Hola a todos, os cuento...
La ex de mi pareja va a ser operada y le solicitó al padre si podía el hacerse cargo de llevar y recoger al hijo del colegio. En principio y solicitando permiso en el trabajo se quedó de acuerdo en recogerlo durante unos días (los de hospitalización y recuperación). Ahora le dice que tiene para un par de meses, y el le ha comunicado que no puede hacerlo por todo ese tiempo, que para ello tendría que solicitar una concreción horaria y que para solicitarla necesitaría una orden del juez por la que el entonces solicitaría la custodia compartida.
Mi pregunta es.... le puede obligar el custodio a recoger y llevar al niño todos los dias al colegió?, podría en ese caso el no custodio solicitar la custodia compartida ya que la madre no puede hacerse cargo del hijo correctamente?.
y que puede tardar el proceso si se solicita la custodia compartida? es inmediato?...
El hijo tiene 10 años y ya varias veces a comentado que le gustaria vivir un tiempo con cada padre , en cada casa.... eso lo facilitaría?
Gracias
El custodio no puede obligar al no custodio a hacerse cargo del hijo, aunque para el niño es mejor estar con su padre que con otra persona, claro está.
En cuanto a la custodia compartida, entiendo que la operación del custodio es un hecho puntual y por tanto no es una modificación permanente de la situación. Puede pedirla, pero es dificil que se la den y puede que el proceso se alargue más tiempo del que tardará el custodio en recuperarse.
Yo pensaba que la cosa había cambiado bastante....
Y ni con atenuantes?----- La madre ya lleva dos años en paro, solo recibe la ayuda familiar, se ha ido a vivir con sus padres... El padre tiene trabajo fijo, casa propia, pareja estable y disposición para el niño..... y lo que es mas importante, el niño tiene ya criterio y quiere pasar una semana con cada uno..... en fin, ya veremos que pasa
Si la colaboración que solicita el custodio es temporal no creo que un juez valore el hecho como que la madre no puede hacerse cargo del menor. El no custodio no tiene por qué acceder a recoger al hijo sin orden judicial, es obligación del custodio (y si no puede deberá costear quien lo haga, en principio el no custodio "no tiene autorización judicial para recogerlo, mas bien lo tiene prohibido por un juez...que dijo que lo recoja la madre o en quien ella delegue)
Puede solicitar el no custodio la compartida, si es de mutuo acuerdo de las partes es casi seguro que la conceden, si la otra parte se opone es mas difícil (en Aragón y Cataluña es mas fácil por tener ley especifica sobre compartida) en el resto del país es difícil, sólo hay la posibilidad que convenciendo al fiscal que es la mejor forma de velar por el bien superior del menor (y no suele dejarse convencer fácil) El el procedimiento puede solicitarse un sicosocial (que un sicólogo adscrito al juzgado valore la idoneidad de ambos progenitores y entreviste al menor) o bien que el juez explore al menor (que lo entreviste fuera de la vista del juicio) o ambas cuestiones.
A ver,¿ el padre tiene disposición para el niño como para custodia compartida, pero mientras la madre pasa una operación y post operatorio él no puede hacerse cargo de recoger al niño ?.
Ninguna de esas circunstancias llevan a los jueces a dar la compartida. Ni aunque no hubiera trabajado en su vida y viviera de gorronear a sus padres.
Sí que van cambiando las coss, pero despacito, para generaciones futuras más que para la nuestra.
Lamanchega, mientras un juez no le dé autorización al no custodio para atender al hijo fuera delos días y horas que le asignó en sentencia, el no custodio "tiene prohibido por el juez" hacerse cargo del hijo fuera de los días y horas que tiene asignado en sentencia...
Y eso no va en contradicción con que el no custodio quiera ser cocustodio por sentencia de un juez...
José Ramón, no manipules, ningún no custodio tiene prohibido tal cosa, salvo excepciones con ordenes expresas de alejamiento. Lo que tiene es derecho a visitas, no prohibiciones a la inversa.
Yo creo que es más lo que dice Lamanchega. No es que esté prohibido, sólo es que es una tarea del custodio que, en todo caso, delega en el no custodio, si éste quiere, claro está.
Pareciera que tiene "neura" con las manipulaciones... Comentarle que el custodio no está facultado para saltarse los tiempos de los hijos con él o con el no custodio que vienen reflejados en sentencia.
Veamos entonces:
- Un custodio decide alargar SU tiempo de estar con los hijos según sentencia.
- Un no custodio decide alargar SU tiempo de estar con los hijos (aunque se lo permita el custodio, o le obligue)
¿tienen responsabilidad legal ambas actuaciones?
Evidentemente SI, por tanto custodio y no custodio tienen PROHIBIDO por sentencia estar mas tiempo con los hijos de lo que marca la sentencia (so pena de sanción legal)
Si alguien quiere verlo diferente... allá él/ella.
El custodio puede delegar. Puede dejar a su hijo con los auelos, en una actividad extraexcolar o con una canguro, claro que puede saltarse los tiempos de los hijos, y puede ceder parte de su tiempo de manera extraoficial al no custodio, igual como puede cederselo a otros. Otra cosa es que el no custodio no quiera o pueda aceptar esa delegación, que en su derecho está.
Miraos bien los convenios, si éstos son amplios (para no ir revisándolos cada año, con lo que económicamente eso supone), suele poner "régimen de visitas abierto, y en caso de discrepancia tal día y tal día...". Así se soluciona el problema.
Lo lógico y normal es que el no custodio se ocupe del hijo común, y si ambas partes están de acuerdo con la compartida, pues adelante, y más si el hijo ha manifestado su buena disposición.
Creo que algunas veces nos tomamos demasiado al pie de la letra las cosas, y pienso que deberíamos mirarlo todo desde la perspectiva del sentido común.
Aderyn, lamento discrepar, imaginemos que fuera como dice, entonces es de suponer que los jueces lo comentaran en las sentencias ¿no? La custodia es de tal pero si quiere puede traspasarle al no custodio los tiempos y funciones que él decida...
Sigo viendo el asunto como es:
- Un custodio decide alargar SU tiempo de estar con los hijos según sentencia.
- Un no custodio decide alargar SU tiempo de estar con los hijos según sentencia (aunque se lo permita el custodio, o le obligue)
¿tienen responsabilidad legal ambas actuaciones?
Evidentemente SI, por tanto custodio y no custodio tienen PROHIBIDO por sentencia estar mas tiempo con los hijos de lo que marca la sentencia (so pena de sanción legal) No tienen prohibido, en su tiempo, delegar sus funciones de atención y cuidado a los menores en otras personas que no sean el otro progenitor.
Si alguien quiere verlo diferente... allá él/ella.
Lamanchega, dije "Pareciera que tiene "neura" con las manipulaciones..." y creo que es en tiempo condicional...aunque entiendo que si tiene sueño y neura por madrugar puede que no interprete de forma adecuada lo que sea escribe (ya sea por deficiencia en el leer o interpretar)
Pareciera que Vd. dedica mas tiempo que yo al foro ya que sabe a que horas participo ¿no?
Por mi parte veo muy bien que quiera levantar el país, pareciera que cree que puede conseguirlo, por mi parte desisto de antemano, sé que no soy tan fuerte...
Entonces, si el no custodio no tiene obligación, pero como dicen ustedes sería lo lógico que se ocupara del niño mientras el custodio no puede.... que pasa con la manutención? se aplaza en esos meses? se realiza a la inversa?....
Creo que en todo esto al final debe mediar un juez para dejar las cosas claras, porque si no me temo que el que sale perdiendo si ó si es el no custodio.
Sí, sí, claro, el juez,....luego decimos que están colapsados los juzgados. Pues chica, si entre vosotros mismos sois incapaces, claro que hará falta un juez.
Es que es tan sencillo como que la madre se tiene que operar y recuperarse, y en ese tiempo, en lugar de dejar a su hijo con cualquiera, ha pensado primero en el padre, pero claro, ya vosotros mirais de retorcer todo a ver si con esa baza sacáis algo a vuestro favor, que si la madre no tiene trabajo, no tiene dinero, y tal y tal, señora, vivimos en un país que roza los 5.000.000 de parados, y a nadie le quitan el niño por ser pobre mientras tenga un techo que ofrecerle y comida.
Mira, lo siento que no te guste mi opinión, pero es que resulta que la madre esta que necesita operarse y recuperarse y cuando le pide el favor al padre, ya tenemos a la madrastra del niño, corriendo a preguntar a ver de que forma jod....e a la otra. Luego él le pedirá un favor a ella y la madre lo mandará a tomar viento, y esto es una pescadilla que se muerde la cola, tu me haces 2, yo 4, tu 6 y yo 8, y así todo el rato en busca de papá juez a ver quien lleva la razón. Y a pagar el pato, el niño.
Y el que sale perdiendo sí o sí, es el niño, pero claro, a ti el niño te la trae al fresco.