Si hago recuento de las horas que tengo trabajadas desde el 1 de enero de este año y si continuo trabajando con el mismo ritmo, para primeros de noviembre habre superado el máximo anual de horas establecido en mi Convenio Colectivo y además en Diciembre debo de disfrutar mi mes de vacaciones.
De todos estas horas extras no me han abonado ninguna pero guardo los partes diarios de trabajo firmado por mi superior en la empresa.
Quiero pedir lo que me corresponda pero en realidad no se lo que tengo que pedir, me deben de pagar estas horas extras, o me las deben de compensar con dias de vacaciones, mi C.C. establece al efecto tambien una compensación en horas de libres a cambio de las horas extras.
En realidad lo que quiero es que no se rian de mi, necesito vuestro consejo.
Un saludo.
Pues es una infracción leve el hecho de no exponer en lugar público el calendario laboral de la empresa ( art.6 LISOS). Este debe ser conocido. Antes de denunciar, acude a cualquiera que se encargue de estos temas en la empresa en la que trabajes ( si es pequeña una asesoría laboral, fiscal,contable..etc, si es grande el Departamento de Administración y Personal) y expon tu caso. Por otro lado no debes de superar el límite máximo de 80 horas extraordinarias al año.
Además, las horas extraordinarias son voluntarias, por lo que tampoco pueden obligarte.