Si es verdad lo que cuentas SERÁS UN FALSO AUTONOMO.... es decir, en realidad eres un trabajador asalariado, pero el empresario-emprendedor pirata que te contrata, con el fin de ahorrarse cotizaciones, despidos, problemas, etc te exige que seas autonomo cuando en realidad tu unica autonomia será la de ir al baño o no ir.
dale una lectura a esto y verás cómo se las gastan:
Gracias a todos, conluyo que no nos ampara nada de nada; ni ET ni convenio colectivo que valga. A eso, me refería a que texto legal poder acudir si tengo alguna duda, pero no hay texto legal...
Es un desastre porque tengo contrato mercantil pero con condiciones establecidas de horario, vacaciones, sueldo base..ni carne ni pescado, no?!?!
Si se establece para los autonomos que realizan la mayor parte de sus funciones para una empresa, pero bueno hay que cumplir unos requisitos para que te consideren como tal,mira a ver si te interesa estar de esa manera y si puedes claro.
Si te refieres al contrato TRADE, si te reconocen una serie de derechos a días, vacaciones, pero estas salen de tu bolsillo no te las van a abonar...eres tu quien asume el riesgo y ventura del contrato. Puedes coger xx días por vacaciones, pero sino trabajas como el resto de autónomos no "ganas".
Esto es un quiero y no puedo (me refiero a la ley), el autónomo siempre pudo y sigue pudiendo hacer lo que le convenga, si quiere va a trabajar y si quiere va de vacaciones....eso si, si el cliente no está contento dejará de trabajar con el.
Un contrato mercantil no se rige por la legislación laboral, tu no tienes la consideración de trabajador por cuenta ajena (otra cosa es que realmente lo seas y lo pelees) y no se te aplica el ET, además eres tu la obligada a darte de alta y cotizar como trabajadora por cuenta propia.
Los únicos derechos serán los que acordeis en el contrato y lo que diga la legislación mercantil, que para ser prácticos a los efectos que preguntas no dice nada que interese, puesto el contrato mercantil no tiene por objeto regular una relación laboral, es un contrato para prestación der servicios, realización de obra, etc.
Yo no soy experta pero entiendo el contrato mercantil como el contrato a un autonomo economicamente dependiente, tu debes darte de alta en hacienda y pagar los autonomos pero tendras una serie de derechos que no tienen los autonomos, es una figura entre el autonomo y el trabajador por cuenta ajena y esta regulada asiq si te bajas informacion sobre el autonomo economicamente dependiente veras todos los derechos. Pero bueno ya te digo q yo lo veo asi pero igual estoy equivocada.
¿que proteccion tiene el trabajador contratado mediante "contrato mercantil?
En marzo comienzo a trabajar bajo un contrato mercantil. Es totalmente desconocida esta figura para mi, y por mucho que lea sobre ella, no la entiendo del todo. ¿Existe alguna protección juridica, esto es, convenio colectivo, que ampare a los trabajadores contratados mediante un contrato mercantil? Mi contrato mercantil parte de un suelo fijo, horario establecido, numero de vacaciones..etc.
¿Donde podría acudir en caso de duda? Por ejemplo, si operasen a mi marido , tendría derecho a días por hospitalación de él.