Cuanta razón VThor,La asfixia económica es la venganza de muchos no custodios. Me he visto tan reflejada en esa situación. Mi ex da nada, pensiones 0, extras 0, pues nada es dar 0 céntimos. El padre de mis hijos, ha comprado un ordenador nuevo,para su casa, le compra al niño video juegos, mis hijos llevan cuando están con el dinero de bolsillo…Ahí esta la cuestión, que vean lo bien que están con papa, aunque papa se niegue a pagar una clase de apoyo, aunque papa se niegue a pagar la ortodoncia, o las gafas, o a pagar la pensión alimenticia…Pero que bien se esta con papa…
Netsirena2, no se preocupe que a borde, hoy por hoy, es difícil ganarme :-p
Respecto a las "batallitas" a las que se refiere, ¿cómo quitarle razón? Se han repetido las mismas frases demasiadas veces. Lo que no quiere decir que tanto si se sigue un hilo así como si no, ello no afecta para nada al resto. Cada cual se expresa como quiere y resulta igual de inútil discutir hasta la saciedad sobre el color de la coca cola que hacerlo para pedir que se callen. (¿A que soy borde cuando quiero? :-P)
Sobre la parte probatoria, no me sorprende aunque sí indigna que le pidan que pruebe un impago... más que nada porque eso es imposible. ¿Cómo demuestra usted que no le ha pagado en efectivo en un sobre?... En cualquier procedimiento de cobro, monitorio, yo demuestro que se me debía pagar un dinero y afirmo que no se me ha pagado, y es a la otra parte a la que le toca presentar documentos que avalen que lo ha hecho.
Si le ha ocurrido lo que describe, reafirma aún más mi opinión sobre las loterías que son algunos juzgados. Parece que según con el pie que se levante el Juez así va a elegir a quién dar un trato de favor...
Sobre que sólo pagan cuando se ven con la cárcel cerca... posiblemente, pero a mí me preocuparía más el motivo por el que no pagan. ¿Porque no tienen o porque no quieren?
Me parece evidente que en la mayoría de los casos, sobre todo de impagos totales, es por lo segundo. Much@s utilizan la manutención como "arma" contra su ex, tratando de asfixiar económicamente al conocer que 2 ó 3 bocas necesitan mucho más que una sola. Que un padre o una madre se pueden quedar un día sin comer, ¿pero cómo explicárselo a sus hij@s?
Por eso, el progenitor no custodio, que no tiene que darles la comida y vestirles a diario, repite la estrategia antaño utilizada por señores medievales para asediar castillos: sentarse cómodamente a esperar que se le agoten las provisiones.
Eso sí, los días que les toque a los hijos estar con ellos... entonces todo es fiesta, hay que presumir de lo bien que se estaría allí mientras en casa del otr@ progenitor@ pasan penurias... ¡faltaría más!
Puede que tener bienes mientras se niega la manutención no sea dolo para PulpoPaul -que, por cierto, creo que no ha leído los links que me recomendó, porque en alguno lo dice bien clarito-, pero como todo dependerá de los jueces, y a mí me parece que estas "maniobras de asedio" tan evidentes deberían ser consideradas como agravante.
Ese asedio mediante impagos, no olvidemos que aunque se diriga fundamentalmente contra el custodio afecta directamente a los hijos, con lo que antes que presumir de lo buenos padres y madres que son igual deberían mirar cómo cumplen con sus obligaciones, que no todo lo que necesitan los hijos son regalitos y días de fiesta.
Netsirena2, entre debatir y discutir prefiero discutir, no debatir, de contenidos más belicosos.
De eso se trata no de haber quien gana.
Creo que se equivoca en eso de que “un niño tiene unas necesidades que AMBOS progenitores deben asumir” aquí hay un tercero en discordia, alguien que se convirtió en papa y mama de todos los españoles, el estado, y este, en España, está definido, entre otras cuestiones, como social. El estado no está sólo para cobrar impuestos sino para garantizar los derechos y libertades de todos, incluidos los de sus hijos y los míos, incluidos los nuestros. No para criminalizar a colectivos. ¿Capta la ironía?
Netsirena2 el delito pertenece al campo legal no al moral. La moral, existe una universal, no todo es relativo, sin pretender entrar aquí en el campo de la filosofía, puede servir para cambiar leyes injustas, pues ley y justicia son dos conceptos distintos.
Aquí se discute, se exponen diferentes puntos de vista, lo más razonadamente posible, desde el conocimiento y la experiencia. Resulta que esto si tiene su utilidad intrínseca, aunque usted no la vea, habrá otros que sí y les será muy útil en la praxis de sus vidas. Donde antes no había resulta que empieza a haber, así de simple, incluido comida, vestido, etc. A mí, me alegra poder haber contribuido a ello en muchos casos, más de los que se imagina. Ellos lo saben y yo lo sé porque me lo hicieron saber.
Yo suelo hacer como los tribunales, no doy lo que no se me pide y de lo que se me pide doy lo que puedo dar. Si me hubiera leído, no sólo en este hilos, sino en cientos de hilos, quizás se diese cuenta de que yo no voy por la vida proclamando verdades absolutas, no las tienen ni los jueces, como mucho realidades incuestionables, en derecho también hay un dos más dos igual a cuatro, incluso porcentajes de probabilidades superiores al 99%. Si se fija siempre cierro mis intervenciones con un “salvo mejor opinión”, que no asesoramiento, y esto no es precisamente ir proclamando verdades absolutas, se deja la puerta abierta a opiniones mejores que las mías o a asesoramientos para quien los pueda efectuar. Pero tengo derecho a discutirlas si me parecieran discutibles.
Del conocimiento, del saber contrastar diferentes opiniones y asesoramientos, que no comeduras de tarro legales, del conocer experiencias ajenas se suele derivar un mejor comer y un mejor vestir, entre otras cuestiones. Si con su método le va bien, me alegro, quien sabe, a lo mejor es el mismo que el mío. Yo no subestimo ni el conocimiento ni la experiencia de nadie, pues de ellos también se alimentan los míos, aunque sólo sea por aquello de “cuando veas al vecino las barbas cortar...”
Os voy a decir varias cosas, Vthor y Pulpo, y la primera es: ¿Quereis dejarlo ya? Y no me refiero al debate, sino a la discusión. Parece que os empeñais en ganar, cada uno por su lado lo suyo, pero en ningún discurso os veo decir que sea el padre o sea la madre la que tiene que pagar, el tiempo va pasando y las necesidades están ahí.
Yo me precio de no mentir y en la penúltima intervención de Pulpo he dejado de leer porque, ¿acaso hay que darle tantas vueltas para llegar a que un niño tiene unas necesidades que AMBOS progenitores deben asumir?
En cuanto al tema penal, Pulpo, parece que no pilló la ironía y tampoco necesita saber mi caso para asesorarme. Gracias a Dios, como dice Vthor, yo no lo sé todo ni quiero, gracias, pero me precio de tener un cerebro y usarlo para sacar durante años a mis hijos así que, de momento, la cosa tira adelante.
No pienso estrujarme ese mismo cerebro en enredar las cosas con tanto término y frase larga de un punto donde al final se desdibujan los conceptos. Simplemente me voy a remitir a la pregunta de Ingri sobre la intención en la vía penal para aclarar lo que parece que no ha quedado claro:
Ingri, no es cuestión de quien puede más o quien tiene más mala leche. Es cuestión, así de simple, de que algunas personas sólo le dan a sus hijos lo suyo si temen que pueden perder la libertad. Si eso le parece duro, más duro me parece a mí que no se ocupen de sus hijos (y no hablo de MI caso, me refiero a todos los niños en estas circunstancias).
Se suele decir que nunca a llueve a gusto de todos, así que si ese concepto o idea no le gusta, a mí tampoco ver como el padre de mi hija esconde, rechaza trabajos etc, es decir, existe una premeditación y mala fe en sus actos y se va de rositas tomándole el pelo a ella y a mí. Esto ya lo dije.
En cuanto a la carga probatoria, ambos os equivocais, así os lo digo: Yo misma he vivido ambas situaciones; tanto tener que probarlo él, como que en la última demanda la jueza me requiriera a mí para probar el impago habiéndole llevado ya extractos bancarios, sentencia y demás. Personalmente me pareció del género idiota que me pidieran más pruebas pero la realidad fue ésa. Obviamente mi abogado, con mucha sutileza, también la mandó a la RAE, porque si no sabe interpretar unos extractos y ver que en 3 años no le ha dado nada a mi hija.. pues, mira, que se dedique a otra cosa porque más claro no se le pudo mostrar.
Si he escrito, yo personalmente, en este hilo es porque siempre veo que pasa lo mismo, se habla mucho de los adultos pero muy poquito de los niños que a mí es lo que me duele y seguramente sienta la misma rabia, ¡o más!, que los que muchos que aquí estais sentís. Pero, ¿sabeis qué? que de poco o nada sirve estar a vueltas siempre con lo mismo.
PulpoPaul, más cosas: Usar un yate, chalet, coches, y tener un nivel de vida aunque sea de prestado y saber que a tu prole, singular o plural, no le das lo suyo.. no será un delito legal pero sí es un delito moral.
El problema, y esto lo sabeis bien todos y sobre todo los que ocultais, es que los delitos morales si acaso ya los juzgará Dios para quien crea en él pero a nivel legal, como he dicho, se puede lo que se puede.
Vuelvo a repetir y no me cansaré de decirlo: mientras se emplean tiempo y esfuerzos en ganar un debate que no lleva a ninguna parte, tanto yo como emedemolina como tantas otras personas de éste foro y fuera, vemos como sigue pasando el tiempo y, a la par, nuestros hijos siguen viviendo, que no del aire, sino de cosas que se pagan con dinero. (el día que se puedan pagar con piedras.. igual se acaba el debate)
Para acabar, un favorcito pido: No me vengan con asesoramientos nacidos de la buena voluntad en un foro anónimo. ¿Que soy borde? Pues, vale, mucho pero que yo sepa no le he pedido nada a nadie ni le debo nada a nadie así que estoy en todo mi derecho de expresar lo que pienso. Por no decir que usted, Pulpo, hizo justamente lo que le dije que no hiciera: subestimar el conocimiento ajeno al suyo. Ya se lo ha dicho Vthor, no tiene la verdad absoluta. La única verdad es que usted, yo, mi padre, el vecino del quinto o mis hijos comemos, vestimos, etc. Ésa si es una verdad innegable que nace de la misma naturaleza del ser humano. Y le digo lo mismo que con las piedras, el día que no necesitemos comer, vestir, etc.. ese día se acaba el debate tb ¡pero la realidad no es ésa!
Lo dicho, menos comeduras de tarro legales y a cumplir todos con los hijos de cara a ellos y no de cara a la galería. Ya está bien de tomaduras de pelo.
Ahora vuelvan a la carga que a mí me da lo mismo que lo mismo me da. Sólo les diré para acabar en lo que pienso: que estamos a día 21, que acabará Agosto y empezará otro mes en que cientos, miles de personas, incumplirán a nivel económico, anímico, legal o existencial , que los juzgados reanudarán su 'ritmo normal' (si es que hay algo de normal en ese ritmo) y que la solución al problema cada vez está más cerca.
En efecto, Ingri, con una segunda condena en penal, se paga por las dos, independientemente de lo que le caiga en segunda condena.
Sobre el certificado de signos externos, antes se pedía para algunos asuntos, en mi comunidad a efectos de solicitud de Justicia Gratuita, por ejemplo. Hoy ha desaparecido, quizás porque estaba a caballo entre la anticonstitucionalidad y una inutilidad manifiesta, porque lo expedía la policía local y de aquella manera, casi se reducía a constatar que no se tenía un vehículo a efectos de ese ayuntamiento de residencia en cuestión y poco más. Hoy ya se recurren a otros indicadores más certeros, aunque no perfectos, como son los certificados de Hacienda y los movimientos de las cuentas que figuran en esos certificados. Aparte otros datos. Se va “perfeccionando” el tema en plan muy soft, suavemente, pero medidas se pueden llevar a cabo muchas, implacables. Eso no va en un país donde todo es un enorme chanchullo, pregunta del millón ¿quién es el más beneficiado con la existencia de las cajas “b”? Pues eso.
Sobre prevaricaciones e inconstitucionalidad... recuerde que desconoce mi experiencia en otros campos... y podrían sorprenderle mis opiniones, pero aunque yo pensara que un juez prevarica, por respeto al sistema creo que hay resortes suficientes para ponerlo en conocimiento de las instituciones oportunas y no hacer juicios paralelos. Como dije, las críticas de bar son muy frecuentes, pero pocos dan un paso adelante para cambiar lo que esté mal.
Sigo sin entender por qué se considera aludido por lo del "yonotengoná", si como dice usted abona la manutención que le corresponde, y cuando no lo ha hecho ha estado justificado. Ya dejé claro a qué tipo de progenitores (hombres o mujeres) me refería.
Lo de no pagar un año la manutención, por favor, no me refería a usted, estaba pensando en el título del hilo y aquello de "que pena podría caer por estar un año sin pagar". Siento no haberlo resaltado.
Y por último felicitarle por su "régimen de visitas". Yo ya indiqué por ahí a alguien que parecía llevarlo todo sin jueces de por medio que si podía seguir así... mejor que mejor, pero por lo que he visto hay mucha gente -al menos por estos lares- que están siempre con el cuchillo en alto... en fin, el tiempo pondrá todo en su lugar, como usted dice, y sólo es de esperar que los hijos lo pasen lo mejor posible mientras tanto.
Sobre el "yonotengoná", evidentemente no me refiero a un padre que no puede pagar un mes, 3, o x la manutención, ni a los que pagan una parte y cuando pueden adelantan o no, por circunstancias económicas familiares. Me refiero a los que, como algún ejemplo que conozco que utiliza por cierto bastante estos foros, no ha pagado una mensualidad en su vida. Vamos, que ni trabajando en A, ni en B, ni aunque le toque la lotería, que entienden que si dan dinero para sus hijas en realidad es para su ex, y se agarran a un clavo ardiendo o se van del trabajo antes que pagar. Al final, evidentemente, sólo es un retraso y más intereses... y tampoco digo que sea exclusivo del género masculino, pero a es@s me refería con el "yonotengoná".
De acoso judicial, no por impago si no por otras cuestiones, he visto algo, pero imagino, intuyo, espero, que exista algún resorte legal para impedirlo a medio plazo. Yo al menos he aconsejado poner la carne en el asador e ir si es necesario por la vía penal para acabar con eso de "hoy se retrasa cinco minutos pues ya estoy en el juzgado...". En cualquier caso, la justicia es demasiado interpretativa para mi gusto, y como decía, demasiadas veces es una lotería que depende del día que tenga el juez.
No le quito razón en cuanto al uso de la arroba para los académicos, cuyas opiniones, en contadas ocasiones, no comparto, como eso de que ahora no haya que poner mayúsculas en sr. sra., etc., pero como le decía aunque jamás lo escribiría en papel, la netiqueta tiene ciertas normas para estos medios (foros, chats, correos), como por ejemplo el uso de las MAYUSCULAS como gritos, que tampoco está reconocido por la RAE pero, en este medio cibernético, se utiliza asíduamente. Por eso me permito el uso de la arroba sobreentendiendo que todos conocen su significado.
Sobre su reciente título de magistrado del supremo ;-), me remito a lo anterior. No dudo que conozca muchísima jurisprudencia y legislación. Más que yo en estos temas seguro, no tengo ninguna duda, y por eso entre otras cosas he comentado opiniones que conceptos legales, pero como le decía... por desgracia creo que ese entrenamiento luego queda fuera de juego cuando llegamos al de la toga. Por supuesto, es una opinión, y ya me gustaría que fuera distinta, pero la justicia me sigue pareciendo un terreno demasiado imprevisible. Por eso, aunque me dejara asesorar por usted, y aunque coincidiera al 100% en su criterio, nada me garantizaría que no me dieran entre orejas igualmente :-(
En el tema de lo sospechoso de que la prueba recaiga en el acusado ya nos estamos liando otra vez... a ver, en cualquier denuncia la prueba la debe hacer quien denuncia, pero en el caso concreto del impago de manutención, que yo comparo a un procedimiento monitorio (ya me dirá si lo acepta o le parece tan distinto como el de la hipoteca), la parte que tiene que probar el denunciante ya la tiene con la sentencia de medidas. Por eso, a partir de la denuncia la obligación del pago ya está demostrada, y ahora le toca a la parte supuestamente deudora demostrar que no lo es.
Si su ex le demandó por impago, a ella nadie le pidió que demostrara que usted tenía una oblicación, porque eso lo aportaría en la sentencia de medidas. Además, es imposible que pudiera demostrar que no pagó porque... ¿cómo iba a hacerlo?, hay mil formas de que pudiera haber pagado o de que hubiera estado justificado el retraso. Por eso, la carga de la prueba recae en usted, que presentando un justificante de transferencia, un vale firmado, o lo que tuviera, demuestra que ese impago realmente no existió o, en su caso, que no había dolo por ser un impago puntual o justificado.
Sobre los impagos parciales, usted dijo que "a efectos legales son lo mismo", y eso no tiene que ver con dolo o no dolo. Si fue un error pues igual es que no fue preciso en su intervención o que no entendió que había otras formas legales en las que no son lo mismo. Yo lo repetí varias veces, pero ni por esas...
Es más, incluso a efecto de "dolo" creo que es mucho más difícil que se condene por un impago parcial que por un impago total. En la justicia también hay grados, y circunstancias que reducen la pena.
Respecto al "machismo" de sus intervenciones, desconozco su trayectoria durante los 7 años que cita, y por lo que he visto en alguna intervención suya en otro hilo no lo son, pero en este concreto que es al que yo me refería, ya sea porque se sintió insultado, aludido, o por lo que fuera... saltó como un elefante en una cacharrería y siempre se ha referido a hombres arruinados y mujeres que no quieren dar un palo al agua. Si no me cree, relea y sorpréndase...
Si tiene un buen o mal día lo sabrá usted, pero los demás lo notarán si dice blanco y a los cinco minutos negro. Yo no le conozco de nada, y la impresión de cabreo de su primer comentario era evidentísima. Casi tanto como la de las contínuas contradicciones posteriores. Repetirle ejemplos sería inútil, igual si tengo tiempo saco algunas conclusiones por ahí si son de interés para los lectores, pero como digo, no creo que sean de interés de este hilo.
Lo de la dictadura de facto y demás... pues como desconozco en qué país vive y tampoco me interesa, no opino. Pocos países "democráticos" se salvarían de la típica crítica de bares, pero pocos de los críticos dan un paso al frente e intentan cambiarlo. De eso posiblemente sepa algo más que usted.
Sobre el supuesto delito de "hacer uso", debe entender las cosas en un contexto: tener un mercedes 600 no es un delito, tener 3 chalets y un apartamento en la playa tampoco, al igual que no lo es tener 2 millones de euros en el banco, ¿cierto? Ahora bien... si uno no paga absolutamente nada, pero tiene para pagar el alquiler o hipoteca, para comprar tabaco, darse sus comilonas los findes en el chiringuito, etc, etc... ¿entiende por dónde voy?
No es delito hacer uso, pero no pagar la manutención porque se gasta sus ingresos en esos "otros usos" entiendo que es mala fe. Llámelo dolo, culpabilidad, falta de escrúpulos o como quiera. No es delito utilizar un Mercedes, pero atropellar con él a alguien sí. Pues igual no es delito comprarse un Mercedes, pero hacerlo con la manutención de tus hijos pues.... ¿cómo lo ves?
El que resulte que todo es "prestado" como usted dice... pues conozco ejemplos que no tienen vehículos a su nombre y similar, pero... lo del Mercedes era un caso extremo. Salvo que una persona viva en un centro social benéfico o con sus padres, entiendo que tiene ingresos, y que algo, si no todo una parte, puede pagar. El no hacerlo para mí sigue siendo mala fe. Llámelo dolo o cara dura, pero es así. Pero eso sería cuestión de otro hilo, con las excusas más sonadas para evitar pagar.
Sobre que lo que va a misa es lo legal, estoy de acuerdo, aunque muchas veces el apoyo moral influye mucho en que, si bien no se pueda conseguir lo que se pretenda, al menos se lleve mejor.
Una cuestión respecto a lo legal que es la que más me... diríamos molesta... es que en física por ejemplo la experiencia sirve de mucho, el ensayo-error nos lleva a tener en cuenta variables que en la teoría no habíamos pensado, pero en el terreno legal no, es casi una lotería en demasiadas ocasiones.
Usted puede tener décadas de experiencia, conocer miles de sentencias y toda la legislación aplicable a la materia, distinguir "tendencias" como usted las llama entre lo que han dicho unos jueces y otros, pero a la hora de la verdad... son casi simples estadísticas. El juez que le toque decidirá, según su personal criterio, una sentencia favorable o no, y todo lo preparado que había llevado el caso, todo lo lógico que parecía... queda en agua de borrajas. No hablo de la totalidad de los casos, por supuesto, pero ocurre en demasiados.
Si no quiere comparar la manutención con una hipoteca, por su tratamiento legal, imagínese otro ejemplo, pero es una obligación de pago real que la otra parte puede hacer efectiva.
Dice usted: "Pues empieza usted bien, sacando la conclusión de que “presto servicios” desde otro país. Que presto un servicio lo puede admitir"
¿En qué quedamos entonces?, ¿lo admite o no lo admite?... ¿no se da cuenta de que me niega lo que luego afirma?... incoherencia es la palabra que mejor le define en lo que le he leído en este hilo hasta ahora.
Y continúa: "En relación con mi comentario a Conemsas, ¿crítica? No. Exposición pura y dura de hechos. ¿Dónde vio usted incoherencia alguna?"
Pues puede que en esto: "Conemsas, por si no se hubiera dado cuenta este un foro de derecho no sólo en español sino español (...) insisto, este es un foro de derecho español. Lo digo por si no se había dado cuenta. ", para acto seguido decirme a mí que hay legislaciones en otros países que manejan conceptos que tal y tal.... ¿de verdad no se da cuenta?...
Sinceramente, me parecen demasiadas incoherencias para poder negar lo evidente -luego hay muchas más- así que espero que sólo simule pensar así.
Luego, rechaza de nuevo que estemos en un foro español, en Castellano, lengua que se define según los criterios de la Real Academia de la Lengua (algunos de los cuales, los últimos, no comparto, pero bueno), y me dice que no me guíe por ellos... Perdone, pero la definición de demagogia es la que es, y si en su país es otra pues allí la aplica como le plazca, pero como le dijo a otros: esto es un foro español de derecho español, así que le ruego que si se dirige a mí lo haga con conceptos basados en el Castellano de España, no en el de Colombia, Argentina, Perú, o cualquier otro.
Una muestra más de su incoherencia es que no reconozca las definiciones de la RAE cuando le interesa y luego la pida para el uso de la @ en netiqueta... ¿de verdad no se da cuenta de las varas de medir que utiliza?, o todos moros o todos cristianos, pero su batiburrillo de normas es incomprensible.
Yo no le he dicho lo que usted sabe o deja de saber, ya lo dijo usted en su último comentario a Netsirena2... ¿no se leyó?... no sé, igual alguien copió su nick y ese es el problema, porque la verdad, tanta incoherencia me sorprende... y no parece una errata.
Un ejemplo de sus modestas frases a las que me refería: "desde la sinceridad y honradez que me caracterizan, creo, y son muchos años lo que vengo interviniendo por estos foros. Acumulo ya cientos de E-Mails de agradecimiento que garantizan que no me suelo equivocar en mis apreciaciones". Pero vamos, cada cual es libre de expresar sus conocimientos como quiera... no critico eso, si acaso el que me atribuya opiniones que no he pronunciado. Esas frases a las que luego no ha respondido en sus replys.
En cuanto al párrafo de la carga de la prueba, sí, creo que era a ese, pero una vez más pasa de él de puntillas sin entrar al fondo de lo que le decía: ¿por qué me atribuye dudas que yo no tengo?, ¿por qué usa ese "no crea" cuando yo había dicho exactamente eso?, ¿contestó sin leerme?, ¿se equivocó de hilo? En cualquier caso da igual, ya he perdido la cuenta de las veces que hace eso y tampoco es tema de discusión en este foro.
Sólo se libra de la cárcel quien es condenado a pena inferior a dos años y no tiene antecedentes (es su primera condena), en caso contrario... aunque le caigan 10 meses iría a la cárcel.
Creo que el certificado que pide lo hace -o hacía- Asuntos Sociales, a través de la Policía Local entre otros, pero no lo entregaban directamente a los solicitantes. Son datos muy privados y se usan más que nada para evitar fraudes en beneficios sociales.
Pulpo Paul y si ya tiene antecedentes penales (por lo que está de moda con el PSOE), si se le condena por la vía penal ¿va a la cárcel?.
Por cierto, ese certificado de signos externos que mencionas y que certifica la policía en qué consiste, dónde se puede conseguir la información... por lo que yo he encontrado lo emiten los ayuntamientos y sólo es para certificar si donde vive es de propiedad ....
Ingri, usted puede optar por una o ambas vías, no se excluyen.
VÍA PENAL
No es la más eficaz. Yo casi la asimilo a un decir, mire usted, ahora se va a enterar, pa chulería la mía. Algunas personas se la merecen, desde luego. La primera vez no acaban en la cárcel, vale de aviso, la segunda sí. En esta vía se consigue la condena en penal, cárcel, y que se pague la deuda, pero sólo lo debido hasta la fecha, no lo que pueda venir. Puede ser contraproducente, si se tiene en cuenta la premisa de que desde la cárcel poco se puede pagar.
VÍA CIVIL
Suele resultar la más eficaz. No sólo se consigue el pago de la deuda sino que las medidas que se toman tienen efectos frente a posibles futuros impagos, puede ser embargada una nómina hasta que cese la obligación de prestar alimentos. Tiene efectos a largo plazo. Además, ocurre que ambas vías se retroalimentan, es decir, el que haya condena en una repercute en las acciones que se puedan ejercer en la otra vía. Se refuerzan una a otra, con un efecto bola de nieve.
Dependiendo de las circunstancias concretas un abogado puede recomendar utilizar la vía penal, que en estos temas resulta más rápida que la civil, porque obteniendo condena en penal, se viene a reforzar la demanda civil. Esto es muy claro en tema de incumplimiento del régimen de estancia y comunicación, se va a ejecución de sentencia, se gana, el próximo incumplimiento se denuncia, vía penal, habiendo sentencia de ejecución, hasta puede cambiar la tipificación del hecho, pasar de falta, incumplimiento de sentencia, a delito, desobediencia a la autoridad. En definitiva, es saber jugar con ambas vías, y un letrado sabe mucho de esto.
Espero, Ingri, haberle aclarado un poquito estas cuestiones.
“El resto de sus alusiones, como la de que no le voy a provocar (cosa que nunca pretendí ni me dirigí a usted en mis comentarios siquiera) inciden en más de lo mismo. Hay un par de temas que igual se podrían extraer, como los temas del LP nominado a éxito del verano, el "yo no tengo ná", pero serían objeto de otro hilo.”
No le quedó claro, reléase. Una afirmación general implica a todos, especialmente a los padres que, según usted, nos dedicamos a cantar la canción del verano, la cantinela del “yo no tengo ná”.
“Por sus últimas alusiones a los varones y progenitoras dudo que nunca se dé cuenta del esquema que preside sus opiniones, y lo equivocado, a nivel general, que está, pero cada cual es libre de pensar como quiera mientras no afecte a los demás.”
Y dale, que obsesión. Ya creo que se lo expliqué.
“Por último, no me sorprende que no le importe la custodia compartida, porque eso de "retornar al país donde nacieron" suena claramente a custodia monoparental, probablemente la suya, o cuando menos a ambiente controlado -judicialmente- para favorecer el interés de sus ciudadanos. Es una práctica habitual en algunos países favorecer siempre el interés de sus habitantes sobre los "extranjeros", motivo por el cual incluso hay personas que han cambiado de nacionalidad, en previsión de beneficio futuro.
A todo esto, después de un año sin pagar la manutención yo creo que más que caerle pena debería dar pena, sobre todo a sus hijos...”
Se equivoca, empezó equivocándose y termina equivocándose. En todo caso eso sería aplicable a mi ex. Y vuelve a equivocarse, ¿quién le ha dicho a usted que yo estuve sin pagar un año la manutención? Y, no, no les doy pena a mis hijos. Al contrario, se van haciendo una idea de quien es quien. Y, mire, la custodia compartida la tengo, sin pedirla, pero ni se imagina como he llegado a ella. De la forma más bonita que se puede conseguir, por decisión de mis propios hijos. Ni jueces, ni fiscales, ni abogados, ni mi ex, ni periciales psicológicas, ni legislaciones inconstitucionales. Yo sólo puse un granito de arena, redactar mi extenso convenio de divorcio. En contencioso no se pudo negar nadie. Me aseguré de que figurará un aspecto, el régimen de estancia con el progenitor no custodio se entenderá siempre como de mínimos, pudiendo los menores estar con el no custodio cuando así lo decidieran. Es más, para mi hija de 16 años, no establecí mayor régimen de visitas que el que ella deseará. Resultado, hoy disfruto de su compañía más que nunca, vienen cada dos por tres, se acabaron los absurdos fines de semana alternos, mitad de vacaciones y un largo etc. Mi ex a callar, que ya no tiene el horno para bollos, legalmente hablando, y hay una sentencia amplia que avala esta circunstancias. Eso dice mucho, sobre todo hace honor al famoso dicho que el tiempo pone a cada quien y a cada cual en su lugar y los hijos ni le cuento.
Espero haberle aclarado algunas de sus dudas e inquietudes.
“Por mucho que le cueste reconocerlo, pedir a alguien que no mezcle legislación Colombiana en este foro es lo mismo que citar la de cualquier otro país como usted hace. Eso es incoherencia, por pura definición. Si es porque las cosas ahí sí se hacen bien... pues se ha explicado fatal, porque no ha puesto ni un ejemplo.”
No sé de donde saca esas conclusiones. Me remito al comentario realizado a Conemsas. Creo que fue claro. La referencia a otras legislaciones está justificada, aunque no se lo crea, y no es precisamente porque aquí se hagan las cosas bien, al contrario, un 4 sobre 10, como mucho. Eso es penco, chapuza por medio. Como me lo pide le voy a dar un ejemplo, para ilustrarle como se hacen las cosas en otros países, les pongo un 8, nadie es perfecto, seguro que se puede mejorar.
Igualito que aquí, ¿verdad? Esto y otras consideraciones prácticas, vaya usted allí y no pague prestaciones por alimentos, allí se acaba la tonteria, para todas las partes. Perdone pero mañana mismo voto por un sistema legal en estos aspectos como el que se deriva del documento.
“En cualquier caso, para gustos los colores, y al margen de la legislación luego está la interpretación de los jueces, que finalmente es la que prevalece. Dudo que estar en un país u otro sea una ventaja objetiva, salvo algunos países en los que el grado de corrupción es tan alto que se puede conocer la sentencia antes de poner la denuncia.”
Por supuesto que prevalece la decisión de los jueces, pero sepa que estos no están libres de pecado, de prevaricación tampoco. Y existe, bastante, o quizás me la tragué yo toda, sospecho que no. Y sus palabras me hacen llegar a un estado “orgásmico”: “Dudo que estar en un país u otro sea una ventaja objetiva, salvo algunos países en los que el grado de corrupción es tan alto que se puede conocer la sentencia antes de poner la denuncia.” Dio en el clavo, ese país es España, no salga fuera, haga turismo nacional.
“Lo que más me llama la atención es que siga negando lo que todo el mundo puede leer en sus comentarios: sus contínuas alusiones a hombre=bueno, mujer=mala. Sólo fíjese el género de sus denunciantes e imputados, incluso cuando originalmente eran al contrario. Siempre para usted las mujeres son unas vagas que no quieren trabajar en su vida y los hombres unos pobres exprimidos por la sociedad. Si no hubiera puesto género a las víctimas y verdugos de sus relatos no sería tan evidente.”
¿Dónde? A ver, que yo me entere, para ver si mi trayectoria de unos 7 años por estos foros y y mis kilométricas exposiciones son de machista ancestral. No me asocie con actitudes que me son ajenas. Sobre cuestiones de género creo que ya me pronuncie.
“Lo de que la legislación española es inconstitucional es una barbaridad como cuando relata la cantidad de prevaricaciones que ha sufrido... mire usted, podría parafrasearle de nuevo, pero no existe prevaricación ni inconstitucionalidad hasta que una sentencia así lo estima, así que no me venga ahora a calificar con términos tan exactos cuestiones que no dependen de usted. Una cosa es su opinión, y otra que se erija en juez y dicte sentencia sobre cuantas normas o sucesos le ocurran.”
Me reafirmo una parte de la legislación española es inconstitucional. A la misma me remito. Y no, no por no haber sentencia, no quiere decir que no exista la prevaricación y la inconstitucionalidad, menos cuando no existe separación de poderes y ciertas instituciones, por no decir todas, bailan al son del político de turno. Es tan burdo que muchos nos damos cuenta. Le podría contar mucho, con documentales en mano.
“Su frase de que "Y si ya resulta sospechoso en derecho arrojar la carga de la prueba al acusado" contradice, una vez más, lo que nos dice antes. ¿En qué quedamos?, ¿tiene o no el denunciado la carga de la prueba?”
¿Contradecir? ¿En qué? Pues claro que resulta sospechoso, cuando se inauguró el 227 CP no fueron pocos los juristas que se echaron las manos a la cabeza. Lo primero que saltó a la palestra fue ese, como dije, art. 11 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Nueva York, de 19 de diciembre de 1966, (B.O.E. 30 de abril de 1977) algo que estaría en contra de la propia Constitución Española, arts. 10.2º y 96.1º.
“Igual es que se nos ha vuelto a salir del tema, que iba del pago de manutención, y eso, como le he reiterado, es similar a un procedimiento monitorio en el que, una vez demostrada la existencia de obligación de pago, corresponde a la parte denunciada demostrar el pago realizado. Y como espero no me discuta, la deuda se demuestra simplemente con la sentencia de medidas civiles.
Si le pongo un monitorio por una deuda relativa a que no me ha pagado un servicio, primero debo demostrar que usted aceptó el servicio y el precio, pero en estos casos NO, porque la deuda existe desde que hay una sentencia con medidas y no se abona. Por eso le decía que la primera parte, la de demostrar que usted tiene una obligación de pagarme algo, ya está hecha con ese documento, ahora viene la segunda, que es demostrar que se ha pagado, y como es lógico corresponde a la parte deudora.”
¿Me estoy saliendo del tema? No creo. Usted quizás si, pues insiste en cuestiones que no discuto. Que lo que le discuto es esa identificación que hace usted, a sus comentarios me remito, entre una identificación per se entre signos externos, ya ni piden ese certificado, y la existencia de dolo, lo que usted dice ser mala fe.
“Sobre los pagos totales o parciales a nivel legal, vuelve a saltarse lo que le digo: ¿paga los mismos intereses una persona que ha abonado la mitad de la deuda que la que la debe completa?, ¿usted cree que sí?, pues me parece que se equivoca de parte a parte y, por eso, no es lo mismo. Pero es que además lo de "a efectos legales" es otro término que usted introduce como si yo lo hubiera llevado por ahí, cuando lo único que dije es que no pagar nada para mí ya es indicio de mala fe porque siempre algo se podría pagar, por poco que fuera.”
A ver si nos entendemos, yo dije lo que dije, pagos parciales es igual a impago total cuando existe dolo, no me referí en modo alguno a temas de generación de deuda. Le remito nuevamente al artículo mencionado.
“No se obsesione con términos legales cuando se dan opiniones, el lenguaje coloquial no siempre se refiere a estrictos términos judiciales, incluso en un foro como éste.”
No, en un foro de derecho, hay que tener un mínimo de rigurosidad en la terminología, por lo menos intentarlo, con más o menos acierto, se puede bajar a un nivel coloquial, pero sin perder la esencia. Explicando el tecnicismo, llegado el caso, de manera coloquial, por ello ya, probablemente, imprecisa. Mucho más cuando una gran mayoría no entiende de vía civil y penal, de denuncia, demanda, querella, atestado. No hay problema, se intenta explicar.
“Para aclararle el tema del uso de la arroba -yo no he dicho nada de "todos y todas" ni otras cuestiones- le remito a las normas simples de netiqueta. Como podrá comprobar por la wikipedia (http://es.wikipedia.org/wiki/Arroba_(sÃmbolo)#Uso_inform.C3.A1tico), la Real Academia no la admite por dos motivos, siendo el segundo de ellos el siguiente: "Sólo se precisa el uso de los dos géneros cuando la oposición de sexos es un factor relevante en el contexto."
Así pues, en el contexto de estas intervenciones, ¿no considera relevante la oposición de sexos? Yo creo que sí, ya que lo inadecuado me parece usar siempre el género masculino cuando se refiere a víctimas, y el femenino cuando se refiere a denunciantes, como se le puede leer en sus comentarios una y otra y otra y otra vez.”
No, si el tema lo tengo claro. La RAE que es experta en esto con mucho más acierto que el mío, por supuesto, también parece tenerlo. Le recomiendo se léa el artículo completo:
“2.2. Para evitar las engorrosas repeticiones a que da lugar la reciente e innecesaria costumbre de hacer siempre explícita la alusión a los dos sexos (los niños y las niñas, los ciudadanos y ciudadanas, etc.; → 2.1), ha comenzado a usarse en carteles y circulares el símbolo de la arroba (@) como recurso gráfico para integrar en una sola palabra las formas masculina y femenina del sustantivo, ya que este signo parece incluir en su trazo las vocales a y o: l@s niñ@s. Debe tenerse en cuenta que la arroba no es un signo lingüístico y, por ello, su uso en estos casos es inadmisible desde el punto de vista normativo; a esto se añade la imposibilidad de aplicar esta fórmula integradora en muchos casos sin dar lugar a graves inconsistencias, como ocurre en Día del niñ@, donde la contracción del solo es válida para el masculino niño.”
Esto sin contar con artículos de algún que otro ilustre académico.
Yo utilicé los términos, los denunciantes, los demandados. Sabrá que el plural engloba los dos géneros y dichas expresiones son equivalentes a decir los y las denunciantes, los y las demandados/demandadas, o, como usted se expresa, demandad@s. El género sólo tiene sentido para mí en el terreno gramatical, en ningún otro. No practico la religión del género, ni incluyo en mis oraciones a tod@s l@s miembros o miembras.
“Nos demuestra una vez más su modestia con frases como "Mi opinión, que no s opinión, es algo asentado en derecho, de que no pagar nada no implica dolo." permítame que no me la crea. Ni aunque usted fuera un magistrado del Tribunal Supremo tomaría su opinión como "asentada en derecho" -que ya explicará si quiere qué quiere decir", así que el hecho de que otorgue tan alta calificación a sus opiniones me hace dudar aún más de su validez. Pero no es por nada, es que desde siempre he desconfiado de los criterios de quienes decían saberlo todo.”
No, no soy magistrado del Tribunal Supremo, no me dio por ahí. Pero, cuando uno es conocedor de un montón de jurisprudencia, de artículos doctrinales, de legislación, incluso internacional y comparada, y opina, pues como que su opinión es como ese blanco y en botella. Usted se puede creer o no mi opinión, yo no obligo a nada, pero si luego le dan entre oreja y oreja en los tribunales que no se queje el no creyente. Y, por supuesto, un juicio se gana o pierde, tras su celebración, excepto en los casos de violencia de género, y otros, esos están “chupaos”, ya sabemos quien pierde. Se entra a ellos, si se es hombre, con condena previa en materias que debieran ser objeto de juicio, esos presupuestos legales asentados en la LIVG. Anticonstitucional donde las haya.
Yo jamás he dicho que lo sepa todo, pero lo que sé lo considero de utilidad pública.
Sobre el delito de abandono de familia, impago de prestaciones por alimentos, existen muchos artículos doctrinales, me permito recomendarle uno en especial, de SANTIAGO B. BRAGE CENDÁN
Profesor de Dereito penal da Facultade de Dereito e do
Instituto de Criminoloxía, Universidade de Santiago de Compostela
. https://www.rexurga.es/pdf/COL097.pdf
“La cantinela del "yo no tengo ná", igual que se aplica a las pensiones de alimentos podría hacerse en cualquier otro ámbito. Por ejemplo: usted firma una hipoteca para adquirir una vivienda, pero al tiempo piensa que no tiene suficiente para pagarla y mantener su ritmo de vida (copitas, salidas, etc) así que... deja de pagarla... ¿qué ocurriría?, ¿no cree que su banco iniciaría un procedimiento civil para el cobro?, ¿podría alegar al banco que usted no tiene ingresos suficientes y tal y tal?... seguro que sí, claro... y ya sabe el resultado que obtendría...
Pues la manutención de los hijos para mí -opinión que espero sea de respetar aunque no se comparta- equivale a una hipoteca. Los padres tienen una responsabilidad con sus hijos, y deben procurar su cuidado, y si la persona que los tiene la mayor parte del tiempo no es de su agrado no se debe usar de excusa para los impagos.”
Al utilizar la expresión “La cantinela del "yo no tengo ná"”, de obvias connotaciones despectivas, como diciendo que el que diga “no tengo ná” es un cuento chino, puede resultar bastante ofensivo para aquellos que efectivamente “no tienen ná”, sobre todo, para los que, encima, han sido víctimas de un expolio institucionalizado que se ajustará a ley, ad hoc, más no a derecho, ese derecho que tiene que ver mucho con la justicia.
Las opiniones se respetan, en general, a menos que sean contrarias a la Declaración Universal de Derechos Humanos. Las suyas las respeto. Sin embargo no comparto que se pueda asimilar una prestación por alimentos a una hipoteca, son muy rebuscadas las escasas similitudes que pudieran existir. Son dos temas distintos con un tratamiento legal muy diferente.
“Si a usted le han denunciado por impago y han apercibido a su ex, entiendo que usted pagó las pensiones. Es decir, que le denunciaron por una obligación que usted había cumplido. Claro que no indica a qué apercibimiento se refiere... me recuerda el caso de un progenitor que, aún después de decirle textualmente una jueza que "quizás debería procurar ser mejor padre" sigue reiterando las mismas denuncias por si alguna cuela. Pero bueno, cada cual pierde el tiempo como prefiere.”
No hay problema, se lo aclaro, para eso estamos. No solamente la apercibieron por presentar una denuncia por un impago que no existía, que cuadra como ejemplo de libro de un delito de denuncia falsa, y que me hizo volver a este país, sino que detrás existe una historia de denuncias por impagos reales, muy puntuales, y que no solamente se demostró que no existía dolo, esa mala fe a la que usted alude, sino que existió comunicación por mi parte de tales circunstancias. Blanco y en botella, no es leche, en este caso se llama acoso judicial, motivado por el cabreo de haber sido condenada en varias ocasiones en penal. Tras 9 meses de no ver a mis hijos porque a la señora no le daba la real gana. Que de todo hay en la viña del Señor, no sólo de viles padres que entonan la cantinela del “no tengo ná”.
“Dice usted que quién me ha dicho que "hacer uso" constituye un delito.... ¿acaso he dicho yo eso?... en absoluto. Así que una vez más usted se escribe y se responde, atribuyéndome a mí razonamientos que no he hecho. Ya le digo, como desahogo seguro que le viene de fábula, pero por favor no me meta a mí en sus auto-discusiones.”
Entonces, ¿qué insinúa con?:
“El simple hecho de no abonar absolutamente nada de la pensión ya creo que debería considerarse actuar de mala fe.”
“Es decir, que si no tienes dinero para mantener a tus hij@s... ¿cómo tienes coche, casa, comida, móviles, ordenadores, etc?”
“No sería el primero que alega no tener un euro y luego está todos los finde de fiestas, e incluso son tan torpes de dejar que les hagan fotos con las copitas en la mano que luego acaban por internet...”
“...si viven en piso ajeno, conducen vehículos, salen de fiesta, e incluso tienen para gastos de salidas y demás con sus hij@s... pues como que no creo que cuele.”
“Para que no lo hubiera debería probarse que no ha gastado absolutamente nada en cualquier otra cosa prescindible, por ejemplo, en tabaco.”
“Hacer uso de algo no es un delito, pero si usted hace uso de un chalet de 2 millones de euros, tiene un yate de 50 metros de eslora, y un Mercedes S500 en su garaje, creo, considero, opino, desde mi ignorancia por supuesto, que igual el juez considera que esa persona podría haber dejado de pagar la manutención a drede... y existiría su famoso dolo... ¿no cree? Pues bien, ahora rebaje el chalet, el yate y el Mercedes a salidas de fiestas y demás, cuando las pensiones son irrisorias, y ya lo tiene. ¿Blanco y en botella?”
Pues no, ni es blanco, ni va en botella. Más en un país donde aparentar constituye una especie de deporte nacional. Personalmente soy partidario de ese “vayan mis hijos calientes y ríase la gente” y, si me conociera, probablemente coincidiría. Luego ocurre lo que ocurre, le vi a mi ex en un mercedes S500, ¡qué desgraciado!, vive en un chalet de 2 millones de euros, ¡qué desgraciado!, resulta que todo es prestado, va el progenitor de turno planta demanda y la pierde. Y quien pierde suele pagar. Luego a quejarse de la justicia, para una vez que acierta. No existe dolo, luego, blanco y en botella.
Sigamos.
“En cualquier caso, veo que aún no ha entendido que no todo en este mundo se mira desde el aspecto legal, y que muchas opiniones podemos darlas en base a la ética que debería predominar en los padres. No me parece de recibo que un o una progenitora (obviaremos el uso de la arroba dado que usted desconoce la netiqueta) digan que no pueden abonar un euro de manutención cuando sí tienen para otros gastos. Pero claro, eso quedaría en el ámbito de la conciencia de cada uno, y algunas personas carecen de eso (igual debería recomendarles un diccionario también).”
Morales hay muchas, consecuentemente, éticas, que son la expresión práctica de la moral, también, pero resulta que lo que va a misa es lo legal. En la mayoría de ocasiones suelo eludir las cuestiones morales, no soy de los que empieza con usted es un tal o un cual, no, expongo soluciones de naturaleza legal, indicando lo que puede proceder o no, desde mi opinión, y detrás de ella hay mucho conocimiento de causa, general y empírico, propio y ajeno, que de todo se aprende. De algo vale. Ahora, si quiere, me vuelve a colgar el San benito de la falta de modestia.
“En mi opinión, su texto partía de la posición de "ex cabreado", saltó ante unos comentarios que no dejaban claro que los hombres eran unos santos acosados y las mujeres unas arpías aprovechadas, y claro... tiró por donde pudo. Como dijo antes, dejarse llevar por el cabreo es muy contraproducente, y en este caso se aprecia en la incoherencia de su discurso, pero no pasa nada, cualquiera puede tener un mal día.”
Otra vez se equivoca, mi posición no parte “de la posición de "ex cabreado"”, sino de la posición de un ciudadano español cabreado, justamente, cuando se violaron en este país sus más básicos derechos fundamentales, esos que se vienen a llamar humanos. Como comprenderá si invoco esas cuestiones me da igual el sexo del ser humano que sufre esas violaciones. Humanos somos todos, mujeres y hombres.
Si tengo un buen o mal día eso lo sabré yo, y no dejo que esa cuestión afecte a mi capacidad de apreciación de la realidad ni en mi capacidad expositiva de la misma. No me venga en plan condescendiente, perdonando vidas, “en este caso se aprecia en la incoherencia de su discurso, pero no pasa nada, cualquiera puede tener un mal día.“ Insisto, ¿Incoherencia? ¿Dónde? Afortunadamente no creo contarme entre el colectivo que no sabe ni por donde sopla el viento, tengo el pensamiento claro, los “spots” publicitarios me la traen al pairo. Nadie vive en la república independiente de su casa y menos en un país bajo una dictadura de facto.
“Dice usted que "parezco pretender"... pues mire, creo que lo que yo pretenda lo sabré algo mejor que usted, y yo nunca he utilizado la palabra "culpable" que usted une a mis frases. Un signo más de su "saber hacer", poniendo frases y opiniones en boca de quien no las ha dicho. Lo único que pretendí, si intenta por mucho que le cueste no sacar mis frases de contexto, fue afirmar que si se tienen unas medidas civiles ya se tiene una prueba de la obligación de pago, por tanto, cuando se denuncie el incumplimiento es a la otra parte a la que le toca demostrar que ha cumplido, defenderse. Como le dije, es similar a un procedimiento monitorio en el que quien denuncia tiene la primera parte ya resuelta con la sentencia de medidas. Cualquier otra cosa que usted deduzca para llevar mis opiniones al terreno de la guerra de sexos serán invención suya, así que no me otorgue el mérito por favor.”
Lo que usted pretenda, su intención, es suya, desde luego, pero de sus afirmaciones se derivan conclusiones. De su “El simple hecho de no abonar absolutamente nada de la pensión ya creo que debería considerarse actuar de mala fe.” se puede decir mucho y esto es lo que le discuto. Mala fe = dolo. Y esto es falso. Yo no vengo a discutir, ni lo discutí nunca, ese “ si se tienen unas medidas civiles ya se tiene una prueba de la obligación de pago”. Por lo demás usted fue el que estableció una relación directa entre la mala fe, igual dolo, y el hecho de no pagar prestaciones por alimentos.
“Sobre el tema del puticlub o las prostitutas guarda un cáuto silencio. Imagino que ya ha entendido que no está bien que su subconsciente le haga leer cosas que yo no he escrito. Por favor, téngalo en cuenta en el resto de los textos, le hará ser coherente.”
No guardé un cauto silencio. Reléame:
“Está dejando caer algunas cuestiones. ¿Quién le ha dicho a usted que “hacer uso”, que no tener, “coche, casa, comida, móviles, ordenadores, etc?”, aún siendo verificado, constituya delito alguno o prueba de algo? O sera problema de quien lo pague sin tener ninguna responsabilidad de cara a esa prestación por alimentos que no se paga. Dejarlas caer así es peligroso y desde el punto de vista legal no va a ir a ninguna parte. Da igual que se publiquen las fotos del individuo en cuestión en un puticlub de alto standing. No induzca a errores de apreciación que luego vienen los disgustos.”
El tema del puticlub, viene de que yo dije “Rizar el rizo, con fotos en un puticlub de alto standing me temo que corresponde a quien acusa y no son prueba de nada.” Y cierto es. Y esto iba a raiz de su comentario “No sería el primero que alega no tener un euro y luego está todos los finde de fiestas, e incluso son tan torpes de dejar que les hagan fotos con las copitas en la mano que luego acaban por internet...” Insisto ¿Y qué? No es prueba de nada. Me da igual que sea fotos con “copitas en la mano” que fotos en un puticlub de alto standing, y puse el ejemplo llevando todo a extremos.
“Después de leer su respuesta a Netsirena2 me queda claro que la modestia desde luego no es una de sus virtudes. Resulta evidente que ofrece sus servicios, remunerados o no, a otros aún desde otro país, por lo que no veo diferencia entre su actitud y la del comentario que criticó por no ser de España. Una muestra más de incoherencia que hace difícil seguir su forma de pensar.”
Pues empieza usted bien, sacando la conclusión de que “presto servicios” desde otro país. Que presto un servicio lo puede admitir, aunque más que servicio otros lo calificarían como apoyo solidario o compromiso social, términos más apropiados que el de prestar servicios de significantes más comerciales. Y, por supuesto, sin percibir nada a cambio, quizás, con suerte, sólo un gracias.
En relación con mi comentario a Conemsas, ¿crítica? No. Exposición pura y dura de hechos. ¿Dónde vio usted incoherencia alguna?
“En cuanto a lo del RAE, evidentemente no pone ejemplos porque no puede, y ni siquiera la definición de "demagogia", que sigue utilizando como si nada. Pues mire usted, en la página web a la que alude podrá comprobar que demagogia es la "Práctica política consistente en ganarse con halagos el favor popular."
¿Me puede explicar dónde he pretendido ganarme el "favor popular"?... ni que me presentara a unas elecciones... Resultan, por definición, mucho más demgagógicos sus comentarios anteriores a Netsirena2 ofreciéndose como asesor, aunque evidentemente le resulte más fácil ver la paja en ojo ajeno. En todo caso, le reitero que puede mostrar, si quiere ilustrarme, cuales son mis frases tan "demagógicas".”
Insisto, no me remita a la RAE, es habitual en mi recurrir a consulta ante la más mínima duda, en este caso ni lo necesito ni lo necesitaba. Y la demagogia no se reduce sólo al ámbito político, es extensible a otros aspectos. Reléame y reléase, ya cité algunas frases suyas y argumenté.
Y otra vez sacando conclusiones erróneas, a ver, ¿dónde ofrezco “mis servicios” como “asesor”? No me pretenda imputar delitos que no he cometido. Miré que siempre finalizo mis escritos con un salvo mejor opinión no con un salvo mejor asesoramiento. Por si no se había dado cuenta me está imputando un delito. Repase sus conocimientos legales.
“Sobre todo lo que usted "sabe" hacer, nuevamente desde su conocida modestia, permítame que tenga mi propia opinión. Usted ha puesto frases y opiniones en mi boca que yo jamás dije, ha tergiversado mis palabras a su gusto, y ha reiterado hasta la saciedad cosas que luego niega, como la asociación de hombre=bueno y mujer= mala. El simple hecho de que trate de negarlo en lugar de reconocer su error dan buena prueba de su nula capacidad de autocrítica. La huida hacia delante no suele ser buena opción.”
Y dale, insiste en colgarme el San Benito de la falta de modestia. Que no, no se puede entrar por estos foros como elefante en cacharrería, que muchos estamos de vuelta de muchas cuestiones. Yo no he expuesto frases y opiniones en su boca que usted no ha escrito, le cité algunas, en base a ellas hice deducciones, que también expuse, desde el mismo ejercicio de la libertad de expresión que invoca usted. Insisto, dudo que usted pueda inferir, de los kilómetros de líneas que llevo escritos por este foro, que en mí exista esa asociación de “hombre=bueno y mujer= mala”. Tampoco lo contrario. Mi capacidad de autocrítica goza de excelente salud, el que usted la cuestione es su problema.
“Me habla de dudas implícitas... ¿pero quién las tenía? Yo dejé claramente mi opinión, y como tal es imposible la existencia de dudas. ¿Si quería reafirmar mi opinión por qué comenzó con un "no crea"?... ese "no crea" implica que su opinión difiere de la mía, y ahora me dice que coincidía... pues igual debía aclararse primero y luego escribir.”
Supongo que se referirá al siguiente párrafo, creo que no he utilizado en otro la expresión no “crea”:
“Vthor, no crea, le garantizo que gran parte de la carga de la prueba corresponde al imputado en estos casos. Y no crea que es fácil pasar esa criba, hay que demostrar muchas cuestiones con un soporte documental amplio. Hasta con un certificado de signos externos, donde quedan reflejadas una serie de cuestiones. Este certificado lo extiende la policía. Entiendo que es suficiente todo lo que se exige en la actualidad.”