros (durante los años que cobre la prestacion, base reguladora 0 ).
calcula que interesa mas, si una vez acabado el paro pasar a jubilacion anticipada con una deduccion de un 6% por año que falte para los 65 años o cobrar el subsidio sabiendo que esos años tienen base reguladora =0
Otra cosa que no he preguntado. En estos 4 años y medio que le quedan para cumplir los 65, si el gobierno alarga la edad para jubilarse hasta los 66 ó 67, qué puede ocurrir? ¿La nueva medida le afectaría a él, es decir, tendría que esperar a esa edad para jubilarse?