Con independencia de que el cálculo objetivo es erróneo, pues es 278,20 no 27.280, sí ha vendido por 120.000 y heredó por la misma cifra, aplica la opción de valor real, beneficio cero, no paga nada.
Qué opción elegir en plusvalía "estimación real " o "estimación objetiva"
Buenas tardes y gracias a todos por consejos y ayudas.
Debiendo solicitar calculo de plusvalia en Tenerife, por venta de vivienda heredada solicito ayuda para ver que metodo elegir.
Segun la pagina web del Ayuntamiento hay que pagar el 30% de la Base imponible, pudiendose esta obtenerse por estimación real u objetiva.
Dicha vivienda se adquirio por escritura de aceptacion y adjudicacion en febrero de 2022, por valor de 120.000 Euros. En dicho mes se solicito el pago de dicha plusvalia, aun pendiente de resolucion.
El titular habia fallecido en octubre 2021
A modo de resumen:
Cálculo del impuesto: Cuota Tributaria = % de Derecho transmitido x Base Imponible (según el Método) x Tipo de Gravamen (30%)
Base Imponible, según el Método a elegir:
Método objetivo: Base Imponible = Valor Catastral del Suelo x Coeficiente
Método real: Base Imponible = (Valor Transmisión Valor Adquisición) x (Valor Catastral del Suelo x 100 / Valor Catastral Total)
Porcentaje transmitido 100%
En el caso que nos ocupa seria 18546,84 valor del suelo Valor catastral total : 31.520,57
Los meses transcurridos desde adquisición y venta son 4 meses, por lo que 0,04 es el coeficiente a aplicar..
Con el sistema objetivo las cantidades que me salen a mi son:
Método objetivo: Base Imponible = Valor Catastral del Suelo x Coeficiente
18546,84 x 0,04 = 741,87
Cuota Tributaria = % de Derecho transmitido x Base Imponible (según el Método) x Tipo de Gravamen (30%)
Método objetivo: 100 * 741,87 * 30%= 27820,2
Método real: Base Imponible = (Valor Transmisión Valor Adquisición) x (Valor Catastral del Suelo x 100 / Valor Catastral Total)
(120.000-120.000) x 18546,84*100 /31.520,57 = 0,00
Asi pues creo que debo solicitar los calculos por el método de estimación real.
Solicito consejos sobre si mis apreciaciones son correctas-
https://sede.santacruzdetenerife.es/sede/fileadmin/user_upload/Sede/tramites/Tributos/GT09-CALCULO_DE_LA_CUOTA_TRIBUTARIA_DE_LA_PLUSVALIA.pdf