Buenas,
Me gustaría un poco de ayuda.
Expongo un poco el tema.
El día 6/01 en el convenio de mi hermana pone que el padre tiene derecho a los niños de 13: a 19:.
En este caso el padre se presenta a las 16:.
Tiene mi hermana la obligación de entregarle los menores? O se puede negar ya que ha incumplido el convenio?
Sería interesante conocer el motivo por el que el padre se retrasó, si ha sido la primera vez o si lo hace de forma reiterada.
En un primer momento, lo recomendable, sería hablar con él y conocer por qué se retrasa: tal vez un tema puntual de trabajo, domicilio, situación personal, etc.
Otra solución también está en los llamados “Puntos de Encuentro Familiar” que se encuentran ya en muchas provincias y son gratuitos. Estos lugares garantizan el régimen de visitas sin que tengan que verse los padres.
Sólo con leer el título me surge la respuesta. Qué pasa? Preocupación por si le ha pasado algo.
Después de leer el mensaje entero, de acuerdo con Izartxo.
Y ahora otra pregunta: tienen derecho los niños a no estar con su padre el día de Reyes?
Desconocemos más detalles, así que sólo podemos hacer elucubraciones.
El motivo fue porque le dio la gana en el convenio el día 6 está estipulado de forma independiente.
Mi pregunta es mi hermana se puede negar dejarle los niños si llega 3: tarde?
El día 6 el padre tiene de 13 a 19: los niños por convenio. El padre decidió presentarse a la hora que le dio la gana.
Por eso pregunto que si mi hermana tiene derecho negarse a dejar los niños de 16-19.
Muchas gracias
¿tienen constancia de que lo hizo por le dio la gana? ¿es la primera vez que lo hace? ¿qué creen Vds. que pretende? ¿qué quiere conseguir su hermana al negarle los niños? ¿qué edades tienen?.
pues si en el convenio pone de 13 a 19 horas, se presenta 4 horas tardes ,a las malas, si de eso se trata, pues nada, niños fastidiados , cuatro horas esperando a su padre y a las 19 horas de vuelta a su casa.
negarse a entregarlos porqué?
A ver creo que mi hermana no es su esclava para tener que estsr esperándolo hasta que a él le de la gana de venir.
Tenía que estar a las 13 y se presentó a las 16: así que yo creo que pierde el derecho de estar con ellos.
Si tenemos constancia, no es la primera vez que lo hace. Tb tiene la obligación los martes de tenerlos de 16: a 19: y en año y medio nunca vino.
El pretende que estemos a Su servicio. Negarselos de 16 a 19 pq le correspondía de 13-19 y no estamos para esperar que venga el cuando le de la gana.
Hay un niño de 8 años y una niña de 2 años.
Yo le haría saber que pasados 15m el horario que corresponde la recogida mejor que no venga ya que no se los entregara. Esta claro que un día de fiesta picas excusas puede haber y que tomar algo con amigos años medio día sin niños será la razón y que no le importa para nada disponeroso para el tiempo que le corresponde al su hermana sin niños. Un egoísta y cara dura más, de los muchos que hay.
Aqui todos tienen derechos... menos los niños.
Me explico. Si el padre llega tarde, lo que puede hacer la madre es solicitar ejecucion de sentencia. Si la madre no le entrega a los niños por llegar tarde, el padre puede justificar ese retraso e, igualmente, solicitar ejecucion de sentencia.
Los niños no pueden hacer nada, ni negarse a ir con su padre, ni exigir irse con su padre... que tu hermana valore lo que cree que es mejor para todos y actue en consecuencia. Desde luego, no tiene por que ser esclava de los horarios del padre, para eso estan establecidas unas visitas. Hay que pensar que, por ejemplo, ella, contando con que los niños van a estar con el padre, podria tener organizado un viaje...
Todo eso habria que documentarlo en la ejecucion de sentencia, y segun los argumentos de uno u otro, el juez decidiria quien obró bien o mal.
Tu nunca obras mal si no los entregas pues tu obligación es entregarlos a una hora concretanta no pone en la sentencia cuando alguien el le apetezca.
Ningún juez le dará la razón al el. No hagas caso al ese tipo de comentarios, pues sutilmente son cabezas que justifican cualquier acción del género masculino y recriminan todo como defensa haga un abrazo mujer. Con tal de justificar lo injustificable te hace creer que hay posibilidad de un juez le de acuerdo l la razón. Vamos un sin sentido.
Solo comentar que el mensaje de sarapiki es un consejo legal, hay otros consejos de algún otro forero que confunde y puede provocar problemas con la justicia a las personas que lleve adelante dichos consejos.
Porque uno de los dos padres incumpla no significa que la otra parte tenga incumplir.
Por cierto porque no se piensa mas en los hijos que en los propios intereses o rabia hacia los ex.
Quiero comentar que mi ex esta incumpliendo absolutamente todo el convenio regulador, aun así yo lo sigo a raja tabla, incluso recorro 1000km de ida y otros tantos de vuelta para visitar a mi hija sabiendo que no me la va a entregar, no me informa nada de médicos ni de colegio, puedo pasarme un montón de días llamando seguido a mi hija por teléfono sin que me coja, y un sin fin de cosas mas. Yo a la madre le puesto ejecuciones de sentencia, una querella, fíjense si la madre esta entre la espada y la pared que no recoge ni las notificaciones y se van suspendiendo los juicios, de seguir así esta mujer acabara en busca y captura o incluso creo que se puede celebrar el juicio de la querella que le he puesto sin ella, con lo cual sin poder defenderse. Ha hecho tantas que ahora no se atreve a recoger las notificaciones. Con esto quiero decir que por mucho que incumpla la otra parte, no es motivo para que yo también incumpla, no quiero ponerme a su nivel, ella sabrá hasta donde quiera llegar, luego llegan los lloros por las consecuencias de sus actos. MI CONSEJO ES NUNCA INCUMPLIR.