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Que pasará con la nueva ley de contratos de temporada?

4 Comentarios
 
20/09/2024 18:00
En la proposicion de Ley no se dice nada de eso. Yo no lo he visto por ninguna parte.
20/09/2024 17:12
leonjbr
Creo que habría que registrar los contratos de temporada o darlos de alto, esto no se si sería en el ayuntamiento o en la comunidad autónoma.
No se muy bien en que consistiría esto?
Muchas gracias.
19/09/2024 23:27
Yo me he leido la proposición de Ley y creo que al final, en la mayoría de los casos, va a dar exactamente igual, es decir, va a ser igual que hasta ahora. No en teoría, pero sí en la práctica.
Me explico.
Los principales artículos son los siguientes:

1.- art. 2.3 LAU: -----------------------------------------------

"(...). Para que se entienda que concurre causa justificada de temporalidad será necesario que se especifiquen con precisión en el contrato la causa habilitante de la temporalidad, las circunstancias concretas que la justifican y su conexión con la duración prevista. En caso de no quedar debidamente acreditadas, se presumirá que dicho contrato es de vivienda habitual."

Esto es una chorrada inmensa porque ya estas condiciones ya las exige la Jurisprudencia, con lo cual no están inventando nada nuevo
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2.- Artículo 9 bis. Plazo. ----------------------------------

“1. Lo previsto en el artículo anterior no será de aplicación cuando el contrato sea considerado temporal, en cuyo caso la duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes, no pudiendo exceder de seis meses, en atención a las causas que lo motiven. En caso de que el contrato se hubiera concertado por una duración inferior a la máxima legal establecida y llegada la finalización de esta siguiera existiendo el motivo que causó la temporalidad, este podrá prorrogarse mediante acuerdo expreso de las partes, sin superar nunca la duración máxima de seis meses.
2. No obstante lo anterior, siempre que su duración exceda de seis meses o se encadenen más de dos contratos consecutivos, el primero se entenderá celebrado como un contrato de arrendamiento de vivienda habitual, y le serán de aplicación todos los preceptos previstos para dichos contratos, incluido el plazo mínimo y las prórrogas previstas en los artículos 9 y 10."

2.a) el primer apartado parece que ni pintado para contratos temporales inferiores a un año (que son la mayoría). El ejemplo típico sería el del estudiante o el profesor que quiere el alquiler para 9 meses. Si en el contrato se establece una duración inicial de 6 el inquilino tendría que marcharse. En su lugar basta con poner inicialmente 3. Luego se prorroga otros 6 más (el máximo) y ya tenemos un "flamante" contrato de temporada de 9 meses como toda la vida de Dios.

2.b) El segun apartado es un poco más "engorroso" pero al final igualmente queda todo mas o menos igual.

Volviendo al ejemplo del estudiante, supongamos que hacemos un contrato inicial de 6 meses. La norma nos dice que si el estudiante sigue el contrato pasa a ser de vivienda habitual. Vale. Pero a los 9 meses el más interesado en resolver ese contrato de vivienda "habitual" es el propio inquilino sencillamente para no tener que pagar los meses de julio, agosto y septiembre en los que no hay clases.

Por tanto será el propio inquilino el que se marchará por sí sólo y si no queremos que nos ponga pegas con el tema de la indemnización por marcharse antes del año, basta con no poner ninguna cláusula penal por desistimiento anticipado o incluso una cláusula que diga que después de los primeros 6 meses puede irse cuando quiera sin pagar nada.

CONCLUSIÓN: al final los contratos de temporada van a seguir siendo, en la práctica, somo los de toda la vida de Dios.
Muchiiiiiiiisimo ruido para ninguna, ninguna nuez.
Ese es el "gobierno" que tenemos.
19/09/2024 18:36
Jesus43
El 17 de septiembre de 2024, fue rechazada la propuesta de ley que pretendía poner orden en los contratos de alquiler de temporada. Votación por cierto muy ajustada: 172 a favor, 178 en contra. Pero, no es el final ni mucho menos. El gobierno, ya ha dejado caer que podría volver a la carga, bien con una nueva ley, bien con un decreto. La ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, ha prometido que estas medidas tendrán “la mayor agilidad”, lo que en política quiere decir que algo preparan entre bambalinas. Así mismo, en Bruselas, la cosa no pasa desapercibida. La Unión Europea tiene sus ojos puestos en el asunto, pidiendo medidas más duras para atajar los contratos temporales, aunque todavía no se sabe exactamente qué tienen en mente. Si logran pasar una nueva ley, no sería raro que viniera con límites para la duración de estos contratos y más trabas para justificar por qué son temporales. Así que, aunque la primera batalla se perdió, la guerra está lejos de haber terminado.
Que pasará con la nueva ley de contratos de temporada?
19/09/2024 15:46
Hola.
Les quería preguntar que pasara con la nueva ley de contratos de temporada que fue rechazado en el Congreso de los Diputados? Podrá el gobierno volver intentar sacar la ley o habría que esperar a la próxima legislatura?
Creo que Europea exige también una nueva ley para los contratos de temporada?
Me gustaría saber como puede quedar la nueva ley de contratos de temporada.
Muchas gracias.
Un saludo.