Si, como le están diciendo, le intentan engañar, lo más recomendable es acudir al Colegio de Abogados de su localidad y pedir justicia gratuita. Así le asignarán abogado, no sólo para acudir a juicio sino también para asesorarla desde ahora mismo.
Pues ese punto significa que:
Para emprender un procesomonitorio contra usted, que supongo que es lo que ha realizado de forma totalmente erronea la comunidad.
Primero:
En junta se debería haber aprobado la liquidación de la deuda con la comunidad de propietarios.
¿Se ha realizado?
Segundo
El envío a usted por burofax de dicha deuda
¿ se ha realizado .?
Si es que no, entonces cuanda vaya al juzgado, usted debera decir que esto no se ha realizado y que la deuda anterior a octubre de 2017 han prescrito. O sea que no pueden reclamarselas, aunque si no las abona, seguira siendo morosa por vida y no podrá votar
Bajesé el art. 21 de la LPB Y lea detenidamente el punto n 2
Si no se ha realizado así, la comunidad no puede reclamarle nada.
Cuando tiene que ir al juzgado.
Podría algun abogado echar una mano a Nurita y decirle como debe de actuar cuando vaya al juzgado?
Si tiene ono que ir con abogado
Pero no nos indica como se la reclamaron ni en que fecha, porque usted sólo esta obligada a abonar los cinco últimos años,
Los 400€ del 2015 estan prescritos, si no ha recibido un burofax desde entonces, no tiene porque abonarla
Es muy importante que nos digan cuantas veces desde 2015 , cuando y de que forma le han reclamado la deuda.
Me reclaman cuotas por valor de 400 euros del 2015 y 800 euros de este año incluida la derrama de junio de 2021 a octubre de 2022.
Esa es la totalidad.
Si tengo deuda desde el 2015 y parte fue pagada,solo quedaron de pagar 400 euros
Y me reclaman lo de este año cuando hubo una derrama divida en tres meses y al separarme y quedarme sin ingresos se me ha ido acumulando hasta el día de hoy.
Para que no prescribA una deuda comunitaria, no es necesario una reclamación vía juzgado.
Nuria, esté tranquila, que la sangre no llegará al rio.
Usted me perdonará mi pregunta que la hice, pero me imagino que estuvo bastantes años sin abonar la comunidad, No se porqué pero me huele que la quieren engañar pues es muy posible que parte de esa deuda habrá prescrito, dado que desde 2015 las deudas prescriben a los cinco años
Nos puede indicar si lo que le indico a continuación a sucedido y cuando?
Y estoy muy perdida y nose cómo actuar,pues he intentado hablar con el administrador y el presidente pero hacen caso omiso a mis llamadas y mensajes,me siento incapaz,pues no sé qué hacer!! Pues he agotado todas las vías posibles de diálogo.
No creo que la intención de la comunidad sea que a usted le embarguen nada dado sus ingresos. Por lo que pienso es que le hacen esa reclamación vía juzgado para que no prescriba por llevar la deuda (entera o parte ella) próximo a cumplir 5 años. Pero no le van a embargar nada aparentemente, salvo que disponga de otros bienes o rentas donde se podría demostrar que la mora no es por recursos económicos o renta.
Por favor olvidese de embargos.
Un juez nunca dictará eso si usted abona lo que bien pueda todos los meses.
Lo que no entiendo es la actitud de su comunidad.
Pirque llego a deber tanto?
Entonces si sigo pagando poco a poco no me embargarian nada ?Lo llevo haciendo tiempo,yo no me niego a pagar.Si te embargan que es lo primero que pueden quitarte?
Gracias.
Quitese de la cabeza esa ídea de que le van a embargar su vivienda.
Si usted todos los meses abona lo que puede dentro de sus posibilidades, no creo que un juez le obligue a contribuir con más de lo que puede, pero eso sí, nunca existirá un embargo.
Usted de momento no puede hacer nada, debera esperar a que el juzgado la convoque, entonces debera buscarse un abogado en el juzgado que la defienda de forma gratuita
Debo 1200 euros de comunidad,lo voy pagando poco a poco con una pensión de 485€,me han abierto un proceso monitorio, yo no me niego a pagar ,pero me podrían embargar el piso por dicha cantidad?Qué debería hacer?
GRACIAS.