Me gustaría saber si teniendo un embargo de propiedad (piso a mitad indivisa) por deudas a la Tesoreria de la seguridad social por un importe de 14.400 euros pueden echarme o subastar el piso. En estos momentos no tiene ningun ingreso, paga o subsidio la persona embargada. Vive en total precariedad y lo único que tiene es la mitad del piso de su madre.
El piso lo tiene alquilado a su hijo por 50 euros al mes. El cual tampoco tiene ningún ingreso, ni subsidio.
Hemos recibido notificación de ampliación de ambargo contra el piso a pasado la deuda de 9.000 a 14.000 €.
Vamos a hacer un Recurso de Alzada explicando la situación de esa persona y pidiendo la paralización del embargo porque no puede pagar de momento nada.
¿Pueden llegar a ejecutar el embargo y subastar el piso dejando a esta persona en la calle?.
¿Cuanto pueden tardar en hacer firme la ejecución de embargo?
¿Que podemos hacer?
Muchas gracias. ES MUY URGENTE QUE ALGUIEN NOS DIGA QUE PODEMOS HACER.