El Servicio Público de Empleo Estatal deberá dictar resolución en el plazo de los quince días siguientes a la fecha en que se hubiera formulado la solicitud de la prestación y cursar la notificación en el plazo de diez días a partir de la fecha de su dictado. Si transcurridos tres meses desde que presentó la solicitud de la prestación no hubiera sido notificada aún la resolución, podrá interponer reclamación previa, al entenderse desestimada la solicitud por silencio administrativo.
Esperamos haber resuelto su consulta. No obstante si necesita más información póngase en contacto con la Oficina Virtual del Servicio Público de Empleo Estatal a través del número 901 11 99 99 - el horario de atención telefónica es de 9 a 14 horas - o visite la web www.redtrabaja.es
Un saludo
Referencia normativa: Art. 228-1 y Disposición Adicional vigésimo quinta, 2, del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio. Art. 58-2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Art. 71.2 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril
Es la respuesta de redtrabaja.es. No estoy seguro que la entiendo bien. El INEM puede dejar la solicitud sin respuesta y el desepmleado tiene que esperar tres meses para reclamarla? Eso es sin sentido, si INEM tiene plazo de 15 dias (mas 10) por que esperar tres meses?
¿qué plazo tiene el servicio público de empleo estatal para contestar la solicitud del subsidio por desempleo?
¿Qué plazo tiene el Servicio Público de Empleo Estatal para contestar la solicitud del subsidio por desempleo?
Un hombre que vive conmigo cobro PRODI hasta el 02/07/2010 y luego solicito la Renta Activa de Inserción (tuvo la cita el 19/07/2010). Y hasta hoy lleva esperando sin resolucion.