Tan inaceptable es que el vecino no siga pagando la cuota del año anterior, como que el Presidente y el Administrador (que cobra de la Comunidad), no hayan sometido a aprobación el presupuesto anual con las nuevas cuotas.
El que no se haya aprobado un nuevo presupuesto no significa que no exista ya que persiste el anterior, es decir, se entiende prorrogado. Tampoco es motivo para no pagar. Los gastos existentes se tienen que pagar, de lo contrario la comunidad no tira para adelante.
También es verdad que ese administrador debería haber hecho el presupuesto, pero seguro que habrá existido alguna justificación, supongo.
Se trata de una comunidad que quiere demandar a uno de esos comuneros leguleyos y tisquismiquis que siempre hay en cada CP y que resulta que debe casi 2.000 € porque -alega- que al no aprobarse presupuesto de 2009, legalmente NO EXISTE CUOTA ni obligación de pagar desde el 31-XII-2008 y, por ende, no puede reclamársele nada ante un Juzgado.
Me comenta mi amigo administrador que esa comunidad no celebró junta de balances y presupuestos en 2009 pore distintos factores y desde enero de 2009 este vecino no ha pagado en base al argumento dicho.
¿Puede ser como dice?....Estoy en que no pero me gustaría oir la opinión de quien trata estos asuntos a diario.